Presentan proyecto para terminar con despidos por fuerza mayor tras el terremoto

Senadores PS de la comisión de Trabajo Pedro Muñoz y Juan Pablo Letelier pedirán al gobierno que le ponga carácter de urgencia inmediata a la iniciativa

Por Wari

24/03/2010

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Senadores PS de la comisión de Trabajo Pedro Muñoz y Juan Pablo Letelier pedirán al gobierno que le ponga carácter de urgencia inmediata a la iniciativa.

Los  senadores PS Pedro Muñoz y Juan Pablo Letelier presentaron un proyecto de ley que busca modificar el numeral 6 del artículo 159 del Código del Trabajo, que actualmente permite utilizar como causal de despido la situación de caso fortuito o fuerza mayor, estableciendo el derecho a la indemnización por años de servicio frente a un despido fundado en fuerza mayor o caso fortuito.

Precisaron que ante el “alarmante” aumento de denuncias de despidos sin derecho a indemnización amparados en motivos de fuerza mayor en las zonas afectadas por el terremoto y maremoto del 27 de febrero,  esta iniciativa busca poner fin a estos abusos laborales en el marco de esta tragedia, impidiendo que las empresas despidan sin indemnizar a sus trabajadores  y menos que se fundamenten en fuerza mayor o caso fortuito.

Los senadores lamentaron que muchas empresas estén haciendo caso omiso al dictamen emitido por la Dirección del Trabajo (DT) que precisa las condiciones en que cabe invocar la causal de despido por «fuerza mayor» a raíz del terremoto del 27 de febrero.

Precisaron que aunque dicha resolución establece que la causal por fuerza mayor sólo puede utilizarse en “casos excepcionales” y de modo restrictivo, como  frente la imposibilidad absoluta de mantener el puesto de trabajo producto de los daños sufridos por la empresa a causa directa del sismo, muchas empresas están haciendo abuso de esta normativa y cometiendo graves abusos a los derechos laborales de los trabajadores.

Indicaron que según las denuncias de la CUT ya van cerca de 9 mil personas despedidas por esa causal  sin derecho a indemnización, trabajadores que se encuentran en la más completa indefensión y más aún “ellos son el sustento de sus hogares en las zonas más afectadas, muchos de los cuales han perdido seres queridos, sus casas y todos sus enseres, y ahora se les quiere hacer pagar los costos de una tragedia natural por ser  los más indefensos y expuestos a los abusos de empresarios que aún no entienden que estamos en etapa de reconstrucción de país, en la cual deberían ser más solidarios y comprensivos”.

Según los fundamentos del proyecto la indemnización por años de servicio es un derecho de larga data en la legislación chilena, no tiene carácter compensatorio pues no resulta reparatoria del daño causado al trabajador ni menos total de éste. “Lo anterior hace que esta figura deba tener, a nuestro juicio, la máxima extensión en nuestra legislación, lejos de quienes propugnan su eliminación o asimilación con el seguro de cesantía».

Agrega la iniciativa  que “como consecuencia del terremoto y maremoto que ha azotado al país algunos empleadores han pretendido aplicar esta causal, lo que deberá ser analizado por los tribunales a la luz de los criterios legales, los que esperamos se apliquen con rigor, rechazando tal pretensión en los casos que exista la posibilidad de relocalizar a los empleados o reponer la fuente laboral”.

Por tal motivo, el proyecto propone una modificación al artículo 159 del Código del Trabaja para hacer aplicable la indemnización por años de servicio aún en el caso de configurarse efectivamente la causal de fuerza mayor o caso fortuito.

PROYECTO DE LEY

Artículo Único. Modifíquese el artículo 159 del Código del Trabajo cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado consta en el DFL Nº1 de 2002, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, incorporando el siguiente inciso final:

“Tratándose de la causal señalada en el numeral 6º, si el contrato hubiere estado vigente por un año o más, tendrá lugar la indemnización señalada en el artículo 163, en los términos y condiciones señalados en dicho precepto”.

El Ciudadano

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