Chile Sustentable: «Proyecto de reconstrucción nacional aprobado por el Congreso debilita Ley SBAP y amenaza las áreas protegidas del país»

Desde la organización ambientalista alertaron que uno de los artículos incorporado al proyecto "vulnera el espíritu de la Ley 21.600 al permitir actividades acuícolas en Reservas Nacionales y Áreas de Conservación de Múltiples Usos, categorías que, por definición, solo permiten actividades de uso sustentable en su interior, como establecen los artículos 60 y 61 de la Ley SBAP".

Chile Sustentable: «Proyecto de reconstrucción nacional aprobado por el Congreso debilita Ley SBAP y amenaza las áreas protegidas del país»

La Ley 21.600, que crea el Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas y el Sistema Nacional de Áreas Protegidas, conocida como Ley SBAP, fue publicada en septiembre de 2023 y actualmente se encuentra en proceso de implementación.

Se trata de una normativa que marca un hito en la protección de la biodiversidad nacional. Por lo mismo, desde distintos frentes se ha intentado debilitarla.

El intento más reciente es el proyecto de ley de «Reconstrucción Nacional y Desarrollo Económico y Social», ingresado para su discusión en el Congreso el 22 de abril de 2026.

El texto original de esta iniciativa modificaba la Ley 21.600 mediante dos numerales referidos a la extensión del plazo para la dictación de sus reglamentos y a nuevos requerimientos para la creación de sitios prioritarios.

Sin embargo, durante su tramitación se incorporó un tercer numeral que permite la relocalización de actividades acuícolas desde un Parque Nacional hacia una Reserva Nacional o un Área de Conservación de Múltiples Usos, aun cuando estas áreas no cuenten con un plan de manejo. Este texto quedó incorporado en lo que aprobó el Congreso el 4 de agosto de 2026, mediante el oficio N° 21.440.

Para la Dra. María Isabel Manzur, investigadora en Biodiversidad de Chile Sustentable, esta incorporación representa un cambio relevante respecto de las condiciones establecidas por la Ley SBAP.

«La incorporación de esta disposición significa un grave debilitamiento de la Ley 21.600, porque permite que actividades acuícolas se desarrollen en áreas protegidas sin que estas cuenten previamente con un plan de manejo. Esto puede generar impactos sobre la biodiversidad que justamente la Ley SBAP busca proteger», alerta la especialista.

La modificación resulta especialmente relevante considerando que, durante la tramitación de la Ley 21.600, se establecieron condiciones para la realización de actividades productivas al interior de áreas protegidas.

Los artículos 80 y 92 señalan que estas deben contar con un plan de manejo; las actividades deben ser compatibles con los objetivos de la categoría, el objeto de protección y el plan de manejo del área; y, además, deben contar con un informe favorable del Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas (SBAP).

A la medida de las empresas acuícolas

El nuevo texto incorporado al proyecto vulnera el espíritu de la Ley 21.600 al permitir actividades acuícolas en Reservas Nacionales y Áreas de Conservación de Múltiples Usos, categorías que, por definición, solo permiten actividades de uso sustentable en su interior, como establecen los artículos 60 y 61 de la Ley SBAP.

«La Ley 21.600 establece condiciones claras para que pueda desarrollarse una actividad productiva dentro de un área protegida. No basta con que exista una concesión: debe haber un plan de manejo y debe garantizarse que la actividad sea compatible con los objetivos de conservación del área. Esta modificación introduce una excepción que debilita esas garantías», explica Manzur.

Desde Chile Sustentable apuntan que la incorporación de esta disposición está hecha a la medida de las empresas acuícolas en su intención de expandir sus actividades dentro de áreas protegidas, especialmente en la Reserva Nacional Las Guaitecas, en Aysén, y la Reserva Nacional Kawésqar, en la Región de Magallanes. Ambas no cuentan con un plan de manejo, lo que ha impedido a las empresas salmoneras expandirse en estos territorios.

La Ley 21.600 asegura la continuidad de aquellas concesiones otorgadas con anterioridad a su entrada en vigencia, pero no permite nuevas concesiones en áreas protegidas sin un plan de manejo vigente.

La situación de Canal Muñoz

Chile Sustentable expuso al respecto la situación de una empresa salmonera que posee concesiones previas a la Ley 21.600 en la Reserva Nacional Kawésqar, y no ha podido expandir sus actividades desde hace varios años hacia otros sectores de la reserva, como Canal Muñoz, debido a que esta no cuenta con un plan de manejo.

El 23 de marzo de 2026, la empresa presentó una reclamación ante el 2° Tribunal Ambiental de Santiago para confrontar la legalidad de la Ley 21.600 y, específicamente, el requerimiento de contar con un plan de manejo.

«Lo que está en juego es el estándar de protección de las áreas protegidas. Si se permite relocalizar actividades acuícolas hacia reservas que todavía no cuentan con un plan de manejo, se corre el riesgo de que la actividad productiva termine imponiéndose sobre los objetivos de conservación que justifican la existencia de estas áreas», sostiene la Dra. María Isabel Manzur.

«La flexibilización de la Ley 21.600 para permitir actividades industriales dentro de áreas protegidas es sumamente preocupante. Chile Sustentable llama a los legisladores y al Gobierno a eliminar este artículo y a no continuar debilitando la Ley SBAP», enfatizaron desde la organización ambientalista.

¿Y los reglamentos?

A todo lo anterior se suma que, el 12 de marzo de 2026, fueron retirados 12 reglamentos de la Ley SBAP que estaban listos para su toma de razón en Contraloría, sin que se señalaran plazos para su reingreso.

Esto claramente retrasa la implementación de la normativa, al mantener pendientes los reglamentos necesarios para su aplicación. Más aún, el traspaso de las áreas protegidas desde Conaf al SBAP, que debía realizarse el 1 de agosto del presente año, fue postergado hasta marzo de 2027.

«La idea de que existe un conflicto entre desarrollo económico y protección ambiental no es tal. El desarrollo económico requiere de la protección de la biodiversidad y los recursos naturales para sostener un crecimiento saludable que no destruya la base de la riqueza de un país», concluyeron desde Chile Sustentable.

Seguiremos informando.

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