Contraloría detectó millonarias irregularidades en contratos de la Segegob durante la gestión del UDI Jaime Bellolio

Las firmas involucradas son Cadem, Criteria, la Universidad del Desarrollo (UDD) y Fases Asesoría e Investigación en Gestión de Marketing.

Por Absalón Opazo

26/10/2023

Publicado en

Chile / Política / Portada

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Un informe emanado por la Contraloría General de la República detectó millonarias irregularidades en la contratación de servicios, realizados mediante tratos directos, entre la Secretaría General de Gobierno y distintos centros de estudios, durante el segundo gobierno de Sebastián Piñera.

En específico, se trata del periodo comprendido entre enero del 2020 y octubre del 2021, cuando al mando de la Segegob se encontraba Jaime Bellolio (UDI).

La información señala que las empresas a las que la Segegob solicitó sus servicios son Cadem, Criteria, la Universidad del Desarrollo (UDD) y Fases Asesoría e Investigación en Gestión de Marketing.

Primeramente, se identificó que la Segegob contrató a Consultores Asociados de Marketing Cadem S.A., para el período enero 2020 y octubre 2021, a través de 12 tratos directos, con la finalidad de obtener servicios de estudios de opinión y estratégicos, por un total de $345.149.782.

Asimismo, y con el mismo fin anterior, se encargaron estudios estratégicos a la UDD, a Fases y a Criteria, por un total de 255.000.000, $193.246.048 y $138.592.000, respectivamente. Respecto a Cadem y Fases, el ente contralor encontró que hubo tratos directos por $66.000.000 y por $56.181.440.

En ese sentido, una de las irregularidades detectadas tiene que ver con que no se demostró, con documentos, la idoneidad de los citados centros de estudios para desempeñar las tareas por las que se les contrató por trato directo, como se exige en el artículo 10, número 7, letra D del reglamento de la Ley 19.886.

Otra irregularidad es la inexistencia de contratos con Cadem y Fases, en cuyos casos tampoco se estableció en las resoluciones que autorizaron los respectivos tratos directos, «la expresión fundada del cumplimiento de los objetivos mencionados en el inciso penúltimo del artículo 10 del Reglamento de la Ley de Compras Públicas, para no exigir el otorgamiento de una garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, y por lo tanto dicha operación debió contar con la garantía o resguardo respectiva», indicó la Contraloría.

Revisa y descarga el informe completo ACÁ

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