Fallo Corte Suprema: Municipalidad de Valparaíso deberá restituir calidad de área verde de «Quebrada de Cabritería»

Organizaciones de Valparaíso logran proteger importante área de conservación

Por Seguel Alfredo

07/12/2022

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Máximo Tribunal confirma sentencia contra Municipalidad de Valparaíso quien deberá cumplir con restituir calidad del área verde “Quebrada Cabritería”

Tercera Sala rechazó apelación municipal y ratificó que tiene que verla por que se cumpla norma que grava el suelo como área verde.

«Debe adoptar medidas para impedir la continuidad de la ocupación irregular, tanto más si se considera que se trata de obras que por su naturaleza y condiciones sanitarias causan un riesgo inminente a la integridad física de una parte de la comunidad, sin que sea posible que la recurrida considere que no le corresponde”.

Extracto del fallo

“Hoy es un gran día para la conservación de la biodiversidad de la comuna de  Valparaíso, con la buena noticia que emana del fallo de la Corta Suprema”, señalan desde las organizaciones defensoras del espacio.

A continuación, compartimos declaración pública de la Red Parque Cabritería de Valparaíso

DECLARACIÓN PUBLICA

A la comunidad de Valparaíso, con profunda alegría y convicción, queremos informarles que con fecha 5 de Diciembre de 2022, la Corte Suprema confirma la sentencia apelada del 30 de Junio de 2022, en relación al Recurso de Protección en contra de la I. Municipalidad de Valparaíso, frente a la ocupación ilegal del sitio Área Verde “Quebrada Cabritería” o “Parque Cabritería”, ingresado en la Corte de apelaciones de Valparaíso por nuestra organización, con el valioso apoyo de la Abogada Consuelo Requena.

Hoy es un gran día para la conservación de la biodiversidad de la comuna de  Valparaíso, con la buena noticia que emana del fallo de la Corta Suprema donde queda claro el incumplimiento a los Instrumentos de Planificación, vulnerados por el municipio porteño y sus obligaciones como organismo público, de ejecutar la orden de la Corte de Apelaciones respectiva de proteger este valioso sitio natural comunal, en categoría Bosque de Preservaciónn de Valparaíso, gracias a su gran Palmar y el bosque nativo originario existente.

La sentencia que la Corte Suprema viene a ratificar, señala: “Se ordena a dicha recurrida (I. Municipalidad de Valparaíso), tomar en cumplimiento de su mandato legal, todas las medidas conducentes al restablecimiento de la calidad de área verde de la zona de la Quebrada Cabritería, ubicada en esta Comuna.”

Este fallo marca un precedente respecto a la responsabilidad de los municipios en procurar y propiciar la protección y conservación de las áreas verdes comunales, los instrumentos de planificación vigentes, sus restricciones en el uso de suelo y particularmente para aquellos sitios con vestigios en biodiversidad de bosque originario.

Debemos mencionar que este sitio “área verde”, además de su Bosque de Preservación conserva un cauce de agua superficial en sus 5 km de extensión, constituyéndose en un Humedal Urbano, fundamental en el contexto de crisis climática, que hace de este sitio el más importante de la zona urbana de Valparaíso.

Es imprescindible contar con un catastro efectivo de la ocupación del área verde, determinando quienes son las personas que han emplazado viviendas en este sector, si son primeras o segundas viviendas, quienes y en que condiciones están viviendo, si hay niños, niñas o adultos mayores, si están con condiciones sanitarias de habitabilidad, entre otros factores determinantes para la reubicación y solución definitiva para estos habitantes.

Como organización tenemos toda la disposición para convocar y apoyar, a todas las actorías del territorio, que sean necesarias para concretar un “Parque Urbano Natural” en la quebrada Cabritería. Sin duda hemos tomado un rol que debió tomar el municipio porteño, ya que hemos logrado convocando a autoridades técnicos e instituciones protagónicas y necesarias para avanzar hacia su verdadera protección.

No tenemos mayores expectativas respecto de lo que puedan hacer(el municipio) luego de esta sentencia. Aún así, esperamos que por lo menos cumplan con su obligación constitucional respecto del desarrollo social y local de la comuna.

LA DIRECTIVA

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