Por secuestro y torturas a profesor y a tecnóloga médica: Justicia dicta nueva acusación contra Krassnoff, el amigo de José Antonio Kast

Ministra Marianela Cifuentes estableció en su investigación que el 4 de octubre de 1974, tras un operativo frustrado en Avenida Grecia, en las inmediaciones de la piscina Mund, la mujer fue brutalmente golpeada por Krassnoff y Marcelo Moren Brito. Además, al igual que la otra víctima, fue torturada con electricidad y golpes en distintas partes del cuerpo.

Por Absalón Opazo

07/07/2023

Publicado en

Chile / Justicia y DD.HH / Portada

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La ministra en visita extraordinaria para causas por violaciones a los Derechos Humanos de la Corte de Apelaciones de San Miguel, Marianela Cifuentes, dictó sendos autos de acusación en contra de 7 agentes de la disuelta Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), por su responsabilidad en los delitos de secuestro calificado de Cecilia Orieta Jarpa Zúñiga y Juan Enrique Salinas Cortés, perpetrados a partir del 3 y 4 de octubre de 1974, respectivamente.

En la primera resolución (causa rol 3-2020), la ministra Cifuentes acusó en calidad de autores del delito de secuestro calificado de la tecnóloga médica Jarpa Zúñiga, a los agentes César Manríquez Bravo, Pedro Octavio Espinoza Bravo, Francisco Maximiliano Ferrer Lima, Miguel Krassnoff Martchenko, Fernando Eduardo Lauriani Maturana, Gerardo Ernesto Godoy García y Rosa Humilde Ramos Hernández.

En tanto, en la segunda resolución (causa rol 3-2020 Bis), la ministra sindicó como autores de delito de secuestro calificado del profesor Juan Enrique Salinas Cortés, ilícito perpetrado a partir del 4 de octubre de 1974, a los agentes César Manríquez Bravo, Pedro Octavio Espinoza Bravo, Francisco Maximiliano Ferrer Lima, Miguel Krassnoff Martchenko y Fernando Eduardo Lauriani Maturana.

La golpearon brutalmente

En la etapa de investigación de la causa, la ministra en visita logró recopilar antecedentes suficientes para dar por establecidos los siguientes hechos:

«1° Que el día 3 de octubre de 1974, en horas de la mañana, en el interior del Hospital Sótero del Río de la comuna de Puente Alto, Cecilia Orieta Jarpa Zúñiga, tecnóloga médica y militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), fue detenida, sin derecho, por cuatro agentes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), entre ellos, Rosa Humilde Ramos Hernández.

2° Que, en esa fecha, la Dirección de Inteligencia Nacional estaba a cargo del coronel de Ejército Juan Manuel Guillermo Contreras Sepúlveda y contaba con una Brigada de Inteligencia, bajo el mando del teniente coronel de Ejército César Manríquez Bravo, quien cumplió dicha función hasta que fue destinado al Regimiento de Infantería de Montaña N° 22, con fecha 2 de diciembre de 1974, fecha en que asumió el cargo de comandante de la Brigada de Inteligencia el teniente coronel de Ejército Pedro Octavio Espinoza Bravo.

3° Que de la Brigada de Inteligencia dependían las brigadas operativas, entre ellas, la Brigada Caupolicán y los centros de detención clandestinos de la Dirección de Inteligencia Nacional, entre ellos, el cuartel ‘Ollagüe’, ubicado en calle José Domingo Cañas N° 1.367 de la comuna de Ñuñoa y el campo de prisioneros ‘Cuatro Álamos’, situado en la comuna de San Miguel.

4° Que la Brigada Caupolicán estaba a cargo del mayor de Ejército Marcelo Luis Manuel Moren Brito y contaba con varias agrupaciones operativas, entre ellas, ‘Halcón’, bajo el mando del capitán de Ejército Miguel Krassnoff Martchenko y ‘Águila’, a cargo del teniente de Carabineros Ricardo Víctor Lawrence Mires, cuya principal función, en ese tiempo, era la desarticulación del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR) y la captura de su secretario general, Miguel Enríquez Espinosa, por lo que se produjeron múltiples detenciones de militantes del MIR con el fin de obtener información acerca de su paradero.

5° Que, en ese contexto, tras ser detenida en el Hospital Sótero del Río, Cecilia Orieta Jarpa Zúñiga, enlace entre Miguel Enríquez Espinosa y Humberto Sotomayor Salas –segundo hombre del MIR–, fue trasladada hasta el centro de detención clandestino de la DINA de calle José Domingo Cañas, lugar en que permaneció ilegalmente privada de libertad hasta fines de octubre de 1974.

