Bolivia: sector militar y policial no serán obligados a registrar sus compras

Otra modificación está referida al numeral 7 del Manual de Operaciones, donde se mantiene que “no corresponde el registro en el Programa Anual de Contrataciones (PAC) las transacciones por desastres y emergencia"

Por El Ciudadano

09/03/2020

Publicado en

Bolivia / Latinoamérica

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Bolivia

El Ministerio de Economía de facto modificó el Manual de Operaciones del Sistema de Contrataciones Estatales (Sicoes) con lo que el sector militar y policial no serán obligados a registrar sus compras.

El cambio incorpora el término de confidencialidad y reserva de información para todas las contrataciones “por razones de seguridad nacional y defensa de los intereses del Estado”, difunde la Opinión.

La norma se aplica en la contratación por excepción cuando se trate de comprar armamento, pertrecho, equipamiento antimotín, sistemas de comando, control y comunicaciones por el Ministerio de Defensa para las Fuerzas Armadas, la Policía Boliviana y el Ministerio de Gobierno por razones de seguridad pública del Estado.

Por mandato del artículo 14 de la Ley 1267 de Presupuesto General del Estado-Gestión 2020, promulgada el 20 de diciembre de 2019 por la presidenta Jeanine Añez, todas las entidades públicas deberían registrar obligatoriamente en el Sicoes.

Debían dejar claro sus procesos de contratación, independientemente de la norma aplicada en la ejecución del proceso de contratación y la fuente de financiamiento.

La modificación se encuentra en la Resolución Ministerial N° 43 del 7 de febrero de 2020, firmada por el ministro de Economía, José Luis Parada.

También se dispone que tampoco se registrará en el Sicoes la contratación directa de bienes y servicios del «transporte para la tropa de la Policía Boliviana y las Fuerzas Armadas, cuando se requiera enfrentar las emergencias de seguridad del Estado».

El gobierno de Jeanine Áñez justifica la «necesidad» de este cambio, por los indicios de «narcoterrorismo», terrorismo dentro del país y «amenazas desde el exterior».

Otra modificación está referida al numeral 7 del Manual de Operaciones, donde se mantiene que “no corresponde el registro en el Programa Anual de Contrataciones (PAC) las transacciones por desastres y emergencia”.

A partir de la reforma al Manual del Sicoes, los ministerios de Gobierno y Defensa solo deben emitir una resolución ministerial para acogerse a la reserva de información.

Con información de la Opinión y Eju

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