Arica y Paranicota

Minera Pampa Camarones arrasa 15 hectáreas de patrimonio arqueológico en Arica

La SMA aplicó una multa de $ 2.226 millones a la empresa Pampa Camarones S.A tras la constatación de 12 infracciones, entre ellas -la más grave- la intervención de sitios arqueológicos que imposibilitará la investigación de las culturas primitivas del sector, daño irreparable que no solucionará la sanción impuesta, la cual cabe señalar que ha sido rechazada por la firma "considerando que hay acciones pendientes en el Tribunal Ambiental".

Por CVN

04/02/2015

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La Superintendencia de Medio Ambiente aplicó una multa de 4.131, 3 UTA –  $ 2.226 millones–  a la empresa minera Pampa Camarones S.A, ligada al grupo Arrigoni S.A, a Samsung C&T y al hijo del ex ministro concertacionista Belisario Velasco -Felipe, gerente general y representante legal hasta 2014- por infracciones vinculadas a daño ambiental irreparable sobre patrimonio arqueológico,  mal manejo de residuos  y a la no implementación de medidas de mitigación para la fauna silvestre de la región de Arica y Paranicota y en concreto de la comuna de Camarones, donde se ubica la mina.

La firma, cuya inversión fue licitada por Enami, es titular de los proyectos «Explotación Mina Salmanqueja» y «Planta de Cátodos Pampa Camarones» y  ha sido penalizada luego de un largo proceso que comenzó con un informe del Consejo Nacional de Monumentos (CMN) a la SMA el 1 de abril de 2013, donde el organismo señaló la elusión de un Plan de Contingencia Arqueológico, ni un Plan de Monitoreo Arqueológico según lo establecido en el proceso de evaluación ambiental» (fue presentado 20 días después y es una de las infracciones multadas) y la intervención de  hectáreas con cientos de componentes arqueológicos registrados, entre otras irregularidades.

De hecho, cabe recordar que la actividad de la planta de cátodos fue paralizada en diciembre de 2013 por esta misma razón, habiéndose realizado fiscalizaciones de parte de la SMA, el Sernageomin y el CMN durante 2013 y 2014, que incluyeron la visita de un perito especializado a la zona.

En concreto, son 12 infracciones las que suman la multa impuesta,entre ellas la intervención de una área arqueológica de 15 hectáreas y la no recolección de eventos líticos que ha significado la pérdida de restos pertenecientes a antiguos asentamientos humanos del período arcaíco-costero (9.000-3.500 a.C), lo que «imposibilitará generar una investigación completa respecto de las condiciones de vida de los habitantes primitivos de ese sector». 

Además, los sitios arqueológicos Salmanqueja 1, 2 y 3 fueron atravesadados «por caminos mineros formales de cerca de 3 metros de ancho».

La empresa tampoco presentó ningún Plan de Seguimiento de fauna silvestre, habiendo perjudicado a especies de la región como el pato piquero («insuficientemente conocida), el guanay («vulnerable»), el dragón de ponconchile («en peligro»), el corredor de pica («raro») o el gaviotín monja («vulnerable»).

Dragón de Ponconchile

Dragón de Ponconchile

Asimismo se señalan infracciones relativas al mal manejo de los residuos de construcción, la instalación de fosas sépticas y de la planta de tratamiento de aguas servidas sin contar con autorización sanitaria previa y la construcción de obras no contempladas en la RCA.

Por su parte, la empresa, a la que de cancelar la multa en los próximos 5 días hábiles se le aplicaría una generosa y no merecida rebaja del 25%, negó su responsabilidad y criticó la medida de la SMA;  «Cuesta entender su intencionalidad, ya que de hacerse efectiva, pone en serio riesgo la continuidad de nuestra operación».

La firma se mostró sorprendida puesto que aún estarían pendientes dos reclamaciones interpuestas contra el Tribunal Ambiental de Santiago, una contra la resolución de la SMA que rechazó los medios de prueba solicitados y otra contra el cierre de investigación por la apertura de la causa primera.

«Deseamos destacar que este es un proceso administrativo que aún no está cerrado y Pampa Camarones S.A. ejercerá todas las acciones tendientes a defender sus derechos, especialmente considerando que las acciones pendientes en el Tribunal Ambiental pueden incluso revertir la sanción que hoy ha impuesto la SMA, retrotrayendo el procedimiento a la etapa probatoria que la SMA ha injustamente negado».

Como fuere, y teniendo claro que la sea cual sea la intencionalidad de la SMA con la aplicación de la multa esta no resuelve el grave e irreparable daño causado por la minera, consecuencia de la ‘manga ancha’ dada por el estado a los titulares de explotaciones en el país, lo que cuesta entender es que, a la vista de los resultados fiscalizadores, la firma mantenga en el comunicado emitido que ha desarrollado su actividad «cuidando en todo momento desarrollar una minería responsable en armonía con el entorno».

 

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