Corte Suprema ratifica sobreseimiento definitivo de carabinero que disparó y mató a malabarista en Panguipulli

El máximo tribunal rechazó los recursos presentados por un querellante particular y por el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH), y confirmó el sobreseimiento definitivo del sargento segundo de Carabineros, tras considerar que no hubo falta o abuso de los jueces recurridos al adoptarse la decisión de manera fundada.

Por Leonardo Buitrago

10/02/2022

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La Corte Suprema confirmó este jueves la decisión de la Corte de Apelaciones de Valdivia, la cual había decretado el sobreseimiento definitivo del carabinero J.G.G.I., quien estaba imputado por la muerte del malabarista Francisco Andrés Martínez en Panguipulli, hecho registrado en febrero de 2021.

La muerte de Martínez fue captada por videos que se viralizaron en redes sociales y generaron una serie de protestas contra Carabineros en varios puntos del país.

La resolución fue tomada por los ministros Haroldo Osvaldo Brito, Manuel Antonio Valderrama y Leopoldo Andrés Llanos y los ministros suplentes Rodrigo Biel y Miguel Eduardo Vázquez.

En concreto, en fallos unánimes, la segunda sala del máximo tribunal rechazó los recursos presentados por un querellante particular y por el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH), y confirmó el sobreseimiento definitivo del sargento segundo de Carabineros, tras considerar que no hubo falta o abuso de los jueces recurridos al adoptarse la decisión de manera fundada.

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“Del tenor del libelo que contiene la queja en estudio, se constata que el recurrente no cuestiona propiamente las faltas o abusos en que pudiesen haber incurrido los ministros, desde que los fundamentos esenciales del recurso dicen relación con la disconformidad con lo resuelto por los recurridos”, señala la resolución, citada por BioBio.

“Como se dijo, los jueces recurridos, procedieron a resolver en el sentido que lo hicieron, señalando latamente las razones de hecho y jurídicas para ello, lo que de suyo no puede importar una falta o abuso grave”, agrega.

“Lo que hicieron fue decidir la cuestión sometida a su conocimiento, valorando –labor privativa de los jueces- los antecedentes, así como interpretando los preceptos legales atingentes al caso, no existiendo por ese motivo, como se dijo, una falta o abuso que pueda ser materia de conocimiento a través de este arbitrio de carácter disciplinario; lo que conlleva que este sea rechazado de plano”, concluye.

Cabe recordar que en noviembre del año pasado el fiscal de Panguipulli, Marcelo Leal, solicitó al Juzgado de Garantía de la comuna fijar audiencia para comunicar el cierre de la investigación y solicitar el sobreseimiento definitivo de la causa. El Ministerio Público determinó que el carabinero actúo en legítima defensa y no le correspondería una sanción penal, sin embargo, en la audiencia del 18 de diciembre el Juzgado de Garantía rechazó la solicitud de sobreseimiento.

Posteriormente, el fiscal regional de Los Ríos, Juan Agustín Meléndez, apeló a la Corte de Apelaciones de Los Ríos para que el tribunal de alzada visase el término judicial del caso.

El pasado 25 de enero la Corte de Valdivia revocó la decisión del Juzgado de Garantía en un fallo en el que señaló que “la legítima defensa en una causal eximente de responsabilidad penal que opera cuando se obra en defensa de su persona o derechos, en la medida que haya sido objeto de una agresión ilegítima, que el medio empleado para impedirla o repelerla haya sido racional y que no exista una provocación suficiente por parte del que se defiende”.


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