Opinión

Ley Lafkenche: En busca de soluciones

"El problema de la Ley Lafkenche no es culpa de las comunidades o asociación de comunidades que solicitan los espacios costeros, sino que es producto de la propia ley y que ciertamente requiere modificaciones que permitan vivir la fiesta en paz..."

Por Absalón Opazo

17/07/2023

Publicado en

Chile / Columnas / Trabajo

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Por Marco Ide Mayorga, presidente Federación Interregional de Pescadores Artesanales del Sur – Valdivia

El problema de la Ley Lafkenche no es culpa de las comunidades o asociación de comunidades que solicitan los espacios costeros, sino que es producto de la propia ley y que ciertamente requiere modificaciones que permitan vivir la fiesta en paz.

No cabe duda de que los espacios costeros son un recurso limitado, que permite múltiples usos, en algunos casos exclusivos y excluyentes, y en otros, compatibles entre sí, lo que hace necesario definir el mejor empleo del mismo, a fin de procurar un aprovechamiento integral y coherente de los recursos, riquezas y posibilidades que ellos contienen y generan (política nacional de uso del borde costero).

La demanda por los espacios de borde costero para realizar esos múltiples usos ha aumentado considerablemente en el último tiempo, y desde el año 2009, se debe agregar también las destinaciones de Espacio Costero Marino para los Pueblos Originarios (ECMPO) que son conocidos como la Ley Lafkenche, la que se dicta con el objeto de reconocer el uso consuetudinario de las comunidades indígenas en el borde costero, lo que ha traído consigo la paralización de múltiples solicitudes de particulares y servicios públicos de nuestro país.

Tampoco cabe duda de que existen nudos y problemas reales que se generan con la aplicación de la Ley Lafkenche, y que hasta hace poco el Parlamento había cerrado los ojos y tapado los oídos, hasta que una moción presentada por el senador Fidel Espinoza introdujo diversas modificaciones en la ley, con el objeto de perfeccionar su implementación.

Es por ello que hace un par de semanas, la Federación Interregional de Pescadores Artesanales del Sur (Fipasur), que presido, decidió encargar un informe jurídico sobre la problemática asociada a la aplicación de la Ley Lafkenche y su interacción con la Ley de Caletas y la inversión pública en el borde costero.

Dicho estudio además contempla una propuesta legislativa tendiente a superar los problemas detectados. En ese contexto, esperamos que pronto se ponga en tabla la moción presentada por el senador Espinoza a fin de que este informe sirva de insumo a la discusión.

El documento fue entregado recientemente a los tres ministros que intervienen en el procedimiento de una solicitud de Espacio Costero Marino de los Pueblos Originarios (ECMPO): Economía, Fomento y Turismo; Defensa Nacional; y Desarrollo Social.

El objetivo del análisis y propuesta no es introducir modificaciones sustanciales respecto de la política pública que se encuentra detrás del espíritu de la norma. Tampoco se trata de afectar con ello las legítimas expectativas de las comunidades indígenas por acceder al borde costero, sino que solo busca precisar la interpretación práctica que debe otorgarse a sus normas, subsanando aquellos efectos originalmente no buscados.

Por lo mismo, en lo posible, todas las propuestas se mantienen fuera del ámbito de la iniciativa exclusiva del Ejecutivo a fin de que puedan ser recogidas a nivel parlamentario. Nuestro objetivo es que la aplicación de la Ley Lafkenche no dilate y no tenga los efectos negativos producto de la tramitación de solicitudes que básicamente a la larga, producen el congelamiento del acceso del borde costero de otros usuarios que lo pretenden, principalmente porque estas solicitudes además son demasiadas extensas abarcando desde terreno de playa, playa de mar, fondo marino y porción de agua con extensiones en algunas regiones hasta las 12 millas.

