Temuco: Corte ordena a la PDI abstenerse de realizar «cualquier acción arbitraria e ilegal» respecto de niña mapuche «y de cualquier otro menor»

Corte de Apelaciones de Temuco acogió los recursos de amparo interpuestos por la Defensoría de la Niñez y el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH), por violenta detención de niña de 7 años.

Este jueves, la Corte de Apelaciones de Temuco acogió los recursos de amparo interpuestos por la Defensoría de la Niñez y el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) y ordenó a la Policía de Investigaciones (PDI) «abstenerse de realizar cualquier acción arbitraria e ilegal que vulnere los derechos de la niña mapuche G.P.C.A. y de cualquier otro menor», dando estricto cumplimiento «de lo establecido en las leyes, la Constitución Política y los tratados internacionales». 

En fallos unánimes (causas rol 2-2021 y 10-2021), la Primera Sala del tribunal de alzada acogió parcialmente la acción constitucional interpuesta por el INDH en representación de la menor –de 7 años de edad–, rechazándola en la parte que accionó en favor de la madre y abuela de la niña, por no encontrarse acreditadas las circunstancias en que ambas fueron detenidas. 

«Se declara que el actuar del personal de la Policía de Investigaciones de Chile que procedió a la detención de la menor sindicada, actúo con fuerza desproporcionada e ilegítima y, aun sin ella, vulneró los derechos constitucionales a la libertad personal y a la seguridad individual de la menor, con infracción de la Constitución Política de la República y de la Convención sobre los Derechos del Niño», indica el fallo.

Por ello, la Justicia ordena «a la Policía de Investigaciones de Chile que, en lo sucesivo, se deberá abstener de realizar cualquier acción arbitraria e ilegal respecto de la niña ya inicializada y de cualquier otro menor que vulnere los derechos que amparan a todo menor, sometiéndose al estricto cumplimiento de lo establecido en las leyes, en la Constitución Política del Estado y en los Tratados Internacionales».

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