Humedales: Corte Suprema remite a la Cámara de Diputados informe sobre proyecto de ley de conservación

Esta semana, el tribunal pleno de la Corte Suprema analizó el contenido del proyecto de ley sobre Conservación de Humedales, el cual regula su manejo y afectación, despachándose un informe, este jueves, a la Comisión de Recursos Hídricos y Desertificación de la Cámara de Diputados

Por Absalón Opazo

06/07/2019

Publicado en

Chile / Congreso / Medio Ambiente

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Esta semana, el tribunal pleno de la Corte Suprema analizó el contenido del proyecto de ley sobre Conservación de Humedales, el cual regula su manejo y afectación, despachándose un informe, este jueves, a la Comisión de Recursos Hídricos y Desertificación de la Cámara de Diputados.

«Como primer comentario, cabe anotar que no se contempla un procedimiento para declarar un espacio geográfico que tiene las características definidas en la ley, como un humedal, ni tampoco la dictación de un acto administrativo que otorgue la calidad de tal», plantea el informe.

«En segundo lugar, la calificación de humedal a propósito de controversias jurídicas específicas, implicará que en algunas hipótesis altamente conflictivas, por ejemplo cuándo se trate de una infracción no vinculada al cumplimiento de algún instrumento de gestión ambiental (en que será competente la Superintendencia del Medio Ambiente), ésta se realizará por los juzgados de Policía Local, los que no cuentan con un apoyo institucional o técnico que les permita decidir contemplando las variables medio ambientales aplicables», añade el reporte del máximo tribunal.

«En lo que respecta a la necesidad de que ellos cuenten con planes de manejo, es necesario identificar quien o quienes lo deben hacer, las normas de aprobación y la normativa técnica pertinente. También cobra relevancia el reconocimiento de los humedales por la autoridad en cuanto a la exigencia prevista de someter a Estudio de Impacto Ambiental sus posibles afectaciones», indica el texto.

En tanto, sobre el tribunal competente para conocer las causas derivadas de los nuevos procedimientos, el pleno de ministros sostiene que «la decisión de otorgar potestades para imponer sanciones en esta materia a los Juzgados de Policía Local, no aprovecha ni profundiza el empleo de la institucionalidad medioambiental vigente, que cuenta con sendos mecanismos de gestión ambiental, fiscalización y jurisdicción que tienen una coherencia interna fundada en varios años de evolución institucional».

«De otra parte parece razonable establecer, por un lado, mecanismos que aseguren la existencia de planes de manejo operativos respecto de áreas importantes para la biodiversidad y, por otro, asegurar que existan instancias de fiscalización oportuna que permitan asegurar los fines de la propuesta, definiendo el organismo encargado de fiscalizar (como hacen los proyectos actualmente existentes que buscan crear el Servicio Nacional Forestal y el Servicio de Biodiversidad y Sistema Nacional de Áreas Protegidas) y perfeccionando los procedimientos de definición de áreas protegidas, de modo que sea posible la declaración de un humedal como área protegida de un modo que resulte eficiente y que balancee todos los intereses en juego», concluye el documento de la Corte Suprema.

Fuente: Poder Judicial

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