La educación en tanto derecho, respuesta a Axel Kaiser

Primero que nada, este escrito aparece como respuesta a la columna de Axel Kaiser publicada días atrás en el diario El Mercurio y parte por la necesidad de aclarar ciertos malentendidos en la concepción del derecho, de lo público y de lo social

Por Director

20/06/2013

Publicado en

Columnas / Educación

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Primero que nada, este escrito aparece como respuesta a la columna de Axel Kaiser publicada días atrás en el diario El Mercurio y parte por la necesidad de aclarar ciertos malentendidos en la concepción del derecho, de lo público y de lo social. Gran revuelo ha causado tal publicación, no solo por las conclusiones que de ella se extraen, sino también por la tribuna en la cual se da tránsito a este tipo de ideas. Recoger el guante en esta discusión es, por tanto, urgente, a fin de que “la discusión de fondo” que exige tenga lugar.

Que la sociedad (y en ella el Estado) sea una ficción es un hecho en el cual ambos concordamos. El Estado como tal es, a líneas generales, un modo de cooperación y organización de individuos bajo un sistema centralizado. El Estado moderno tiene una complejidad, por supuesto, mucho más amplia que estas frases. Es más, de manera crítica podemos decir que el Estado llega a funcionar como aparato de dominación de los sujetos a través de sus diversos estamentos. El hecho de que el Estado, la sociedad (inclu. todos aquellos conceptos que vinculan universales lógicos) sean abstracciones, no los hacen excluyentes potencialmente de ser titulares de derechos/ deberes, de hecho, estos últimos a su vez son también en sentido estricto también abstracciones. Sin embargo, el problema no es el Estado (es posible pensar sistemas de cooperativas más efectivos), sino lo que se denomina como “dogma de moda“, que es el caso de la concepción de la educación como derecho. El título de tu columna es, por lo menos, provocador e intenta responder a la generación de un discurso en boga en los últimos tiempos en Chile. Sin embargo, como bien hace pocas horas también Javier Núñez replicaba en El Mostrador, el autor cae en falacias argumentativas, a decir lo menos, graves. Axel transita desde figuras silogísticas de existencia, a juicios universales sin tapujos (esto no mera es perorata, sino que ya que tú mismo exiges un nivel argumentativo ‘serio’, mínimo sería revisar la tipología de tus silogismos). La educación, la salud, el mismo sujeto de derecho etc. no son elementos materiales ni cosas de hecho, sino abstracciones, tan abstractas como el mismo concepto de “derecho”, “empresa” o „”libre mercado”, sin embargo, la ligereza con que se afirma que las abstracciones no pueden ser „sujetos de derecho“, nos hace pensar que, en esta lógica, una empresa, una nación o una persona jurídica tampoco podrían llegar a ser sujetos de derecho, por lo tanto el derecho se limitaría solamente a personas ‘naturales’ (sujetos, que a decir verdad, también son abstracciones), cosa que de facto no tiene lugar, pues la relación de sujetos se da con referencia a esas mismas abstracciones, es decir son también ficciones. Las abstracciones, sin embargo, son constructos que valen intersubjetivamente, es decir, no son más que conceptos o concepciones que tienen validez “social”, pues se enmarcan dentro de una sociedad dada y válida para los individuos dentro de ella comprendidos. Muy de acuerdo que la educación no “es” un derecho per se, como ya nos decía Núñez, afirmar esto no es más que un regreso al iusnaturalismo, pero con esto realmente no se entrega ningún aporte epistémico al asunto que nos convoca. El derecho como natura naturans, sinceramente, ya no ha lugar; además de ello, la definición de derecho social a través de los beneficios que se obtienen a través de éste es, por lo menos, un recurso terminológico pobre. Es más, el hecho que la clase política en la acción estatal disfrace el derecho bajo el alero de un mero beneficio es ejemplificado directamente por el tipo de política que se ha dado hasta ahora, el de bonos y créditos, que no es más que una política paliativa que tapa con un dedo el hecho de la exigencia social de un derecho reclamado como universal (no meramente como un dogma de moda). Porque todo esto, finalmente se trata de una exigencia social, de un reclamo desde esos mismos individuos que conforman la sociedad (que, por muy ‘abstracto’ que parezca al autor, se compone por sujetos individuales), con la cual, y quitado de toda concepción desde un derecho natural, no queda más que aseverar que la educación no solo es un derecho, sino que también es un derecho exigirla. Cuando se entiende la educación como un derecho social, no se está hablando de una concepción esencialista, sino que ésta debe ser comprendida como tal, esta debe ser entendida como un derecho universal, fuera de moralinas, que permita un justo acceso a ella, es decir, sin trabas centradas en el acceso a recursos económicos que finalmente la transformen en un privilegio de clase, privilegios que, por lo demás, ya tienen lugar en Chile, donde el acceso a la educación superior significa un obstánculo de grandes magnitudes a causa de la diferencia de accso a la educación primaria y secundaria, de recursos para el financiamiento de aranceles estratoféricos, imposición de una deficiente oferta privada (y, en buena medida, pública) de educación superior (a la cual acceden los estudiantes de menos recursos) y un largo etcétera que reproduce, junto a ser el país con la peor distribucón de la riqueza, una diferencia de clase enorme, una sociedad menos culta y una nación más injusta.

