Región de Magallanes

Nueva amenaza en Isla Riesco: Mina Invierno busca introducir tronaduras en su explotación carbonífera

La agrupación Alerta Isla Riesco exige que las modificaciones se ingresen a través de un Estudio de Impacto Ambiental (EIA) y no de una Declaración (DIA), "recurso utilizado de forma recurrente por empresas contaminantes que evita un estudio profundo y una participación ciudadana amplia", sostienen.

Por CVN

16/03/2015

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Toma aérea de Mina Invierno en Isla Riesco / Alerta Isla Riesco

 

Mina Invierno, explotación de carbón a tajo abierto en la región de Magallanes activa desde hace 4 años y cuestionada en numerosas ocasiones por sus prácticas ambientales, mantiene en alerta a las comunidades luego de que el pasado 10 de marzo ingresara al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) una Declaración de Impacto Ambiental (DIA) con la que busca el permiso para introducir tronaduras en su proceso de remoción de material estéril, con el objeto de aumentar su productividad.

Esto luego de haber verificado, según la firma, que el suelo a remover presenta una dureza mayor a lo esperado, lo que, a juicio del movimiento Alerta Isla Riesco -que exige que las modificaciones se hagan a través de un Estudio de Impacto Ambiental- solo puede significar dos cosas:

1) Mina Invierno mintió en su Estudio original, sabiendo como era el suelo, pero decidió incorporar tronaduras después, para facilitar su ingreso a través de un estudio menor, o,

2) Mina Invierno tiene datos errados sobre suelo en su Estudio de Impacto Ambiental (EIA) ¿sobre qué más tendrá datos errados?

«Como Alerta Isla Riesco, manifestamos nuestra profunda preocupación ante el ingreso al Servicio de Evaluación de Ambiental de Magallanes, la Declaración de Impacto Ambiental interpuesta por la empresa Mina Invierno, que busca incorporar tronaduras en su proceso de remoción de material estéril, para extraer el carbón de Isla Riesco. Esta práctica, que implicaría un cambio significativo en los procesos de Mina Invierno, no está incluida en  la Resolución de Calificación Ambiental del 2011 (RCA), es más, sus impactos no fueron evaluados en el Estudio de Impacto Ambiental (EIA),  pues en reiteradas ocasiones la empresa negó ante la autoridad ambiental que emplearía tronaduras como parte de su proceso productivo».

El Movimiento sostiene, en lo que a la presentación del DIA en lugar de un EIA se refiere, que «un análisis realizado bajo esa figura evita un estudio profundo y una participación ciudadana amplia, con todos los beneficios que entrega un Estudio de Impacto Ambiental (EIA) a la comunidad; Este recurso, utilizado de forma recurrente por empresas contaminantes para lograr la aprobación ambiental, especialmente empresas extractivas y de generación eléctrica, es una señal equívoca para la ciudadanía, ya que no da garantías de un proceso integral y respetuoso de los EIA y del cumplimiento de las RCA», agrega.

«Ante este escenario, nos parece de suma importancia mencionar que el uso de tronaduras podría tener un sinnúmero de consecuencias negativas tanto para el ambiente como para la comunidad. En el caso de Isla Riesco podemos señalar por ejemplo a) la contaminación acústica y sus consecuencias tanto sobre la fauna adyacente como los vecinos, b) el levantamiento de material particulado (que se agrava por ser un lugar con vientos que pueden superar los 100km/hr), c) la ruptura de rocas subterráneas con la consecuente alteración y probable contaminación de las napas de agua, d) el deterioro de la calidad de vida de los habitantes de la isla y e) el desmedro a otras actividades productivas como el turismo rural y la ganadería. Los efectos precedentemente enumerados, coinciden con los mencionados en la ley de Bases del Medio Ambiente, en su artículo 11, que indica que de producirse al menos uno de ellos, el proyecto debiese ser analizado como Estudio de Impacto Ambiental», aseveran desde el movimiento.

Asimismo, el movimiento se refiere a ciertos temas que en el EIA original no habrían sido correctamente evaluados y que debieran serlo en el marco de las eventuales modificaciones relacionadas con tronaduras, entre ellas «el modelo de dispersión de contaminantes, la calidad del carbón, la presencia de fallas geológicas bajo la zona de explotación y  la identificación de impactos fuera del área de influencia directa declarada, que sólo abarcó los predios mineros».

«En base al historial ambiental de Mina Invierno, que no da garantías a la hora de incorporar un nuevo factor de riesgo al proyecto; a los posibles impactos que las tronaduras generarían en Isla Riesco y que coinciden con los mencionados en la Ley; a la falta de garantías que significa la modificación sustantiva de los proyectos, a la violación al espíritu de la Ley; y a la falta de resolución de temas fundamentales en el EIA original de  Mina Invierno, consideramos que el Servicio de Evaluación Ambiental de Magallanes, deberá requerir un Estudio de Impacto Ambiental para evaluar en propiedad los impactos socio-ambientales que conlleve la utilización de tronaduras en Isla Riesco, garantizando una evaluación profunda y determinando todos los impactos y riesgos del uso de explosivos en Isla Riesco, otorgando así mayor legitimidad al proceso y al rol del SEA», enfatiza el movimiento.

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