Despachan al Senado proyecto que prohíbe fumar en playas, ríos y lagos, así como botar colillas en la vía pública

En la normativa se establece además que los filtros y las colillas de los cigarrillos que se comercialicen dentro del territorio nacional deberán ser fabricados con materiales biodegradables.

Por Absalón Opazo

08/07/2021

Publicado en

Chile / Congreso / Medio Ambiente / Portada

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Con el propósito de resguardar las playas, ríos y lagos de la contaminación por efecto de las colillas de cigarros, la Cámara de Diputadas y Diputados aprobó y despachó al Senado un proyecto que regula las actividades relacionadas con el tabaco.

En la normativa se establece además que los filtros y las colillas de los cigarrillos que se comercialicen dentro del territorio nacional deberán ser fabricados con materiales biodegradables. Asimismo, de acuerdo al informe de la Comisión de Medioambiente, se suma a la prohibición de fumar en espacios públicos o privados, las playas de mar, ríos o lagos.

Recordemos que la normativa vigente impide fumar en recintos como establecimientos de educación parvulario, básica y media; lugares donde se expendan combustibles y medios de transporte de uso público, incluyendo ascensores, entre otros.

En el caso de los lugares antes enumerados, la ley recién aprobada indica que, si estos espacios cuentan o no con patios o espacios al aire libre, deberán instalar ceniceros, contenedores o receptáculos destinados al depósito de filtros, colillas y cenizas de cigarrillos, en dichos lugares o en su acceso. De igual manera, se prohíbe arrojar los filtros o las colillas de cigarrillos en la vía pública y en los patios o espacios al aire libre lugares públicos o privados.

En el caso de la prohibición de fumar en playas de mar, ríos o lagos, la fiscalización corresponderá a la policía marítima, fluvial y lacustre y, en caso de constatarse alguna infracción, esta se deberá denunciar ante el juez respectivo. De todas maneras, la norma indica que cualquier persona podrá denunciar el incumplimiento de las obligaciones, imponiéndose así la denominada “denuncia ciudadana”.

En cuanto al pago de multas, se aumenta de dos Unidades Tributarias Mensuales, a un rango que va desde una a cuatro UTM por infracción a la ley. Actualmente, se sanciona a quien ensucie, arroje o abandone basura, materiales, o desechos de cualquier índole en playas, riberas de ríos o de lagos, parques nacionales, reservas nacionales, monumentos naturales o en otras áreas de conservación de la biodiversidad declaradas bajo protección oficial. Desde ahora también será sancionado quien arroje colillas de cigarros en esto espacios.

En la cuanto a las sanciones, la pena también consistirá en la prestación de servicios en beneficio de la comunidad, consistente en la limpieza de playas, lagos o ríos. Si el sancionado no estuviese de acuerdo, se le aplicará el pago de la multa correspondiente.

La propuesta fue ratificada por 135 votos a favor, tres en contra y dos abstenciones, en su idea de legislar. El articulado contó con el mismo apoyo salvo la norma que extendió la citada prohibición a las playas, que fue votada por separada y que también resultó aprobada.

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