Por 6 votos a favor y 1 abstención, la Comisión de Medioambiente de la Cámara de Diputadas y Diputados aprobó el articulado del proyecto que modifica la ley N° 21.020, sobre tenencia responsable de mascotas y animales de compañía, para prohibir y sancionar las carreras de perros en Chile (boletín 15.387). Ahora, la iniciativa será votada en la Sala de la Cámara.
Previamente, para la discusión de la propuesta, las y los parlamentarios recibieron a Luis Martínez, representante de la Fundación Galgos Chile, quien se refirió a la situación actual del país en esta materia en comparación con otros países que ya prohibieron esta actividad.
Tras ello, las y los integrantes de la comisión votaron el contenido de la iniciativa, que en su idea matriz prohíbe y sanciona las carreras de perros. Lo anterior, en atención a que estas suponen una forma de explotación de animales de compañía, y por lo tanto, contravienen el espíritu de la ley sobre tenencia responsable.
En esa línea, la comisión aprobó incluir una indicación de la diputada Yovana Ahumada, que establece la responsabilidad pecuniaria del dueño o tenedor del perro rescatado, con la idea es que este se haga cargo de los gastos en que se incurra en la atención del animal y su rehabilitación.
¿Qué dice el proyecto?
Con la inclusión de las indicaciones aprobadas, el proyecto, de autoría del diputado Tomás Hirsch, establece que se prohíbe toda carrera de perros, cualquiera sea su raza, en todo el territorio nacional.
Quienes las organicen y participen en ellas serán sancionados con las penas de presidio menor en su grado medio (541 a 3 años y 1 día) y adicionalmente, con una multa de 20 a 40 Unidades Tributarias Mensuales (UTM), además de la accesoria de inhabilidad absoluta perpetua para la tenencia de animales.
A lo anterior se suma el pago de los gastos en que incurra la institución asignada para el cuidado, atención y saneamiento del animal.
Asimismo, a quienes promuevan las carreras, faciliten o las difundan por cualquier medio se les aplicará una multa de 5 a 20 UTM. Finalmente, se establece que las personas condenadas en virtud de lo anterior, no podrán solicitar la aplicación de la pena sustitutiva de remisión condicional de la pena.
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El Ciudadano