Región del Bío Bío

Tribunal Ambiental rechaza recurso contra Embalse Punilla y exige agotar vía administrativa

No obstante, el Tribunal reconoció la legitimación activa del reclamante, la Municipalidad de San Fabián de Alico, alegando que “sí es directamente afectada, constatación que la habilita para reclamar ante este Tribunal una vez que agote la vía administrativa previa”.

Por CVN

07/01/2015

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En fallo unánime, el Tercer Tribunal Ambiental de Valdivia rechazó el recurso presentado por la Municipalidad de San Fabián de Alico, que buscaba dejar sin autorización ambiental del proyecto Embalse Punilla alegando diversas irregularidades acometidas en su tramitación, «por no haberse agotado la vía administrativa».

El fallo emitido sostiene que los cuestionamientos a la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) ya habían sido reclamados con anterioridad ante el Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) del Bío Bío, y que por tanto no se habría agotado todavía dicha vía administrativa.

Además, el fallo señala que “el artículo 17 N° 5 de la Ley 20.600 sólo faculta a este Tribunal para conocer de la reclamación que se interponga en contra de la resolución del Comité de Ministros o del Director Ejecutivo, en conformidad a lo dispuesto a los artículo 20 y 25 Quinquies de la Ley 19.300”.

Los magistrados indican en el texto que “la reclamación interpuesta por la I. Municipalidad de San Fabián de Alico, ha sido deducida en contra de la resolución N° 178, de fecha 28 de marzo de 2013, del Servicio Regional de Evaluación Ambiental del Biobío, que rechazó la revisión de la RCA; y no contra la resolución del Comité de Ministros, que era lo que correspondía”.

No obstante de rechazar el recurso y remitir los antecedentes al SEA para que resuelva el litigio, el organismo si falló favorablemente en lo que respecta a la legitimación activa del reclamante, en este caso la Municipalidad, por considerar que esta  “sí es directamente afectada, constatación que la habilita para reclamar ante este Tribunal una vez que agote la vía administrativa previa”.

Cabe recordar que en el proceso judicial, cuyos alegatos fueron escuchados por el tribunal el 11 de noviembre del pasado año (2014),  participó el Consejo de Defensa de Estado (CDE), el que solicitó formar parte de la causa. La reclamación fue interpuesta por la alcaldesa de San Fabián, Lorena Jardúa, tras constatar diversas irregularidades e impactos obviados en el permiso ambiental, ya que la situación actual de la comuna es muy diferente a la que presentaba cuando fue aprobada la RCA (2009), siendo que ahora, entre otros, el crecimiento económico está orientado hacia el turismo sustentable, actividad que se vería perjudicada con la ejecución del proyecto.

El Proyecto

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El proyecto Embalse Punilla, localizado en las Comunas de San Fabián de Alico y Coihueco (Ñuble) consiste en la construcción de un embalse que busca, por un lado, generar energía hidroeléctrica con una potencia nominal de 94 MW, y por otro, destinar agua al riego del valle del río Ñuble.

Sin embargo, dicho propósito supondría la supondría la inundación de 1.700 hectáreas, 650 de bosques nativos, la laguna Chayacal y otros lugares de interés natural y turístico, además de la afectación a cerca de 400 familias y la destrucción de las actividades turísticas y recreativas del río Ñuble.

No obstante, el Gobierno espera realizar en 2015 la apertura de ofertas del llamado a licitación, concesión y explotación de este proyecto. De salir adelante, las obras, que acarrearían según datos del MOP, una inversión de 387 millones de dólares, tardarían 8 años en realizarse, por lo que las operaciones comenzarían en 2023.

Según los reclamantes, el 2002 había 43 familias en el área de influencia del proyecto, que en 2009 aumentaron a 68, y posteriormente a 372.

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Entre las irregularidades denunciadas en la autorización ambiental, las siguientes:

En primer lugar, “No existe propuesta concreta de reasentamiento de las comunidades afectadas (Los Sauces, El Roble, Chayacal, Punilla, Camán); ni conectividad con comunidades sobre la cota del embalse.

En segundo, “este se ubicará dentro de la Reserva Mundial de la Biosfera nevados de Chillán Laguna del Laja, declarada por UNESCO en 2011, afectando a especies en peligro de extinción como el Huemul”.

Además, “No existe un informe que asegure la ausencia de daños en el muro del embalse ante un movimiento telúrico.” SERNAGEOMIN se excluyó de participar en el EIA, y tras elterremoto en 2011 se observó que el área de ubicación del muro es inestable geológicamente.

Con respecto al riesgo vulcanológico, este tampoco ha sido considerado en la evaluación ambiental, estando ubicado el muro a menos de 25 km del Volcán Chillán, activo y uno de los que más riesgo de erupción presenta del país.

El EIA, que puede consultar acá, tampoco especifica por dónde irá el tendido eléctrico.

Avances administrativos

A pesar de que el proyecto permanece judicializado, el pasado 9 de diciembre se ingresaron a Contraloría las bases de licitación del embalse, acción que fue repudiada por la alcadesa de San Fabián, quien criticó que las autoridades estén más preocupadas de sacar adelante el proyecto que de la opinión de los vecinos.

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