6° Que, durante el tiempo en que estuvo privada de libertad en el centro de detención clandestino de calle José Domingo Cañas, Cecilia Jarpa Zúñiga fue interrogada en reiteradas ocasiones por parte de Marcelo Luis Manuel Moren Brito, Francisco Maximiliano Ferrer Lima, Miguel Krassnoff Martchenko, Fernando Eduardo Lauriani Maturana y Gerardo Ernesto Godoy García, mientras se le sometía a torturas por parte de Osvaldo Enrique Romo Mena y Basclay Humberto Zapata Reyes, tales como, desnudamiento, aplicación de electricidad y golpes en distintas partes del cuerpo y amenazas de ser sometida a vejámenes sexuales, con el fin de obtener información acerca de sus actividades políticas y el paradero de otros militantes del MIR, entre ellos, el secretario general del referido movimiento, Miguel Enríquez Espinoza.

7° Que, el día 4 de octubre de 1974, tras un operativo frustrado en avenida Grecia, en las inmediaciones de la piscina Mund, Cecilia Orieta Jarpa Zúñiga fue brutalmente golpeada por Marcelo Moren Brito y Miguel Krassnoff Martchenko.

8° Que, a fines de octubre de 1974, Cecilia Jarpa Zúñiga fue trasladada al campo de prisioneros ‘Cuatro Álamos’, a cargo del oficial de Gendarmería Orlando José Manzo Durán, sitio en que estuvo ilegalmente privada de libertad hasta diciembre del mismo año, fecha en que fue trasladada al recinto ‘Tres Álamos’, lugar en que se le mantuvo encerrada hasta abril de 1975″.

Profesor de liceo nocturno

En esta arista, la alta magistrada logró establecer los siguientes hechos:

«1° Que el día 4 de octubre de 1974, alrededor de las 21:00 horas, Juan Enrique Salinas Cortés, profesor y militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), fue detenido, sin derecho, en el Liceo Fiscal Nocturno N° 9, ubicado en calle Cooperación N° 4.582 de la comuna de San Miguel, por agentes de la Dirección de Inteligencia Nacional, quienes concurrieron al lugar acompañados por la detenida Rosalía Martínez Cereceda, también militante del MIR, con el fin de identificarlo.

2° Que, en esa fecha, la Dirección de Inteligencia Nacional estaba a cargo del coronel de Ejército Juan Manuel Guillermo Contreras Sepúlveda y contaba con una Brigada de Inteligencia, comandada por el teniente coronel de Ejército César Manríquez Bravo, quien cumplió dicha función hasta que fue destinado al Regimiento de Infantería de Montaña N° 22, con fecha 2 de diciembre de 1974, fecha en que asumió el cargo de comandante de la Brigada de Inteligencia el teniente coronel de Ejército Pedro Octavio Espinoza Bravo.

3° Que de la Brigada de Inteligencia dependían las brigadas operativas, entre ellas, la Brigada Caupolicán y los centros de detención clandestinos de la Dirección de Inteligencia Nacional, entre ellos, el cuartel ‘Ollagüe’, ubicado en calle José Domingo Cañas N° 1.367 de la comuna de Ñuñoa y el campo de prisioneros ‘Cuatro Álamos’, situado en la comuna de San Miguel.

4° Que la Brigada Caupolicán estaba a cargo del mayor de Ejército Marcelo Luis Manuel Moren Brito y contaba con varias agrupaciones operativas, entre ellas, ‘Halcón’, bajo el mando del capitán de Ejército Miguel Krassnoff Martchenko y ‘Águila’, a cargo del teniente de Carabineros Ricardo Víctor Lawrence Mires, cuya principal función, en ese tiempo, era la desarticulación del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR).

5° Que, en ese contexto, Juan Enrique Salinas Cortés fue trasladado hasta el centro de detención clandestino de la DINA de calle José Domingo Cañas y, al día siguiente, en la madrugada, al campo de prisioneros ‘Cuatro Álamos’, a cargo del oficial de Gendarmería Orlando José Manzo Durán.

6° Que el día 5 de octubre de 1974, en horas de la noche, Juan Enrique Salinas Cortés fue trasladado nuevamente al centro de detención de calle José Domingo Cañas, lugar en que permaneció ilegalmente privado de libertad, tiempo en el que fue interrogado acerca de sus actividades políticas y del paradero de otros militantes del MIR y sometido a torturas de manera reiterada: desnudamiento, golpes en distintas partes del cuerpo, aplicación de electricidad y confinamiento en una dependencia de pequeñas dimensiones, por parte de Marcelo Luis Manuel Moren Brito, Francisco Maximiliano Ferrer Lima, Miguel Krassnoff Martchenko, Fernando Eduardo Lauriani Maturana, Osvaldo Enrique Romo Mena y Basclay Humberto Zapata Reyes.

7° Que, posteriormente, fue trasladado una vez más a ‘Cuatro Álamos’ y, el 18 de octubre de 1974, a ‘Tres Álamos’, sitio en que estuvo privado de libertad hasta el 17 de mayo de 1975″.

Revisa los fallos completos AQUÍ

Foto Portada Krassnoff: ATON (archivo)

«He ido dos veces a Punta Peuco y en una de esas idas tuve la oportunidad de cruzarme con él. Me regaló su libro y plantea su versión de los hechos. Conozco a Miguel Krassnoff y viéndolo no creo todas las cosas que se dicen de él», afirmó en 2017 José Antonio Kast en una entrevista con T13 Radio.

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