Se complica el escenario para el proyecto Mina Invierno

Tribunal revierte permiso de tronaduras en Isla Riesco: Podrían alterarse sitios de alto valor paleontológico

En su resolución, el Tribunal Ambiental de Valdivia indica que “se considera que la medida solicitada resulta idónea para impedir que exista el riesgo de destrucción de hallazgos paleontológicos que podrían tener un valor de singularidad”.

Por Absalón Opazo

17/11/2018

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Un nuevo revés sumó el proyecto Mina Invierno, ligado a los grupos Angelini y Von Appen, luego que el Tribunal Ambiental de Valdivia decretara la medida cautelar de suspensión de los efectos de la Resolución de Calificación de Impacto Ambiental (RCA), referida a la “incorporación de tronadura como método complementario en la extracción mecánica de material estéril en Mina Invierno”, en la Región de Magallanes, según se detalla en un comunicado.

Según consigna La Tercera, la medida fue solicitada por Gabriela Simonetti Grez y otros, en la reclamación contra la resolución del Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA), que revocó la calificación desfavorable de la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) de dicho proyecto, por lo que estaba en condiciones de iniciar su ejecución.

De acuerdo a los reclamantes, el método autorizado para la explotación de Mina Invierno podría afectar al componente paleontológico, tal como lo habrían advertido en el proceso de participación ciudadana de la DIA. Según la reclamación, la Tronadura se ejecutaría en el yacimiento ubicado en la Formación Loreto, que constituye un sitio de alto valor paleontológico y la DIA no lograría descartar el riesgo de alteración de dicho sitio.

Por ello, en su resolución, el Tribunal Ambiental de Valdivia indica que “se considera que la medida solicitada resulta idónea para impedir que exista el riesgo de destrucción de hallazgos paleontológicos que podrían tener un valor de singularidad”.

Respecto de la proporcionalidad de la medida, el Tribunal agregó que “la resolución reclamada que se pretende suspender cautelarmente, es un acto administrativo que permite un modo especial y adicional -tronaduras para facilitar el proceso de extracción del mineral- del proceso productivo de la faena minera. Quedando a salvo la autorización ambiental que tiene el titular sobre la totalidad del proyecto minero, en ningún caso se paralizará por completo la actividad extractiva allí desarrollada. Por tanto, no parece desproporcionada la medida solicitada”.

Recordemos que en enero de este año, la Comisión de Evaluación Ambiental había rechazado las tronaduras en Isla Riesco, por lo que la aprobación -el pasado 25 de septiembre- de las tronaduras provocó un amplio rechazo en diversos sectores.

En ese sentido, una de las principales críticas que se realizaron al Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) fue la incongruencia respecto al compromiso en disminuir el uso del carbón, y por otra parte, aprobar estas tronaduras en la que es la mayor mina de este mineral en el país.

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