La Corte de Apelaciones de Antofagasta declaró admisible un recurso de protección interpuesto contra el Proceso de Consulta Indígena llevada por la Corporación de Fomento (Corfo) entre las comunidades atacameño lickanantay, que persigue la aprobación del acuerdo Codelco SQM.
El recurso fue interpuesto por la Comunidad Atacameña de Coyo, integrante del Consejo de Pueblos Atacameños (CPA), la que reclama sobre la forma en que se está llevando adelante el proceso de consulta, que ha impedido la participación en condiciones adecuadas, conforme a los estándares internacionales vigentes. “Lejos de garantizar un diálogo informado y de buena fe, la Corfo ha promovido un procedimiento apresurado, con tiempos acotados (plazo general de 100 días hábiles y de 20 días hábiles para cada etapa), con omisiones sustantivas y sin asegurar mecanismos efectivos de participación vinculante”- dice el escrito.
La comunidad de Coyo es una de las 18 integrantes del Consejo de Pueblos Atacameños y está localizada en la zona norte del Salar de Atacama, contigua a la Cordillera de Domeyko. Según vestigios arqueológicos, su presencia en dicho espacio geográfico está datado hace más de 10 mil años. Su economía está basada en la agricultura de oasis, el que se sustenta en las aguas subterráneas y superficiales del acuífero. También realizan pastoreo y transhumancia en la zona alto andina en ecosistemas frágiles como vegas y bofedales. En su territorio está la vega y laguna de Tebenquiche, parte del Sistema Hidrológico Soncor reconocido como Sitio Ramsar.
Al ser dueña de las pertenencias mineras del Salar de Atacama, la Corfo está a cargo del proceso de consulta indígena, iniciado en noviembre de 2024. Éste persigue contar con la aprobación de las comunidades lickanantay para concretar el Acuerdo entre Codelco y SQM que implica la entrega hasta el 2060 del 49,99% de la explotación del litio a la empresa dirigida por Francisca Ponce Pinochet, nieta del dictador. El trato pasaría a reemplazar el actual contrato entre dicha empresa y Corfo, el que estipula la devolución en el año 2030 de las pertenencias mineras que explota SQM en el acuífero atacameño a la Corfo y la venta a precio de libro de la capacidad industrial instalada.
TEMAS ACOTADOS E INFORMACIÓN PARCIAL
Al explotar los recursos naturales de un territorio indígena el Estado está obligado a efectuar una consulta para obtener el consentimiento, según establece el Artículo 6 del Convenio 169 de la OIT, vigente desde el año 2009 en Chile. Iniciado el proceso en noviembre del año pasado, varios comuneros han denunciado a El Ciudadano que la Corfo ha intentado imponer los tiempos para desarrollar el proceso de manera muy ajustada, sin considerar los tiempos de las comunidades; así como tampoco la asimilación efectiva de la información entregada.
Lady Sandon, presidenta de la comunidad de Coyo, comentó a El Ciudadano que “la Consulta ha sido muy arbitraria y la elección de temas a tratar unilateral, eso ha hecho que ha ido generando suspicacias. Hay grupos que pese a estar al final del proceso, aún no han llegado al tema del aporte. Tampoco se incluye el tema del Potasio. No se trata de hacer un proceso y cumplir sus fases y chao”.
Por ello, en el recurso presentado por dicha comunidad se acusan tres tipos de vulneraciones, solicitando al Estado asegurar a la comunidad la debida protección de las garantías constitucionales de igualdad ante la ley, derecho de propiedad y a vivir en un medio ambiente libre de contaminación.
Por lo pronto se solicitó suspender el proceso de consulta indígena actualmente en curso hasta solucionar tres puntos claves:
1) La ampliación del objeto de la consulta, esto es considerar el contenido completo de los borradores del contrato y todos sus documentos anexos, ya que se trata de “instrumentos que contienen decisiones con impacto directo en los territorios, recursos y derechos colectivos de las comunidades del Salar de Atacama”.
2) Definir nuevamente en manera conjunta una nueva metodología de consulta indígena, conforme a los principios y estándares del Convenio N° 169 de la OIT. Se exige en particular un acuerdo en el que participen las comunidades respecto de los plazos, fases, mecanismos de participación, criterios técnicos y segmentaciones adecuadas, temáticas que aseguran una real incidencia de los habitantes del territorio en el proceso.
3) La entrega íntegra y sin frases tachadas de los contratos suscritos entre Corfo, SQM y Minera Tarar, así como también los pactos de accionistas, acuerdos de participación comunitaria, compromisos ambientales, instrumentos de gobernanza, entre otros documentos. Se pide especial atención al Potasio.
