Fallo de la Corte de Apelaciones de Santiago

Condenan al Fisco a pagar indemnización a familiares de trabajador de Endesa ejecutado en 1973

Víctor Jerez Meza, casado, 3 hijos, obrero de la central "El Abanico" de la Empresa Nacional de Electricidad -Endesa-, presidente del Sindicato de la empresa y Secretario General Regional del Partido Socialista, fue detenido con fecha 22 de septiembre de 1973 en las dependencias del Sindicato de la central "El Toro", por Carabineros y efectivos del Ejército, ignorándose su paradero hasta el año 1999, cuando su cuerpo fue encontrado enterrado como NN en una fosa común del cementerio de Nacimiento.

Por Absalón Opazo

04/08/2018

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La Corte de Apelaciones de Santiago condenó al Estado de Chile a pagar una indemnización total de $260.000.000 (doscientos sesenta millones de pesos) a la cónyuge e hijos de Víctor Jerez Meza, trabajador de la central hidroeléctrica El Abanico, de Endesa, quien habría sido ejecutado el 22 de septiembre de 1973.

En fallo dividido, la Octava Sala del tribunal de alzada -integrada por las ministras Marisol Rojas, María Luisa Riesco y el abogado (i) Rodrigo Asenjo- confirmó en todas sus partes la sentencia impugnada, dictada por el Séptimo Juzgado Civil de Santiago, que estableció la responsabilidad del Estado por el actuar de sus agentes en la comisión de un delito de lesa humanidad, imprescriptible tanto en el aspecto penal como civil.

“Que, ahora bien, en lo que atañe a la excepción de prescripción de la acción indemnizatoria, y resultando imprescindible dilucidar si corresponde o no afirmar un estatuto de imprescriptibilidad integral aplicable no sólo en el ámbito de la responsabilidad penal, sino también en el ámbito civil de las indemnizaciones en materia de crímenes de lesa humanidad o, si por el contrario, incumbe restringir la imprescriptibilidad sólo a las acciones penales, debiendo en consecuencia aplicarse a las acciones civiles la prescripción conforme la regula el derecho privado, ha de señalarse que, en la especie no se trata de una acción de naturaleza meramente patrimonial sino de una acción reparatoria en el ámbito de la violación a los derechos humanos en crímenes de lesa humanidad que se rige por preceptos del derecho internacional que consagran la imprescriptibilidad”, sostiene el fallo de primera instancia.

La resolución agrega que “por un principio de coherencia jurídica la imprescriptibilidad debe regir tanto en el ámbito civil, cuanto en el ámbito penal. La fuente de la obligación de reparación del Estado se funda no sólo en la Constitución Política de la República, sino también en los principios generales del derecho humanitario y en los tratados internacionales, los que deben primar por sobre las codificaciones civilistas”.

“De otra parte, la aplicación de la prescripción del derecho privado en este caso lesionaría valores fundamentales, desde el punto de vista jurídico y moral, toda vez que la aludida institución constituye un amparo para el ente estatal y por lo mismo su aplicación en el campo del derecho público importaría soslayar el deber del Estado de cumplir sus fines propios, dejando en el desamparo a las personas, lo que importa una negación de sus derechos fundamentales a la vida e integridad física, por quien es constitucionalmente el obligado a resguardarlos”, concluye el dictamen.

La víctima

Víctor Jerez Meza (en la foto), casado, 3 hijos, obrero de la central «El Abanico» de la Empresa Nacional de Electricidad -Endesa-, presidente del Sindicato de la empresa y Secretario General Regional del Partido Socialista, fue detenido con fecha 22 de septiembre de 1973 en las dependencias del Sindicato de la central «El Toro», por Carabineros y efectivos del Ejército, ignorándose su paradero a partir de ese momento.

La cónyuge del afectado señaló en declaración jurada, que en la detención participó el teniente de Carabineros Zacarías Hannover García Agüero, del Retén Abanico, y que ese día 22 de septiembre ella concurrió a la central «El Toro» a requerir información de su cónyuge, el cual a partir del golpe de Estado debió ausentarse del domicilio familiar por razones de seguridad, pues la casa fue allanada en reiteradas oportunidades por militares.

«Cuando yo venía bajando por la calle del sindicato vi que los militares echaban a un individuo al furgón, y pregunté a algunos hombres que ahí habían a quien estaban subiendo al vehículo de los militares y ellos me respondieron que llevaban detenido al presidente del sindicato. Desde ese día cesaron los allanamientos en nuestro hogar», señala la declaración de la mujer.

La cónyuge de Víctor Jerez Meza concurrió en su búsqueda a los retenes de Antuco y Abanico, y también al Regimiento de Los Ángeles, todo ello sin resultados positivos en orden a dar con su paradero.

Por su parte, el Informe de la Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación señala que el afectado estuvo recluido junto a otros obreros de Endesa -Plutarco Coussy, Mario Olivares y Wilfredo Muñoz-, quienes hasta hoy son detenidos desaparecidos.

La información dada por las autoridades policiales a los familiares fue que se les había trasladado al Regimiento de Los Angeles. Y al igual que en otros casos, la prensa local del día 6 de octubre informó que el afectado se encontraba desaparecido, luego de haber sido puesto en libertad condicional mientras se completaban diligencias, agregando que no se había presentado ante un nuevo requerimiento y que debía «atenerse a las consecuencias».

También agrega el informe de dicha Comisión que el 14 de enero de 1977, cuatro años después de la detención, en la prensa local apareció información que señalaba que Víctor Jerez Meza, Plutarco Coussy Benavides, Mario Olivares Pérez y Wilfredo Quiroz Pereira, habían sido fusilados. No se explican circunstancias, no existe certificación de defunción ni explicación oficial de la muerte.

Finalmente, el año 1999, los restos de Jerez Meza fueron identificados entre los cuerpos exhumados -enterrados como NN en una fosa común- en el cementerio de Nacimiento, tras una diligencia ordenada por el entonces ministro de fuero Juan Guzmán.

Por el crimen de Víctor Jerez, y de otros 22 trabajadores de las centrales El Toro y El Abanico, la Corte Suprema condenó en 2014 a Patricio Martínez Moena, general de Ejército en retiro, a la pena de 20 años de presidio, sin beneficios; a Walter Klug Rivera, coronel en retiro, a 10 años y 1 día de presidio, sin beneficios; y al oficial Ismael Espinoza Silva, a 5 años de presidio, con el beneficio de la libertad vigilada.

De acuerdo al máximo tribunal, ellos serían los culpables de los homicidios de Juan Miguel Yañez Franco, César Augusto Flores Baeza, Víctor Jerez Meza, Mario Belmar Soto, Mario Samuel Olivares Pérez, Juan Eladio Ulloa Pino y Víctor Adolfo Ulloa Pino; además de los secuestros calificados de Abraham López Pinto, José Abel Coronado Astudillo, Abel José Carrasco Vargas, Alamiro Segundo Santana Figueroa, Luis Leopoldo Sepúlveda Núñez, Plutarco Coussy Benavides, Wilfredo Hernán Quiroz Pereira, Exequiel del Carmen Verdejo Verdejo, Domingo Norambuena Inostroza, Luis Eduardo Vergara Corso, Benjamín Antonio Orrego Lillo, José Óscar Badilla García, Manuel Antonio Aguilera Aguilera, Manuel Sepúlveda Cerda, Bernardo Samuel Meza Rubilar y Manuel Jesús Arias Zúñiga.

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