AIFBN alerta por decreto que permite cortar especies declaradas monumentos naturales

Forestales por el Bosque Nativo convocaron a “estar alertas” en relación al Decreto 654 que permite la corta o la alteración del hábitat de especies declaradas monumentos naturales como el alerce o la araucaria

Por Director

16/06/2010

Publicado en

Medio Ambiente

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Forestales por el Bosque Nativo convocaron a “estar alertas” en relación al Decreto 654 que permite la corta o la alteración del hábitat de especies declaradas monumentos naturales como el alerce o la araucaria.

Un llamado a estar “en alerta” por el Decreto 654 del Ministerio de Agricultura que permite la corta o la alteración del hábitat de especies declaradas Monumentos Naturales como el alerce, araucaria araucana, queule, pitao, belloto del norte, belloto del sur y ruil, manifestó la Agrupación de Ingenieros Forestales por el Bosque Nativo (AIFBN).

Según informó la institución, estas intervenciones se podrán realizar cuando los proyectos tengan por objeto la investigación científica, actividades con fines sanitarios; y la ejecución de obras o actividades señaladas en el artículo 7º de ley Nº 20.283 sobre Recuperación del Bosque Nativo y Fomento Forestal (LRBNFF), el cual considera, a su vez, la construcción de caminos, ejercicio de concesiones o servidumbres mineras, de gas, de servicios eléctricos, de ductos u otras reguladas por ley, siempre que sean de “interés nacional”.

“Para calificar el ‘interés nacional’ no hay procedimientos ni criterios que garanticen el espíritu de la ley. En ese sentido, hacemos un llamado a todas las organizaciones y personas a estar atentos y denunciar cualquier proyecto de origen minero o energético, centrales o líneas de transmisión o de infraestructura que pretenda utilizar esta normativa para realizar cortas que afecten a estas especies”, manifestó en un comunicado.

El directorio de la AIFBN considera este cuerpo legal vulnera el estatus de especies monumentos naturales y que también significa una “derogación oculta y disfrazada de la categoría de protección de las especies indicadas. Esto, entre otros aspectos, constituye una infracción a la Convención de Washington”, agrega.

Por Pedro Andrade

El Ciudadano

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