No saldrá en TV: Este jueves 23 TC podría dejar sin aplicación «Ley de la Jibia» que protege derechos de pescadores artesanales

Un fallo que podría ser determinante para la promulgación, aplicación y viabilidad de leyes de regulación productiva marítima, tendrá que tomar este jueves (23) el Tribunal Constitucional en relación a la pesca de la Jibia y que podría marcar un precedente en materia constitucional para el país

Por Absalón Opazo

22/07/2020

Publicado en

Chile / Portada / Trabajo

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Un fallo que podría ser determinante para la promulgación, aplicación y viabilidad de leyes de regulación productiva marítima, tendrá que tomar este jueves (23) el Tribunal Constitucional en relación a la pesca de la Jibia y que podría marcar un precedente en materia constitucional para el país.

Esto, porque durante la jornada, los miembros del TC deberán votar a favor o en contra de la inaplicabilidad de la Ley de la Jibia, tras la presentación de un recurso presentado por la empresa pesquera Landes, que busca dejar sin efecto las condiciones actuales de captura.

Tras décadas de pesca de arrastre y de una merma significativa del ecosistema marítimo, el año pasado se promulgó la ley Nº 21134 que busca proteger los recursos naturales y que permite la pesca de la jibia sólo y exclusivamente por línea de mano o portera (sistemas de pesca artesanal). Este cambio en el marco regulatorio, es lo que arguye la empresa Landes para revertir la aplicabilidad de la ley que rige en la actualidad.

Carlos Cáceres, abogado litigante en el caso, quien ha defendido los derechos de los pescadores artesanales y del gremio de la Jibia, que están en juego en esta causa, afirma que se han entregado al Tribunal antecedentes suficientes, incluido un informe en Derecho del profesor Matías Guiloff, que permiten el rechazo del requerimiento.

En especial, se señala que el Tribunal debiese admitir que el conflicto es de mera legalidad, que se dirige en último termino en contra de la supuesta retroactividad de un acto administrativo, controversia que corresponde resolver a la Corte Suprema. 

En ese sentido, se agrega que la Constitución, en sus múltiples lecturas, no asegura una determinada rentabilidad en un negocio y que es legitimo que el legislador vaya introduciendo ajustes al marco regulatorio de las diversas actividades económicas, para conciliar su ejercicio con el resguardo de la sustentabilidad del recurso y el bien común.

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