Consejo para la Transparencia critica reportaje de TVN que reveló perfil psicológico de Fernanda Maciel

El Consejo para la Transparencia (CPLT), a través de su presidente, Jorge Jaraquemada, criticó la difusión de los detalles del perfil psicológico de Fernanda Maciel realizado en un reportaje de TVN, acusando una “afectación a la honra y memoria” de la joven

Por Absalón Opazo

30/06/2019

Publicado en

Chile / Género / Medios / Portada

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El Consejo para la Transparencia (CPLT), a través de su presidente, Jorge Jaraquemada, criticó la difusión de los detalles del perfil psicológico de Fernanda Maciel realizado en un reportaje de TVN, acusando una “afectación a la honra y memoria” de la joven.

Jaraquemada indicó que en este caso, “no se está ante información personal, dado que se trata de una persona fallecida, la que deja de ser titular de sus datos”, agregando que se afectó su honra y su memoria al filtrar información relacionada con su perfil psicológico.

Asimismo, detalló que en el caso de que se filtraran estos datos de salud de una persona viva, se vulneraría su derecho a la privacidad y protección de datos personales: “Tratándose de la honra de una persona fallecida existen una serie de disposiciones legales que se asocian con el derecho de los familiares, considerando que su memoria es una prolongación de su personalidad, protegida y asegurada como parte de la honra de la familia”, puntualizó Jaraquemada.

En esa línea, el CPLT apuntó a la gravedad de las filtraciones de información contenida en fichas de salud de personas naturales que están vivas, y detalles del perfil psicológico o psiquiátrico u otra información de salud, que corresponden a datos sensibles y deben encontrarse sujetos a resguardos.

“En el caso de una persona viva aplica la regla especial de la Ley de Derechos y Deberes del Paciente que limita considerablemente la comunicación de estos datos de la ficha clínica”, afirmó Jaraquemada, quien especificó que estos datos no pueden ser objeto de tratamiento, salvo cuando la ley lo autorice, exista consentimiento del titular o sean datos necesarios para la determinación u otorgamiento de beneficios de salud que correspondan a sus titulares.

Sobre la filtración de los datos de la investigación y la forma en la que un medio accedió a los antecedentes -que según lo consignado por la prensa aludida, deriva del acceso a la carpeta de investigación- el presidente del Consejo para la Transparencia comentó que no le corresponde pronunciarse en nombre de la institución que representa sobre eso en particular, por cuanto queda dentro del marco de la normativa aplicable a las investigaciones penales.

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