Servel pide regular «vacío legal» para aportes de empresas en el plebiscito por una Nueva Constitución

Una propuesta para regular el financiamiento de las campañas y la propaganda electoral del próximo plebiscito constitucional, hizo llegar este lunes el Servicio Electoral, al Gobierno y a los presidentes de la Cámara de Diputados y el Senado

Una propuesta para regular el financiamiento de las campañas y la propaganda electoral del próximo plebiscito constitucional, hizo llegar este lunes el Servicio Electoral, al Gobierno y a los presidentes de la Cámara de Diputados y el Senado.

Según consignó Radio Cooperativa, desde la entidad advirtieron «vacío legal» que permitiría el aporte de empresas y del extranjero: «En el marco normativo actual, no hay topes de gasto electoral; podrá haber financiamiento privado sin limitación, incluso extranjero; por último, tampoco existen mecanismos de transparencia que permitan conocer el origen, monto y destino de los recursos de campaña», indicaron desde el Servicio.

En ese sentido, el Servel alertó que «bajo la remisión de reglas de propaganda electoral al párrafo 6° del título I de la Ley N° 18.700, no se aborda la actividad de otros actores distintos a candidatos y partidos políticos, lo que conlleva a un excesivo margen de discrecionalidad administrativa en su aplicación, y dificultades para controlar desviaciones o abusos de las actividades de propaganda electoral para actores políticos distintos a los tradicionales».

De acuerdo al reporte de la emisora, la propuesta de 7 páginas se sustenta debido al «vacío legal existente respecto de la actividad financiera de otros actores distintos a los partidos políticos, a fin de permitir su participación en condiciones de transparencia y equidad».

Por ello, desde la entidad llamaron a regular de mejor forma la normativa sobre la propaganda del plebiscito -que parte el 26 de agosto-, y «establecer explícitamente, en una interpretación sistemática de los mecanismos de financiamiento político, la prohibición de aportes de personas jurídicas con fines de lucro y los aportes de origen extranjero».

En el caso de las personas naturales, agrega el Servel, «el límite que podrá aportar a una opción no podrá superar las 500 UF. Con todo, ninguna persona podrá efectuar en el mismo plebiscito aportes por una suma que supere las 1.000 UF, el que podrán dividir en opciones que no sean contradictorias entre sí».

«Para que el dinero no sea el que condicione de alguna forma el resultado, es indispensable limitar primero los gastos, hoy día eso no está establecido. Es indispensable limitar los aportes, es indispensable establecer la prohibición de aportes de empresas o de origen extranjero», concluyeron desde el Servicio.

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