Nueva Constitución: Hacia una armonización de los Tratados Internacionales y los Derechos Digitales

Programa Carta Magna Digital de Flacso Chile propone al debate constituyente una revisión profunda en estas materias, para co-crear un texto constitucional que se mantenga vigente ante los desafíos del mundo digital y que sea consecuente con la construcción de una sociedad del conocimiento.

Por Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (Flacso)

En tiempos de la co-creación del nuevo texto constitucional en Chile y la discusión sobre las implicaciones políticas a nivel global en sociedades cada vez más dependientes de las industrias digitales, resulta necesario hablar de derechos digitales y enseñar a toda la ciudadanía la importancia para el desarrollo y futuro del país.

En ese sentido, desde el programa Carta Magna Digital de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (Flacso) co diseñamos e impulsamos propuestas que permitan garantizar derechos y mínimos comunes digitales, reconociendo libertades e igualdades para desarrollar un nuevo contrato social digital (inédito para la región), contando con la perspectiva de expertos en la materia y relevantes organizaciones de la sociedad civil.

Un primer aspecto que se debe abordar en este tema, se trata del marco de derechos humanos. Aquí, existen al menos dos dimensiones a considerar, uno a nivel internacional enmarcado en los tratados internacionales, y otro, en el ámbito nacional, donde cada país consagra las normas internas necesarias para el respeto a la dignidad de las personas

Hay que recordar que los tratados internacionales funcionan como compromisos que adquieren los Estado pactantes. Por ejemplo, el reconocimiento de los derechos humanos por los tratados, se agrupa dentro del concepto de “Derechos Fundamentales”. Sin embargo, la actual Constitución chilena (1980) no contenía una norma que permitiera reflejar a nivel interno las normas sobre tratados de derechos humanos. Por ello fue necesario modificar el texto constitucional con las “Leyes Cumplido”, que introdujeron una norma en el Art.5, inc. 2 del Texto Constitucional.

Pero, esta modificación no es suficientemente concluyente y ha sido objeto de diversas interpretaciones, especialmente en materia digital, ya que la mayoría de estos tratados fueron articulados, aprobados y ratificados antes del arribo del Internet y el intercambio masivos de datos. A nivel internacional, esta falencia ha sido suplida a través de protocolos adicionales que se han hecho cargo de los nuevos desafíos.

Un ejemplo de aquello se puede notar en la protección de los datos personales. Si bien, los tratados tradicionales no mencionan este aspecto, las Naciones Unidas y la Organización de Estados Americanos han dictado instrumentos en que se refieren a la protección de los datos y se entienden como parte de los derechos que deben ser reconocidos.

¿Cómo estamos en Chile en esta materia? Nuestra Constitución agregó recientemente el derecho a la protección de datos personales a la lista de derechos fundamentales. Pero, ya nos estamos atrasando en función de los avances globales. Por ejemplo, falta por incorporar el derecho a la propia imagen, en circunstancias que este derecho si consta en los catálogos internacionales de derechos humanos.

De igual manera, cuando abordamos el derecho a la información, los tratados internacionales se refieren a este derecho como parte del derecho a informar, que incluye el derecho a investigar los hechos, construir la noticia; así como la libertad de decidir si se da a conocer o no a la ciudadanía en base a principios de oportunidad, interés y línea editorial. Pero, también se reconoce el derecho de las personas a ser informadas, para lo cual se establece el pluralismo estructural como medio que permite a las personas acceder a fuentes informativas diversas y plurales.

Lamentablemente, en la actual Constitución, sólo se reconoce la libertad de expresión del propietario de los medios. No se consagra el derecho de todos los sectores a la titularidad de los medios, y solo se prohíben los monopolios de medios públicos, mas no de los privados, esto ha resultado en una alta concentración de medios.

Además, los derechos como están consagrados actualmente en nuestra Constitución, no reconocen que hoy en día los distintos medios de comunicación convergen en las redes digitales. Por ejemplo, el artículo 19 Nº12 regula solo la televisión, creando el Consejo Nacional de Televisión, institución que hoy es insuficiente para gestionar la realidad. Hoy existen plataformas informativas que incluyen radio, televisión y portales de Internet, todas las cuales transitan a través de redes digitales.

Ante este contexto, el Programa Carta Magna Digital de Flacso Chile propone al debate constituyente una revisión profunda en estas materias, para co-crear un texto constitucional que se mantenga vigente ante los desafíos del mundo digital y que sea consecuente con la construcción de una sociedad del conocimiento.

En este sentido, el programa Carta Magna Digital ha logrado publicar cuatro informes finales para contribuir al debate: el primero, relaciona los derechos humanos con el ecosistema digital; el segundo, es un informe sobre revisión de jurisprudencia en el ámbito digital; el tercero, sigue el ejercicio de interpretación progresiva del derecho; y el cuarto, es un policy brief relacionado a la evidencia de los informes para una aproximación al marco general digital en la Nueva Constitución.

Pero, ¿cuál es el estado real de esta discusión en la Convención Constituyente? Para responder esta pregunta, debemos saber que la convención hoy en día se encuentra finalizando el proceso de recepción de propuestas de articulado para el texto final, las cuales fueron presentadas por los propios constituyentes o por la ciudadanía (a través de la iniciativa popular de norma) hasta el 1 de febrero. El balance hasta la fecha es positivo, ya que desde los constituyentes se destacan tres tipos de iniciativas interesantes sobre alfabetización digital, otras sobre derechos al acceso ya la conectividad y otras sobre el derecho al acceso a la información pública.

Por otro lado, desde las iniciativas populares a modo general destacan iniciativas que promueven desde el derecho a la protección de datos personales, que alcanzó más de 15 mil firmas, hasta el derecho al olvido.

En la Convención el tiempo pasa rápido, desde febrero, marzo y abril podremos ver los avances de las discusiones y votaciones en la convención. Esperamos que el marco digital pueda seguir desarrollándose en profundidad para responder a los desafíos sin precedentes de este nuevo siglo.

En este enlace se puede conocer más de las propuestas trabajadas por el programa Carta Magna Digital: https://flacsolab.cl/carta-magna-digital/

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