Asociación de Magistrados y actuación de «jueza» Andrea Acevedo: «No es aceptable que el juzgador acuda a prejuicios para resolver»

La presidenta de la Asociación de Magistrados, Soledad Piñeiro, se refirió durante esta jornada al caso del hincha de Colo-Colo fallecido este martes tras ser atropellado por un camión de Carabineros, cuyo conductor fue dejado en libertad por parte de la jueza Andrea Acevedo (en la fotografía) en una comentada y criticada audiencia

Por Absalón Opazo

29/01/2020

Publicado en

Chile / Justicia y DD.HH / Portada

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La presidenta de la Asociación de Magistrados, Soledad Piñeiro, se refirió durante esta jornada al caso del hincha de Colo-Colo fallecido este martes tras ser atropellado por un camión de Carabineros, cuyo conductor fue dejado en libertad por parte de la jueza Andrea Acevedo (en la fotografía) en una comentada y criticada audiencia.

Al respecto, Piñeiro recordó que “la independencia necesaria para el digno desempeño del trabajo de jueces y juezas representa un valor democrático que les obliga a ajustar sus resoluciones sólo a las leyes y a los antecedentes de la causa. También impone el deber de fundamentación como herramienta que permite el control a través de recursos”.

En ese contexto, advirtió que “no es admisible que juzgadores utilicen prejuicios ni acudan a evaluaciones políticas, culturales o sociales personales que no sea posible desprender de los antecedentes de la causa para resolver lo sometido a su conocimiento”.

Para la dirigenta, el contrapeso de la independencia es el deber de motivación de las decisiones, y en un Estado Democrático de Derecho, la vinculación de argumentos exclusivamente jurídicos es lo que permite proteger a las personas del prejuicio y de la subjetividad del juez.

“Todos los jueces tienen opiniones personales sobre las cosas y visiones sobre los fenómenos sociales y políticos, pero precisamente la sujeción a las normas y la justificación de las decisiones es lo que permite que las personas tengan la garantía y seguridad de que sus conflictos están siendo resueltos y gobernados por las leyes, no por el arbitrio personal del adjudicador”, concluyó la magistrada.

Fuente: Magistrados.cl

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