La petición de concentrar el análisis bajo una visión economicista sigue siendo un recurso confuso y oscuro, que realmente no encuentra punto alguno de justificación en la columna mencionada, pues ni siquiera hay un esbozo de qué se entiende por “punto de vista económico”, es más, en el texto no se vislumbra una visión extra, aparte de una ideológica. Claro que la educación puede ser vista desde la economía, de hecho debe ser vista así (!). Mientras la educación entre en un círculo productivo que mueve un complejo molino de trabajo, salario, capacitación y producto, donde nosotros como estudiantes “consumimos” aprendizajes, seguirá siendo parte de la economía, sin embargo, esto no lo hace excluyente de ser entendido como derecho, pues, finalmente, es la misma sociedad la que “invierte” en sus individuos, dentro de un sistema cooperativo, es decir, comprendidos dentro de las necesidades de toda la capa productiva. Esta visión no es tan apocalíptica como la que irresponsablemente se da cuenta, mencionando la supuesta catastrófica espiral de gasto que genera. Basta que el autor dé una pequeña mirada a los costados y que vea que la universidad donde ambos cursamos el mismo doctorado de filosofía es financiada de manera pública, sin cargos arancelarios (como en el caso chileno), con un oferta académica envidiable. Acaso ¿podemos dudar de la calidad de este servicio público?, ¿podemos dudar de la retribución que ejercen los egresados de Heidelberg en la misma sociedad? Esta catastrófica espiral de gasto, que mencionas, encuentra un contraejemplo precisamente en Alemania, donde la educación es justamente entendida como inversión social y derecho, esa misma sociedad donde el autor no paga los costos que se tendría que desembolsar en las instituciones chilenas de educación superior. El mero acto de entender la educación como una “asignación de recursos” desfondado de consideraciones de derecho es casi tan abstracto como lo que critica; sin criterios para ello, tienen lugar en el escrito simplificaciones del rol de la economía como la mencionada asignación de recursos, definición que es escandalosamente vaga y comporta una reducción de los derechos condescendiente con el modelo en el que se aplica.

Sin mayor análisis crítico se habla de auténticos derechos, donde se cuelan libertad de expresión, a la vida y a la propiedad. Difícil estar en desacuerdo con estos derechos generales así expresados…. pero bajo la manga olvida mencionar que el problema no son estos “abstractos“ (porque sí, son abstractos), sino que son las condiciones en las que se dan estos “derechos”, los cuales conllevan (1) a la concentración de la información bajo la lógica del capital, como en el caso de El Mercurio, que no solo concentra buena parte de la distribución informativa nacional de manera casi hegemónica, sino que reproduce un aparato ideológico que profundiza un modelo dominante; (2) a un fundamentalismo moral de la vida (esa misma moralidad que critica) que constriñe la opciones, por poner un ejemplo, del aborto; (3) a una concepción de propiedad, bajo la cual late la manifiesta acumulación de medios productivos, de suelo y de recursos, reproduciendo sin tapujos vergonzosas relaciones de señorío sobre la mayoría de la población chilena. El análisis debe partir por las condiciones en que se dan estas libertades. El resultado de esta concepción individualista de los derechos es una perversión del rol de lo social, donde el modelo resultante reproduce un discurso hegemónico sobre la libertad efectiva de los individuos a través de la dominación de recursos y medios, es decir, concentración de capital. No es casualidad que los modelos neoliberales sean los grandes promotores de los derechos „individuales“, los cuales borran con el codo las condiciones en las que se dan éstas, es decir, el marco social. La exposición de Kaiser funciona como residuo ideológico de un modelo que reproduce, a buenas cuentas, una lógica de mercado y competencia basado en la producción individual de riqueza, es decir, de acumulación de capital. Modelo que, por cierto, es el “dogma de moda” entre las clases dominantes.

Por Pablo Pulgar Moya

Doctorando en Filosofía Universidad de Heidelberg.

http://www.elmercurio.com/blogs/2013/06/18/12722/La-educacion-no-es-un-derecho.aspx

http://www.elmostrador.cl/opinion/2013/06/20/si-la-educacion-no-es-un-derecho/

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