En fallo unánime, la Corte Suprema acogió el recurso de casación y, en sentencia de reemplazo, confirmó la multa que Sernapesca aplicó a Salmones Blumar S.A. por entregar «información falsa o no fidedigna» sobre un tratamiento antiparasitario en el centro Concheo 2, Región de Aysén. La resolución corrige lo decidido por la Corte de Coyhaique, que había anulado la sanción.
¿Qué se sanciona?
Según el fallo, la empresa presentó un “Registro Diario de Faenas” para indicar que el baño con el antiparasitario ya estaba en curso el 24 de noviembre de 2019 y así extender la ventana exigida por el programa sanitario. La fiscalización estableció que los tratamientos se efectuaron después, por lo que el documento resultó no veraz. La conducta cae en el artículo 113 de la Ley General de Pesca y Acuicultura y en la normativa específica sobre caligidosis (piojo de mar).
La regla es clara: “ventana en curso” o no hay extensión
El Instructivo de Sernapesca para extensión de ventanas de tratamiento exige que el centro salmonero ya esté tratando para considerar la prórroga. Esa condición –“ventana en curso”– es la que Blumar intentó acreditar con un documento que la inspección luego desmintió.
En tal sentido, hay que recordar que las ventanas de tratamiento coordinan el uso de antiparasitarios para contener la caligidosis. Se trata de químicos y procedimientos con impacto potencial sobre el medio marino, por lo que la trazabilidad y la veracidad de la información son intransables. La validación judicial de la multa refuerza el estándar de control público en una actividad con historiales de conflicto socioambiental en regiones como Los Ríos, Aysén, Los Lagos y Magallanes.

Por su parte, medios especializados como Diario Constitucional consignan que la sanción repuesta asciende a 500 UTM (cerca de $34 millones) asociada al caso del centro Concheo 2. Más allá del monto, lo relevante es el precedente: entregar datos no fidedignos para forzar una “ventana” no solo vulnera la normativa sanitaria, también erosiona la licencia social de una industria intensiva en químicos en ecosistemas frágiles.
A su vez, desde una mirada de bien común y territorios, este caso confirma lo que comunidades, sindicatos de la pesca artesanal y organizaciones socioambientales repiten hace años: sin fiscalización estricta y sanciones efectivas, la salmonicultura seguirá empujando los límites normativos para sostener su modelo. La multa a Salmones Blumar no es un “hecho aislado”, sino un recordatorio de que el sur no es zona de sacrificio y que el Estado debe elevar el estándar de protección ecosistémica.