Lo que buscamos finalmente es subsanar los problemas que se generan en la tramitación de las solicitudes y tratar de eliminar efectos que no fueron previstos en la ley ni deseados por el legislador cuando aprobó la ley hace ya largos 14 años. No estamos cuestionando los derechos que tienen las comunidades indígenas en acceder al borde costero.

Las modificaciones propuestas son referidas a las diferentes etapas que tienen que sortear las solicitudes ECMPO, que son: Admisibilidad y Análisis de Superposición por parte de la Subsecretaria de Pesca; Acreditación del Uso Consuetudinario por parte de Conadi; Pronunciamiento de la CRUBC (Comisión Regional del Uso del Borde Costero); Destinación Marítima por parte de la SSFFAA; y Revisión del Plan de Administración.

En el análisis de admisibilidad se agrega el concepto de ‘suficiencia de la solicitud ECMPO’ lo que permite ordenar este procedimiento y además considera un análisis del por qué se debe excluir el espacio de borde costero que ocupan las caletas de pescadores que están en el decreto 240, que es la nómina oficial de caletas de Chile, y también a las futuras caletas que ingresan a este decreto.

Luego se agregan definiciones de obligaciones activas y pasivas de Conadi, y a continuación nos referimos a la situación de las renovaciones de concesiones y destinaciones frente a una solicitud ECMPO, ya que a nuestro entender, la suspensión prevista en el artículo 10 de la ley debe modificarse para que no se vean afectadas.

Estas renovaciones se solicitan antes de su vencimiento y si bien en la práctica se terminan de tramitar después de él, es por ello que el reglamento de concesiones marítimas reconoce ese periodo de ‘ocupación ilegal’ cobrando finalmente el pago de patentes atrasadas. Dicha ocupación excluye cualquier uso consuetudinario que se quisiera alegar por un solicitante ECMPO.

También contiene la situación de los permisos de escasa importancia. Estos, al ser precarios y otorgados directamente por los Capitanes de Puerto, no durando más de un año, normalmente solicitados por los municipios o terceros en periodo estival, no tiene sentido congelarlos durante la tramitación al no impedir el establecimiento futuro de un ECMPO.

En la acreditación del uso consuetudinario invocado, se plantea que los solicitantes deben aportar los medios de prueba individualizados en su solicitud. Esto es del todo lógico pues Conadi hoy en día se demora mucho ya que debe salir a terreno, tiene pocos funcionarios, no tiene medios propios, enfrenta problemas de conectividad en el invierno. Todo esto es lo que atrasa finalmente que estas solicitudes lleguen a la CRUBC. En el fondo, se trata de hacer más efectiva esta etapa.

Además, hay materias referidas al pronunciamiento de la Comisión Regional del Uso del Borde Costero, respecto a la inexistencia de la zonificación del borde costero y también a clarificar en la ley que existiendo, como en muchos casos, un quórum supramayoritario de 2/3, este es para aprobar o modificar el ECMPO solicitado y que el rechazo es consecuencia de no haber alcanzado el mismo.

La propuesta también contempla lo referido al plan de administración que nos interesa abordar por una parte, porque es aquí donde surgen finalmente las discusiones con los derechos históricos que tenemos los pescadores artesanales consagrados en la Ley de Pesca, y porque este plan no debe afectar el uso sustentable de los recursos naturales comprendidos en los espacios marinos costeros otorgados.

Con esta propuesta, Fipasur busca en definitiva no quedarse en el eterno reclamo y por el contrario, colaborar de modo serio y responsable en la solución de una problemática que afecta no solo a la pesca artesanal sino que a toda la sociedad. Esperemos que el resto de los actores esté a la altura.

Por Marco Ide Mayorga, presidente de la Federación Interregional de Pescadores Artesanales del Sur – Valdivia, Fipasur, miembro del Consejo Nacional de Pesca en representación de las organizaciones gremiales del sector pesquero artesanal por la macrozona XIV-XII regiones, y consejero de la Confederación Nacional de Federaciones de Pescadores Artesanales, Confepach.

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