Busca dotar de recursos a los servicios de protección

Destacan aprobación de nuevo Servicio Nacional Forestal y su énfasis en la prevención de incendios forestales

El diputado Iván Flores explicó que “el objetivo de este servicio es la conservación, protección, preservación, creación, restauración, desarrollo, manejo y uso sustentable de las formaciones vegetacionales del país y de los componentes de la naturaleza asociados a éstas”

Por Jose Robredo

30/11/2017

Publicado en

Chile / Medio Ambiente

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El diputado Iván Flores explicó que “el objetivo de este servicio es la conservación, protección, preservación, creación, restauración, desarrollo, manejo y uso sustentable de las formaciones vegetacionales del país y de los componentes de la naturaleza asociados a éstas”.

“Para ello deberá ejecutar las políticas, planes y programas necesarios para cumplir este importante rol, que en esta legislación se aborda de manera integral y moderna y por eso estamos muy satisfechos.

“Además este servicio deberá administrar las áreas silvestres protegidas mientras no se aprueben leyes que establezcan una nueva institucionalidad en dicho tema”.

El diputado Flores agregó que “este nuevo servicio además tendrá un rol muy importante sobre protección de incendios forestales y emergencias y para ello debe elaborar planes regionales de protección contra incendios forestales, sobre la base de mapas de prioridades de protección regional con el fin de reducir tanto la ocurrencia, propagación y daños de éstos, como los costos asociados a su control. Estos planes podrán determinar áreas, franjas o radios que deberán mantenerse libres de material combustible”.

“Además, en caso que identifique zonas críticas desde el punto de vista de riesgo de incendios forestales, el Servicio podrá elaborar planes de prevención contra incendios forestales cuyo cumplimiento será obligatorio, inclusive para los órganos del Estado, aplicándose en caso de infracción por parte del sujeto obligado, una multa a beneficio fiscal de entre 5 y 1.000 unidades tributarias mensuales”.

“También se establece un deber de coordinación con la Oficina Nacional de Emergencia para la planificación, dirección, y coordinación intersectorial de las acciones de respuesta a la emergencia. En todo caso, si la emergencia corresponde a uno o varios incendios forestales, la dirección técnica de las labores tanto de planificación, como operativas de combate y control de los mismos, corresponderá al Servicio Nacional Forestal.

“Por último, se modifica la ley General de Urbanismo y Construcciones para establecer obligaciones o limitaciones a las actividades que se localicen, con el objeto de prevenir la generación o propagación de incendios forestales.

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