La sede de Valparaíso del Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) anunció que revisarán la sentencia del Tribunal Oral en lo Penal (TOP) de Viña del Mar, que dio por cumplidas las penas impuestas a 2 funcionarios de Carabineros por delitos cometidos en 2019 durante el estallido social.
«Cuando no se aplican penas adecuadas y proporcionales en casos de graves violaciones de DDHH, se proyecta una situación de impunidad y no se garantiza su no repetición», recordó la abogada del INDH de Valparaíso, Javiera Tapia.
Desde la entidad explicaron que el TOP sentenció al carabinero M.A.A.G. a 3 años y un día por apremios ilegítimos y a 280 días por disparos injustificados, mientras que el carabinero M.A.G.Y. recibió una pena de 280 días por disparos injustificados.
Pero, en ambos casos, el tribunal dio por cumplidas las penas corporales por el tiempo que estuvieron en prisión preventiva o arresto domiciliario, y al mismo tiempo, impuso su inhabilitación para cargos u oficios públicos durante el tiempo que duren las condenas de ambos.
En el INDH hay preocupación, en ese sentido, por las inconsistencias en la determinación de las penas, particularmente la valoración de las atenuantes y las agravantes, y en la aplicación de normas contenidas tanto en el Código Penal como en la Ley de Control de Armas.
Los hechos
El tribunal dio por acreditado que el 22 de octubre de 2019, mientras ocurrían manifestaciones sociales en el sector de las plazas Vergara y Sucre, en Viña del Mar, el capitán M.A.G.Y. y el sargento primero M.A.A.G. «hicieron uso injustificado de sus armas de servicio (…) en contra de personas que se encontraban en el lugar, infringiendo la circular 1832, del 1° de marzo de 2019, sobre protocolo del uso de fuerza por parte de carabineros (…) vigente a la fecha de los hechos».
Los disparos de M.A.A.G., concluyó el tribunal, causaron lesiones de gravedad diversa a 6 personas que se encontraban en las cercanías, una de las cuales tenía menos de 18 años al momento de los hechos.
De acuerdo a la investigación judicial, estas lesiones «no solo provocaron daño físico, que interrumpió el desarrollo de actividades laborales, deportivas o personales (…) asimismo trastocaron sus ciclos vitales, con alteraciones emocionales y psicológicas de diversa índole, que con dificultad han debido superar».
Sin embargo, «el TOP de Viña del Mar, en su fallo de mayoría, resolvió que a ambos sentenciados favorecía la irreprochable conducta anterior: sus extractos y antecedentes no dan cuenta de condenas previas. Tuvo en cuenta informes sociales de cada uno de ellos. Ahí se indica que al momento de la sentencia el capitán M.A.A.G. sigue en funciones en Carabineros y, en un hecho que no vinculado al delito, afirma ser víctima del incendio de febrero de 2024 en la región», explicaron desde el INDH.
Finalmente, desde el Instituto reiteraron que este es el segundo juicio por estos hechos: «En el primero, ambos uniformados fueron sentenciados a penas en libertad por el delito de disparos injustificados. Luego, la sede del INDH presentó un recurso de nulidad ante la Corte de Apelaciones de Valparaíso, el que fue acogido y ordenó un nuevo juicio», detallaron en el INDH.
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