Coronel no aguanta más: 23 denuncias vecinales por malos olores activan cargos contra empresa Ewos-Cargill

Las infracciones imputadas por la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) se sustentan porque la empresa no se hizo cargo de las emanaciones de olores que afectaron a la comunidad y realizó monitoreos deficientes de sus fuentes de emisión entre los años 2023 y 2025

Coronel no aguanta más: 23 denuncias vecinales por malos olores activan cargos contra empresa Ewos-Cargill

Autor: Leonardo Buitrago

Las infracciones imputadas por la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) se sustentan porque la empresa no se hizo cargo de las emanaciones de olores que afectaron a la comunidad y realizó monitoreos deficientes de sus fuentes de emisión entre los años 2023 y 2025.

La comunidad de Coronel, en la región del Biobío, ha vivido por años bajo la sombra de un vecino industrial cuyo desempeño ha generado un persistente malestar. Ante esta situación, la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) dio inicio a un procedimiento sancionatorio con una formulación de cargos en contra de la empresa EWOS Chile Alimentos Ltda., titular del proyecto “Ewos-Cargill Planta Coronel”.

Esto, luego de haber constatado una serie de incumplimientos ambientales que han impactado directamente la calidad de vida de los habitantes de la comuna.

El conflicto tiene su origen en el paulatino y constante deterioro del ambiente en los sectores aledaños a la planta procesadora de recursos hidrobiológicos. Esta instalación, de dimensiones industriales, se dedica a la elaboración de alimento para peces, utilizando como materia prima harina y aceite de pescado a través del proceso de extrusión.

Precisamente, los subproductos de esta actividad son los que, según las investigaciones, han generado las molestias. La Superintendencia detalló que el caso se originó tras la recepción de 23 denuncias ciudadanas, todas relacionadas principalmente con la emanación de malos olores.

Estas quejas vecinales, acumuladas a lo largo del tiempo, activaron una serie de fiscalizaciones ambientales en terreno para verificar in situ las irregularidades descritas por la comunidad.

Sobre la base de las evidencias recogidas tanto en las inspecciones como en el análisis de los antecedentes administrativos, la SMA procedió a formalizar dos cargos específicos contra la empresa.

El primero de ellos fue clasificado como infracción grave y se debe a que la empresa “no informó ni implementó las medidas necesarias para hacerse cargo de los impactos no previstos ocasionados por la operación del proyecto, consistentes en la emanación de olores molestos con afectación a la población circundante”.

La acusación señala que EWOS Chile fue negligente al no actuar ante un problema ambiental concreto que afectaba a sus vecinos, a pesar de tener la obligación legal de hacerlo.

El segundo cargo apunta a fallas en el sistema de monitoreo ambiental de la planta. Clasificado como infracción leve, se imputó tras constatarse “la ejecución de monitoreos de forma deficiente, conforme a lo establecido en RCA N°325/2007, en cuanto no ha medido todas las fuentes de la planta durante los años 2023, 2024 y 2025”.

Esto revela que, por al menos tres años consecutivos, la compañía no realizó un seguimiento completo y riguroso de sus propias emisiones, lo que le impediría tener una evaluación fidedigna de su desempeño ambiental y, por ende, corregir a tiempo las fallas que generaban los olores.

Al ser consultado sobre el caso, Hugo Ramírez, jefe (s) de la SMA en la Región del Biobío, explicó la relevancia de la medida, haciendo hincapié en la sensibilidad del tema en una zona con alta actividad industrial.

“La afectación por olores es un tema especialmente sensible en esta región que cuenta con proyectos que contemplan tratamiento de residuos en sus procesos productivos. Por esta razón, es importante recordarles a los titulares de estos proyectos que deben disponer y respetar los instrumentos de gestión ambiental exigidos para su funcionamiento”, señaló.

Consecuencias para EWOS Chile

Las consecuencias para EWOS Chile Alimentos Ltda. podrían ser significativas. De acuerdo con la Ley Orgánica de la SMA (LOSMA), las infracciones graves, como la primera imputada, pueden ser sancionadas con medidas severas que incluyen la revocación de la Resolución de Calificación Ambiental (RCA), la clausura temporal o definitiva de la planta, o el pago de una multa que puede ascender hasta 5.000 unidades tributarias anuales (UTA).

Por su parte, la infracción leve podría derivar en una amonestación por escrito o en una multa de entre 1 y 1.000 UTA. La determinación final dependerá del resultado del proceso sancionatorio.

Tras la notificación de los cargos, la empresa dispondrá de un plazo ampliado de 15 días hábiles para presentar un Programa de Cumplimiento (PdC), que debe detallar cómo subsanará las faltas, y de 22 días hábiles para formular sus descargos, es decir, para presentar su defensa ante los cargos imputados

.El desenlace de este caso es seguido con atención no solo por los vecinos afectados de Coronel, sino por toda la comunidad de la región del Biobío, que espera que la acción de la autoridad marque un precedente en la exigencia de responsabilidad ambiental a la industria.

Toda la información del procedimiento sancionatorio (Ficha N°4412) está disponible para el público en el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA).

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