Ciencias y nuevas tecnologías: ¿Por qué el borrador de nueva Constitución piensa en el Chile del futuro?

En esta nueva entrada sobre la Guía Práctica del Borrador de nueva Constitución te contamos cómo la propuesta constitucional reconoce los desafíos que traen los avances de la ciencia y la tecnología para el Chile del presente y futuro. Ineditamente, se incorporan normas como el derecho a la participación política digital, a la información, al conocimiento, a la educación y conectividad digital, y a la protección de los datos personales, para contribuir al desarrollo de las comunidades, sin ser vulnerar de sus derechos.

Por Francisca Valencia

26/07/2022

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tecnologías nueva Constitución

La Constitución de 1980 fue creada en un momento histórico de Chile donde muchas de las libertades civiles se encontraban suspendidas. En un contexto que restringía severamente la organización social y el encuentro comunitario, Chile sufrió un apagón de la cultura y las ciencias.

A lo anterior se suma un contexto digital prácticamente inexistente para aquella época. A 40 años de redactada la actual Constitución el panorama ha cambiado, de una forma revolucionaria y difícilmente previsible.

La Internet se ha vuelto el espacio social predominante para las nuevas generaciones, donde converge el accionar político, la educación, y en sí, el acceso inmediato a la información de un mundo hiper globalizado. Es un deber de las legislaciones del mundo considerar el avance de las nuevas tecnologías y cómo pueden aportar estas al desarrollo de las comunidades, sin ser vulneratorias de sus derechos.

El proyecto de nueva Constitución reconoce los desafíos que traen los avances de la ciencia y la tecnología. Aquí se incorporan normas como el derecho a la participación política digital, a la información, al conocimiento, a la educación y conectividad digital, y a la protección de los datos personales.

Por otro lado, se suman los principios de la bioética y el deber del Estado de incluir los mejores
avances de las ciencias, tecnología, conocimientos e innovación al quehacer público. A continuación, te explicamos algunos de los principios que contiene el borrador de nueva Constitución para garantizar el desarrollo y protección social en contextos digitales y de innovación.

Participación ciudadana y educación digital

La ley regulará la utilización de herramientas digitales en la implementación de los mecanismos de participación. Toda persona tendrá el derecho a la educación digital, al desarrollo del conocimiento,
pensamiento y lenguaje tecnológico, así como a gozar de sus beneficios.

Acceso a medios digitales

Todas las personas tendrán derecho al acceso universal, a la conectividad digital y a las tecnologías
de la información y comunicación.
El Estado tiene la obligación de superar las brechas de acceso, uso y participación en el espacio digital, sus dispositivos e infraestructuras. El Estado tendrá el deber de promover y participar del desarrollo de las telecomunicaciones, servicios de conectividad y tecnologías
de la información y comunicación.

Derecho a la Protección de Datos Personales

Se garantizará el derecho a la protección de los datos de carácter personal, a conocer, decidir y controlar el uso de las informaciones que les conciernen.

Acceso a servicios básicos de comunicación

El Estado deberá garantizar el acceso libre, equitativo y descentralizado, con condiciones de calidad y velocidad adecuadas y efectivas a los servicios básicos de comunicación.

Bioética

Las ciencias y las tecnologías deben desarrollarse siguiendo los principios de solidaridad, cooperación, responsabilidad y respetando la dignidad humana, la sintiencia de los animales y los derechos de la naturaleza.

Innovación del Estado

Será deber del Estado utilizar los mejores avances de las ciencias, tecnología, conocimientos e innovación para promover la mejora continua de los servicios públicos.

Para conocer el contenido completo de la guía práctica que permite entender el borrador de nueva Constitución haz click en este enlace.

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