Hugo Gutiérrez y retiro de fondos AFP: “Quienes están en contra del proyecto, están contra los intereses de la ciudadanía”

Este lunes 6 de julio, la Comisión de Constitución aprobó por 7 votos a favor y 6  en contra, el proyecto que permite el retiro del 10% de los fondos de la AFP para hacer frente a los efectos económicos del Covid-19

Este lunes 6 de julio, la Comisión de Constitución aprobó por 7 votos a favor y 6  en contra, el proyecto que permite el retiro del 10% de los fondos de la AFP para hacer frente a los efectos económicos del Covid-19. El diputado Hugo Gutiérrez (PC) valoró el avance del proyecto que este miércoles será debatido por la Sala de la Cámara de Diputadas y Diputados.

Un importante paso dio el proyecto que permite el retiro de fondos desde las AFP para ayudar a paliar los efectos de la pandemia, tras ser aprobado por la Comisión de Constitución en una sesión que duró más de 7 horas.

En la instancia expuso parte del gabinete del Presidente Piñera, como el ministro de Hacienda Ignacio Briones y la ministra del Trabajo María José Zaldívar, quienes cuestionaron la iniciativa, pues a su juicio significaría “pan para hoy, hambre para mañana”.

En ese marco, el diputado Hugo Gutiérrez, junto con aprobar la iniciativa, hizo un emplazamiento a la Sala de la Cámara de Diputados, que este miércoles comenzará el análisis de la moción parlamentaria.

“Un 88% de la población está de acuerdo con el derecho a retiro de estos fondos acumulados en las AFP. No me cabe duda que cuando la ciudadanía tome conocimiento de este fondo colectivo de pensiones, va a estar también de acuerdo con ello. Yo creo que nosotros estamos intentando representar el sentimiento ciudadano que hoy exige este retiro y por supuesto que quienes están en contra, están bregando en contra de la historia y de los intereses de nuestra ciudadanía”, sostuvo el diputado PC.

Contenido del proyecto

La iniciativa establece en su articulado que, excepcionalmente y para mitigar los efectos sociales derivados del estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad publica decretado a causa del Covid-19, se autorizará a los afiliados del sistema privado de pensiones y por única vez, a retirar hasta el 10% de los fondos acumulados en su cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias, estableciéndose como monto máximo de retiro el equivalente a 150 unidades de fomento (4 millones 300 mil pesos aprox.) y un mínimo de 35 unidades de fomento (un millón de pesos).

En el evento de que el 10% de los fondos acumulados sean inferiores a las 35 UF, el afiliado podrá retirar hasta dicho monto. En tanto, en el caso de que los fondos acumulados en su cuenta de capitalización individual sean inferiores a 35 UF el afiliado podrá retirar hasta la totalidad de los fondos acumulados en dicha cuenta.

La entrega de los fondos acumulados y autorizados de retirar se efectuará de la siguiente manera: El 50% en un plazo máximo de 10 días hábiles de presentada la solicitud ante la respectiva administradora de fondos de pensiones a que pertenezca el afiliado. El 50% restante, en el plazo máximo de 30 días hábiles a contar del desembolso anterior

La iniciativa también crea el Fondo Colectivo Solidario de Pensiones que se financiará con aportes de los empleadores y del Estado, y cuyo objetivo será financiar bajo criterio de progresividad los complementos de pensiones que serán necesarios producto de los montos retirados conforme al derecho que establece esta disposición transitoria.

Para estos efectos, el Presidente de la República en el plazo de un año desde publicada esta reforma enviará un mensaje al Congreso Nacional en el cual se propondrá la forma y financiamiento del Fondo Colectivo Solidario de Pensiones.

La administración de este fondo será realizada por una entidad pública y autónoma de forma directa y solidaria, procediendo al momento de la jubilación del afiliado a complementar la pensión en la forma que señale la ley respectiva con el objeto de que el retiro de fondos que autoriza esta disposición transitoria no afecte el derecho a la seguridad social establecido por la Constitución.

La entidad pública y autónoma que administre el Fondo Colectivo Solidario de Pensiones deberá velar porque las inversiones que se hagan con cargo a esos recursos sean realizadas promoviendo la sostenibilidad económica, social y medioambiental del Estado.

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