Proponen incluir los derechos ancestrales de los pueblos originarios en la nueva Ley de Costas

Se trata de una de las principales recomendaciones del nuevo documento del Centro de Investigación para la Gestión Integrada del Riesgo de Desastres (Cigiden), titulado “Hacia una nueva Ley de Costas: desafíos y aprendizajes de la Ley Lafkenche”.

Por Absalón Opazo

26/10/2021

Publicado en

Chile / Medio Ambiente / Pueblos

0 0


Considerar los derechos bioculturales, como las demandas de autodeterminación y soberanía territorial indígena, desarrollar un proceso participativo, relevar el efecto del cambio climático en la gestión del riesgo de desastres y en los bienes ambientales de uso público, y al mismo tiempo, promover una gobernanza descentralizada y local.

Estas son las principales recomendaciones del nuevo documento del Centro de Investigación para la Gestión Integrada del Riesgo de Desastres (Cigiden), titulado “Hacia una nueva Ley de Costas: desafíos y aprendizajes de la Ley Lafkenche”.

De acuerdo a los autores, realizar una revisión de la Ley Lafkenche con énfasis en su contexto histórico y contenido normativo, permite obtener una síntesis de desafíos y aprendizajes obtenidos en sus 12 años de implementación en el sur del país y así poder desarrollar recomendaciones para una nueva Ley de Costas de Chile.

La Ley Lafkenche (2008) crea el “Espacio Costero Marino de los Pueblos Originarios” (EMCPO) y marca un hito en el reconocimiento y reivindicación de los derechos territoriales de los pueblos originarios en Chile, respecto al uso ancestral en la costa.

Esta ley establece por primera vez en nuestro país un procedimiento para reconocer los derechos territoriales de los pueblos indígenas, caracterizados por el uso ancestral de los recursos marinos que conforman la base de su estructura social y prácticas culturales.

“Esta es la segunda ley promulgada en democracia que aborda derechos para los pueblos indígenas en Chile. Su promulgación es relevante debido a su proceso de elaboración –que surge de la demanda y propuesta de las propias comunidades lafkenche– y por la figura jurídico-administrativa que crea, que es la primera en reconocer la costumbre indígena como fuente de derecho”, señala el académico de Sociología UDP, Francisco Molina.

Esta ley trajo consigo la irrupción de un nuevo actor en el borde costero: los pueblos originarios. Y con ello, la visibilidad de “lo simbólico” en la relación con los espacios y especies marinas, asegura la académica de Geografía UC y directora del Observatorio de la Costa, Carolina Martínez. “Es decir“, agrega, “una dimensión intangible o inmaterial que es fundamental para la reproducción del uso consuetudinario y un llamado de atención que nos recuerda que la naturaleza no está a nuestro servicio, sino más bien somos parte de ella”.

Los expertos destacan el “Reconocimiento de derechos bioculturales”, estipulado en la Ley Lafkenche, que estipula los derechos establecidos ancestralmente por una comunidad, de conformidad con sus leyes consuetudinarias para administrar sus tierras, aguas y recursos.

“Los derechos bioculturales son derechos colectivos de las comunidades para llevar a cabo roles tradicionales de custodia frente a la naturaleza, tal como los conciben las ontologías indígenas”, explica el académico del Instituto de Sociología UC, Manuel Tironi.

En segundo lugar, relevan la “Autodeterminación y soberanía territorial”, que más allá del reconocimiento de los derechos bioculturales, plantea Tironi, dice relación con la libertad de los pueblos originarios para definir su futuro, tal como lo establece la Declaración de las Naciones Unidas para los derechos de los Pueblos Indígenas.

“Participación, diálogo y gobernanza colectiva” es un tercer elemento considerado en el análisis de los autores, ya que la participación incidente y el diálogo fueron elementos permanentes en todo el proceso de discusión y promulgación de esta ley.

“Si bien hay interpretaciones erróneas y desconocimiento respecto de su alcance, tal como sucedió en los inicios con los pescadores artesanales, la interacción entre diferentes actores ha sido importante para generar puntos en común en torno al devenir de la costa”, señala Carolina Martínez.

Así, a partir de la experiencia de la Ley Lafkenche, los investigadores proponen tener en cuenta los siguientes aspectos para una futura Ley de Costas para Chile:

1. Relevar el carácter público de la costa, dado que posee bienes de uso público de alto valor natural, social, económico y cultural y asegurar el rol del Estado como garante de su protección, acceso y uso en el marco de la sostenibilidad.

2. Reconocer el uso ancestral de la costa por parte de los pueblos originarios. Esto se vincula con una cosmovisión implícitamente arraigada en la sostenibilidad, la cual asegura la preservación de formas de vida, que a su vez son resguardados del enajenamiento económico.

3. Posicionar a la nueva Ley de Costas como un apoyo a la demanda por autodeterminación indígena.

4. Considerar la Ley Lafkenche como una experiencia valiosa, en tanto proceso de participación y colaboración entre la comunidad y el Estado, al haber sido capaz de abrir un espacio legislativo históricamente relegado.

5. Redefinir el concepto de zona costera en Chile, de modo de contar con un instrumento de gestión ambiental que promueva efectivamente su transformación sostenible.

Foto Portada: Revista Cavila

Síguenos y suscríbete a nuestras publicaciones

Comparte ✌️

Comenta 💬