Cruz, Hamilton y Murillo recibirán en conjunto $300 millones

Justicia acoge demanda contra Arzobispado de Santiago y ordena indemnizar a víctimas de Karadima

Para la Corte de Apelaciones de Santiago “se tiene por acreditado que los demandantes han sido dañados por la Iglesia en su condición de ser humano”.

Por decisión unánime, la Novena Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago ordenó al Arzobispado de Santiago indemnizar con $300 millones a las tres víctimas del sacerdote Fernando Karadima. De esta manera, Juan Carlos Cruz, James Hamilton y Juan Andrés Murillo recibirán $100 millones cada uno, tras acogerse una demanda civil contra la Iglesia Católica.

Con esta resolución, el tribunal de alzada revirtió un fallo de primera instancia emitido por el ministro en visita Juan Muñoz Pardo, quien rechazó una demanda por $450 millones, dirigida contra la Iglesia por su responsabilidad en el encubrimiento de los abusos cometidos por el ex párroco de El Bosque.

El fallo de la Corte santiaguina señala, respecto de la responsabilidad de las autoridades eclesiásticas, que «resultó establecido al ponderar las pruebas que obran en el proceso (…) que con su desidia mantuvieron en la impunidad al abusador, teniendo en especial consideración, como expresa el informe sicológico, que el tratamiento de las personas traumatizadas requiere del reconocimiento de las autoridades y de las instituciones, en este caso de la Iglesia y del Poder Judicial”.

Fernando Karadima

En relación a la responsabilidad de la Iglesia, la resolución establece que Cruz, Hamilton y Murillo “respecto del derrotero que cada una de las víctimas ha seguido, los actores han sufrido de una manera importante desde que se cometieron los abusos, pero que recién se empiezan a racionalizar cuando aquellos fueron denunciados y la autoridad eclesiástica no hace nada”.

Para la terna de jueces, la “negligencia” en la investigación del abuso que hizo la Iglesia Católica “tuvo gran impacto sobre las víctimas cuando las autoridades institucionales descartaron la denuncia en lugar de considerar la posibilidad de examinar si tenía algún elemento de verdad, protegiendo con su inactividad a los abusadores como si ellos fueran víctimas de una infamia y agresión pública contra su buen nombre y descuidando por completo lo ocurrido a las víctimas del abuso, como consigna el informe”.

En este sentido, para la Corte de Apelaciones “se tiene por acreditado que los demandantes han sido dañados por la Iglesia en su condición de ser humano, al contribuir a la traumatización acumulativa de su psique intrínseca”. Esto último, determina el fallo, provocó en las víctimas “un efecto devastador”, puesto que “buscaron divulgar el abuso mediante denuncias y no fueron escuchadas”.

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