En libertad y con firma mensual: Marino que asesinó a Manuel Rebolledo fue condenado a 540 días de presidio remitido

Tras darse a conocer la sentencia, los familiares de Rebolledo alegaron que no esperaban obtener una condena que no contemplase el presidio efectivo, por lo que recurrirán a la nulidad en los próximos días.

Por Leonardo Buitrago

06/12/2021

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El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal (TOP) de Concepción condenó al infante de marina Leonardo Esteban Medina Camaño a 540 días de presidio, con firma mesnual y con el beneficio de la remisión condicional de la pena, en calidad de autor del asesinato de Manuel Rebolledo, quien participó en las manifestaciones de 2019 en Talcahuano, en el marco del estallido social.

En fallo unánime (causa rol 116-2021), el tribunal –integrado por los magistrados Selín Figueroa Araneda (presidente), Mirentxu San Miguel Bravo y Nancy Vargas Bustamante (redactora)– aplicó, además, a Medina Camaño la accesoria legal de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena; más el pago de las costas de la causa.

El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que alrededor de las 18:30 horas del 21 de octubre de 2019, Medina Camaño, en el cumplimiento de sus funciones como funcionario de la Armada y en el contexto del estado de excepción vigente a dicha fecha en la Provincia de Concepción, condujo un camión con 17 funcionarios navales por la avenida Gran Bretaña en la comuna de Talcahuano, contingente que debía controlar los saqueos que se registraban en el sector.

Al llegar al lugar, alrededor de las 18:44 horas, el condenado observó a manifestantes que salían de las dependencias de la empresa Frigorífico Pacífico, quienes huían en dirección a la población Libertad, por lo que desvió el trayecto del camión que manejaba hacia un sitio eriazo, en persecución de un grupo de manifestante. Acción en la cual arrolló a Manuel Rebolledo Navarrete, quien tropezó y cayó delante de la pesada máquina, provocando su deceso por politraumatismo.

“Se arribó a esta decisión porque no se probó que el acusado hubiera actuado con dolo en la comisión del ilícito, sino que solo se estableció un actuar negligente de su parte”, indicó la jueza Nancy Vargas.

Tras darse a conocer la sentencia, los familiares de Rebolledo alegaron que no esperaban obtener una condena que no contemplase el presidio efectivo, por lo que recurrirán a la nulidad en los próximos días.

Los abogados de la causa consideran, que los argumentos apuntan a que existió dolo e intencionalidad de asesinar o matar a Manuel Rebolledo durante el “estallido social”, cita BioBio.

A través de una publicación en Facebook, los familiares del joven asesinado en octubre de 2019, rechazaron la condena y exigieron justicia por el asesinato de su hijo.

“Nos queda la posibilidad de un recurso de nulidad”. “¡Queremos justicia! ¡Cárcel para el asesino!”, señalaron, según consignó La Voz de los que Sobran.

Hace dos semanas, el Tribunal de Concepción dio por acreditado tanto la ocurrencia del delito como la participación culpable del acusado en los hechos, recalificando el ilícito de homicidio simple a cuasidelito de homicidio.

El hecho se registró el 21 de octubre de 2019, cuando el acusado, funcionario de la Armada de Chile, en el cumplimiento de sus funciones dispuestas en el estado de excepción vigente a la fecha en la provincia de Concepción, fue instruido de concurrir en el camión militar pesado que conducía, junto a 17 funcionarios de la Armada de Chile en servicio que transportaba, al sector de la empresa Frigorífico Pacífico, ubicado en avenida Gran Bretaña en la comuna de Talcahuano.

Al llegar al sitio, alrededor de las 18:44 horas, al transitar por la citada avenida Gran Bretaña en dirección nororiente, con luz natural y buena visual, observó a un grupo de sujetos que salían de las dependencias de Frigorífico Pacífico, cuando incrementó la velocidad del vehículo.

Momentos después, Rebolledo Navarrete –quien se dirigía a pie a su domicilio– resbala y cae, siendo atropellado por el camión militar conducido por Medina Camaño. A consecuencia de esta acción del imputado, la víctima, Manuel Alejandro Rebolledo Navarrete, resultó con politraumatismos y múltiples lesiones que le causaron la muerte momentos después.

La Fiscalía pedía una pena de 12 años en contra del efectivo.

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