CS autoriza detener obras de construcción del Hotel Punta Piqueros en Santuario de la Naturaleza Roca Oceánica

La decisión fue tomada, luego de que el máximo tribunal revocara la sentencia de la Corte de Apelaciones de Valparaíso que rechazó un recurso de protección interpuesto por el movimiento Duna Viva en contra de la Inmobiliaria Punta Piqueros.

Por Leonardo Buitrago

02/04/2021

Publicado en

Actualidad / Chile / Medio Ambiente / Portada

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El lunes 29 de marzo la Tercera Sala de la Corte Suprema acogió el recurso de protección presentado por Duna Viva (formada por la Fundación Yarur Bascuñán y Corporación Pro-Defensa del Patrimonio Histórico y Cultural de Viña del Mar). De manera unánime, el máximo tribunal declaró arbitrarias e ilegales las obras realizadas por la inmobiliaria Punta Piqueros, de los grupos económicos Said, Urenda y Bolocco. Estas obras se emplazan en el Santuario de la Naturaleza la Roca Oceánica, ubicada en la comuna de Concón.

El conflicto surge luego que la inmobiliaria comenzara a desarrollar obras de construcción con el fin de llevar a cabo el proyecto “Hotel Punta Piqueros”, el que fue evaluado favorablemente por la Comisión de Evaluación de la Región de Valparaíso, el proyecto incluye la obligación de realizar obras de mitigación para evitar los daños que se pudieran causar al Santuario de la Naturaleza Roca Oceánica.

Fue entonces que el conjunto Duna Viva acusó el actuar de la inmobiliaria como ilegal y arbitrario, ya que dentro de las obras de construcción que desarrollan, una de ellas se emplaza en un área protegida que no fue objeto de Calificación Ambiental en conformidad a los artículos 10 y 11 de la Ley N°19.300, por lo que incurre en omisiones arbitrarias que vulneran su derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación.

Sin embargo, la Corte de Valparaíso rechazó el recurso interpuesto por las organizaciones ambientales justificando entre otros argumentos, que el Estudio de Impacto Ambiental que impugnaban las organizaciones ambientales incluían las obras que acusaban emplazadas dentro del Santuario, por lo que no se vislumbra una actuación ilegal o arbitraria por parte de la inmobiliaria.

Duna Viva no se dio por vencida y apeló la sentencia en la Corte Suprema. El máximo Tribunal revocó la sentencia y ordenó someter el proyecto a una fiscalización por parte de la Superintendencia del Medio Ambiente. Esto con el fin que determine si se deben paralizar las obras del proyecto “Hotel Punta Piqueros” para realizar un nuevo Estudio de Impacto Ambiental (EIA).

El nuevo EIA debería estudiar las obras que se emplazan dentro del  Santuario de la Naturaleza Roca Oceánica, al estimar que existen obras de construcción que no fueron objeto de calificación ambiental, que se emplazan en áreas protegidas y sobre las cuales no se dispuso la realización de obras de mitigación, en conformidad al artículo 98 del Decreto Supremo N°40 del Ministerio del Medio Ambiente.

El abogado Gabriel Muñoz explicó que “desde el punto de vista jurídico, la Corte Suprema da la razón a nuestros argumentos entregados desde el inicio, pues hay una conculcación de la garantía Constitucional a vivir en un medioambiente libre de contaminación”, según consigna El Mostrador.

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