Tercer Tribunal Ambiental fija audiencia en Coyhaique para resolver sobre el fondo en causa Hidroaysén

Ayer el Tercer Tribunal Ambiental, con asiento en Valdivia, evacuó una resolución mediante la cual fija fecha de audiencia en la causa Rol R-4-2014 “Centrales Hidroeléctricas de Aysén S

Por Director

23/10/2014

Publicado en

Chile / Medio Ambiente

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Ayer el Tercer Tribunal Ambiental, con asiento en Valdivia, evacuó una resolución mediante la cual fija fecha de audiencia en la causa Rol R-4-2014 “Centrales Hidroeléctricas de Aysén S.A. con Servicio de Evaluación Ambiental (Comité de Ministros)». La audiencia se realizará el día martes 3 de febrero de 2015 a las 10,00 hrs., en sala de audiencias de la I. Corte de Apelaciones de Coyhaique. Como es de público conocimiento, este Tribunal está abocado a dirimir sobre el fondo de la controversia medioambiental en torno al proyecto Hidroysén.

En el escrito, el Tribunal indica que la decisión de sesionar en la capital de la Región de Aysén se sostiene dada “la relevancia y complejidad del asunto sometido a conocimiento de este Tribunal, como asimismo, la distancia existente entre la ciudad de asiento del Tribunal y la localización del proyecto”.

Cabe recordar que el Tercer Tribunal Ambiental, con el fin de acercar su trabajo a la comunidad, publicó el  Acta de acuerdo Nº 106 sobre sesiones fuera de la ciudad de asiento, la que fue firmada el 4 de septiembre en dependencias de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Punta Arenas (ver nota adjunta). En dicha sesión, el Tercer Tribunal Ambiental, en lo sustancial, oficializa la voluntad de la institución de sobreponerse a los desafíos de distancia, conectividad y dificultades financieras que puedan tener los miembros de la comunidad para acceder a la justicia especializada.

El acuerdo precisa que “el Tercer Tribunal Ambiental, con sede en Valdivia, podrá sesionar, cuando las necesidades del servicio lo aconsejen, en poblados o ciudades fuera de los límites urbanos de la ciudad en que tiene su asiento”. Asimismo, avanza sustantivamente en indicar los criterios por los cuales se guiará la institución para decidir sesionar fuera de Valdivia. Sobre ello, indica el documento, “las sesiones que se lleven a cabo fuera de la sede del Tribunal requerirán, en forma previa a su realización, el acuerdo de sus miembros en sesión ordinaria por mayoría simple de votos, de conformidad a los siguientes criterios:

  1. Relevancia del tema.
  2. Tipo y complejidad del asunto sometido a su conocimiento.
  3. Capacidad económica de las partes, debidamente acreditada ante el Tribunal.
  4. Distancia existente entre la ciudad de asiento del Tribunal y la localización del proyecto o el domicilio de alguna de las partes.
  5. Otros que el Tribunal estime relevantes.»

En la resolución de hoy, el Tercer Tribunal Ambiental ordena además a las partes, anunciarse para alegar mediante escrito presentado antes de las 12 hrs., del día hábil anterior a aquél fijado para la realización de la audiencia

 

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