Avanza tramitación de proyecto que tipifica el delito de incitación al odio y la violencia

Este miércoles, continuó la revisión, en la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara de Diputadas y Diputados, del proyecto que tiene como objetivo tipificar el delito de incitación al odio y a la violencia

Por Absalón Opazo

12/08/2020

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Este miércoles, continuó la revisión, en la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara de Diputadas y Diputados, del proyecto que tiene como objetivo tipificar el delito de incitación al odio y a la violencia.

El proyecto, presentado en 2017 por el gobierno de la ex Presidenta Michelle Bachelet, y que ya fue aprobado en general por la Sala, tiene por objetivo sancionar penalmente a quienes promuevan discursos que generen una apología del odio y que inciten actos de violencia afectando a un grupo de personas o a sus miembros, en base a lo dispuesto tanto en los pactos internacionales de derechos humanos, como el ordenamiento jurídico interno.

En la sesión se modificó el artículo que establece que será sancionado quien públicamente, o a través de cualquier medio apto para su difusión pública, incitare directamente a la violencia física en contra de un grupo de personas o de un miembro de tal grupo, basado en etnia, nacionalidad, afiliación política o deportiva, religión o creencia, sindicación o participación en organizaciones gremiales o la falta de ellas, sexo, orientación sexual, enfermedad o discapacidad, agregando también el concepto de pueblo.

Sin embargo, se eliminaron las expresiones: situación socioeconómica, idioma, ideología, opinión, visión filosófica, trabajo que realiza, edad, filiación, apariencia y personal. Además, se agregó que la sanción será siempre que dicha incitación perturbe el orden público o bien impida, obstruya o restrinja de forma ilegítima el ejercicio de un derecho por parte de él o los ofendidos.

El documento establece que la pena para este delito será de presidio menor en su grado medio (de 541 días a tres años y un día) y multa de 40 a 60 UTM ($1.990.000 a $2.980.000 aproximados). Y, al igual que para la incitación a la violencia y el odio, si las conductas las realiza un funcionario público en el ejercicio de su cargo, la pena aumentará un grado y se aplicará la multa máxima, junto a la inhabilitación absoluta temporal en su grado mínimo para el ejercicio de funciones públicas.

Fuente: Cámara de Diputados

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