Finalmente, se pide que la justicia ordene a Corfo abstenerse de “realizar actos o tomar decisiones que consoliden los efectos de los contratos suscritos o continúen con el procedimiento de consulta mientras persistan las omisiones mencionadas”.
La solicitud fue aceptada por la Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Antofagasta, la que dio 15 días hábiles a Corfo, SQM y Codelco de presentar los descargos.
LOS INCUMPLIMIENTOS DE CORFO
El recurso de protección detalla cuatro dimensiones sustantivas en las que Corfo ha incumplido el debido proceso de la Consulta Indígena.
(a) Objeto de la consulta y temáticas abordadas fueron predefinidos por la Corfo sin participación indígena. La Corporación de Fomento “estableció unilateralmente las materias consultadas durante la etapa de planificación, sin definirlas de manera conjunta con las comunidades potencialmente afectadas, contrariando la regla del acuerdo previo sobre objeto y metodología reconocida por el Comité de Derechos Humanos”- señala el escrito.
(b) Se excluyeron temas sustantivos en la consulta indígena, como el contenido íntegro de los contratos, los derechos de agua, los mecanismos de gobernanza y las decisiones sobre cuotas de producción o comercialización del potasio, lo que a juicio de la demanda presentada priva a la consulta de todo valor deliberativo. Acusan que Corfo “nunca explicó por qué estos temas, que inciden directamente en los derechos de las comunidades, fueron excluidos”.
(c) Insuficiente información entregada: La Comunidad de Coyo acusa que se entregaron antecedentes parciales y fragmentados, sin acceso a versiones completas de los contratos, anexos y pactos societarios, lo que “contraviene el principio de información adecuada, oportuna y comprensible”. También ponen hincapié en la imposibilidad de conocer los antecedentes relativos al anexo del offtake de Potasio.
(d) Diseño metodológico y plazos inadecuados para los tiempos de las comunidades indígenas: se calendarizó la etapa de diálogo en apenas tres semanas, sin realizarse sesiones específicas para abordar las temáticas que solicitaron algunas comunidades. De esta forma se incumple la exigencia de disponer “que el proceso debe ajustarse a las características culturales, temporales y organizativas de los pueblos consultados”.
Especial hincapié se hizo en el recurso de protección al calendario de la etapa de diálogo, que fue fijado unilateralmente por la Corfo, la que estableció tan solo tres reuniones por grupo en un lapso de tres semanas, “lo que en los hechos impidió cualquier tratamiento adecuado y deliberativo de estas materias, máxime considerando su complejidad técnica, jurídica y cultural”- reclama el escrito.
POTASIO Y OTROS MINERALES
En las reuniones realizadas por Corfo en las comunidades también salió el tema del Potasio. Según aparece en el Memorándum de Entendimento entre Codelco y SQM, el fertilizante producido en el salar y sus derivados debe ser vendida en su totalidad a la empresa de la familia Pinochet. En 2023 las ventas de fertilizantes, Yodo, Potasio y químicos industriales representaron el 33% de las ganancias de SQM. Se trata de un un tema que está siendo investigado por la Fiscalía Nacional Económica (FNE), ya que SQM exporta a 353 dólares la tonelada de Potasio y los agricultores chilenos deben comprar a 610 dólares la tonelada.
En una de las últimas reuniones realizadas por la Corfo en Camar con las comunidades del lado sur del Salar de Atacama, más de un comunero consultó si las cifras entre 1,6% a 1,8% de las ventas que se están negociando para entregar a las comunidades, se refieren sólo al litio o incluyen los otros productos, como el potasio, que extrae SQM. “¿Se incluyen todas las ventas o solamente el litio?”- preguntó un comunero en la ocasión
La ausencia del potasio en las negociaciones también fue detectado por la dirigencia de la Comunidad de Coyo, la que solicitó incluir en la consulta indígena el cloruro de potasio y el sulfato de potasio, actualmente extraídos por SQM de la cuenca atacameña. “La extracción de potasio y otros derivados no fue abordada en el proceso ni explicada en los documentos oficiales entregados por CORFO, lo que restringe gravemente la capacidad de las comunidades para comprender y deliberar sobre las implicancias ambientales, económicas y sociales del proyecto”- declara el escrito.
Lady Sandon, Presidenta de la Comunidad Coyo, comentó que “hay varios documentos que no se han entregado ¿Qué pasa con el Potasio? Creo que es mala fe, hablan de subproductos, como la bischofita, pero se no se menciona el tema del Potasio. Si vamos a tener un diálogo donde falta información, creo que no se puede seguir. Al entregar información parcial se están vulnerando derechos de los pueblos orginarios”.
Mauricio Becerra R.
El Ciudadano