La Federación Nacional de Asociaciones de Funcionarias y Funcionarios del Ministerio de Obras Públicas (FENAMOP), acusó un despido arbitrario y la transgresión de los derechos de la funcionaria Anahí Contreras Chacón.
Contreras era profesional a contrata de la Dirección de Obras Portuarias (DOP) cuando en junio del 2025 denunció presuntos hechos que configuran violencia y acoso laboral. Cabe destacar que la denuncia fue realizada de acuerdo con el procedimiento contemplado en la Ley Karin y en la normativa interna del Ministerio de Obras Públicas (MOP).
En conversación con El Ciudadano, Horacio Gálvez, Presidente FENAMOP señaló que “la funcionaria se atrevió a hacer una denuncia a través de un correo que ha dispuesto el Ministerio de Obras Públicas para denuncias VALS. Para ingresar estas denuncias hay que hacerlo en base un formulario donde se tiene que identificar a quien se denuncia y los hechos constitutivos de violencia u hostigamiento, acoso, etc., y ahí Anahí entregó pruebas, entregó medio de imágenes y conversaciones de WhatsApp, que daban cuenta de un eventual violencia que estaba sufriendo Anahí”, declaró Gálvez.
En primer lugar, la Unidad Técnica de Denuncias VALS, recomendó declarar la denuncia como admisible y propuso, antes de considerar la apertura de un proceso disciplinario, efectuar una evaluación de riesgos psicosociales.
“La Dirección de Obras Portuarias hizo este informe y lo firma el jefe de gestión de personas, junto con una analista de gestión de personas (psicóloga), pero el informe no se pronuncia respecto del nivel de afectación de Anahí, no es un informe técnico, si tú lo ves es un informe que habla de acciones preventivas, no tiene que ver con un asunto de cuando ya existe la acción de sufrir violencia”, advirtió Gálvez.
El 28 de agosto de este año, la DOP emitió la Resolución Exenta N°1072, declarando la denuncia como inadmisible, apoyándose principalmente en un informe psicosocial que, según FENAMOP, no reunía los requisitos técnicos ni jurídicos establecidos para este tipo de procedimientos.
El presidente de la Federación agregó que “al final del informe también se pronuncian sobre el tema de la investigación sumaria y dice explícitamente: ‘es posible concluir que no existen antecedentes suficientes para iniciar un proceso disciplinario por VALS’, entonces — y esto es técnico— el informe psicosocial no debe pronunciarse respecto a esto, porque las materias de la denuncia son desconocidas por todos, es decir, la denuncia tiene una condición de confidencialidad que solo lo conoce la persona del VALS que recibe la denuncia y obviamente el director que tiene que ponderar si inicia o no un proceso sumarial”.
Posteriormente, el 29 de agosto, se le informó verbalmente a la funcionaria el término anticipado a su contrata, formalizado el 1 de septiembre a través de la Resolución RA DOP Nº 88/61/2025. Ese mismo día, Contreras presentó una nueva denuncia basada en los mismos antecedentes reportados en el mes de junio.
Más adelante, el 12 de septiembre, el Director Nacional de Obras Portuarias, Ricardo Trigo Pávez, comunicó mediante carta certificada que la denuncia presentada el 1 de septiembre había sido acogida. Para la federación, este hecho evidencia una grave contradicción institucional y reafirma la necesidad de revisar la legalidad de los actos administrativos involucrados, dado que ambas denuncias eran idénticas.
La FENAMOP denunció una serie de vulneraciones como la desvinculación durante el período de protección legal de la denunciante, lo que infringe el artículo 90 A del Estatuto Administrativo y la Ley 21.643; el uso indebido de instrumentos preventivos como base para considerar la denuncia inadmisible, en contravención del DS Nº 21/2024 y de la Resolución Exenta MOP Nº 340/2024.
También denunciaron que se ignoró, sin justificación técnica, la recomendación emitida por la Unidad Técnica de Denuncias VALS; falta de motivación e imparcialidad en el acto administrativo impugnado, transgrediendo los artículos 11 y 41 de la Ley N°19.880 y por último advirtieron una aparente represalia, al enlazar la inadmisibilidad con el despido, lo que habría restringido el derecho a defensa y contraviniendo principios de protección.
Para Gálvez, los hechos constituyen una especie de “maltrato institucional”, ya que al denunciar el hecho, no brindaron el apoyo necesario. “Yo le dije al subsecretario, esto es poner un pie encima, es poner un antecedente expuesto para todos los funcionarios de Obras Portuarias. La señal que te está dando la autoridad es: el que se atreva a denunciar por VALS, se va para la casa si no tiene confianza legítima, es una mala señal para los funcionarios y nos deja mal a todos”, declaró.
Finalmente, desde la FENAMOP advirtieron que este caso “representa una grave vulneración de derechos laborales, de género y de protección al denunciante en el sector público” y además, advirtieron que el caso pone en tela de juicio el cumplimiento de la Ley Karin y los protocolos institucionales del Estado.