Los débiles fundamentos de la propuesta de ley más que proteger a los ciudadanos que eventualmente podrían ser víctimas de expresiones ofensivas, parece querer sancionar el legítimo ejercicio de opinión de la ciudadanía.
El viernes pasado, los senadores socialistas Pedro Muñoz y Camilo Escalona, y el independiente Carlos Bianchi presentaron públicamente un proyecto de ley que buscará sancionar a una persona de acuerdo a su responsabilidad civil y ejercer demandas en su contra por emitir comentarios ofensivos en una página web.
Según los parlamentarios su interés es proteger el honor y honra de los chilenos al declarar que esperan “llenar un vacío y perseguir a quienes, desde el anonimato de la web, ofendan a alguna persona”.
El proyecto de dos páginas aún está en su fase inicial y fue ingresado el 16 de agosto a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento para que sea estudiado.
De ser aprobado, se establecerá que “quienes difundan a través de Internet contenidos u expresiones ofensivas al honor y la honra de una persona serán responsables civilmente de los daños y perjuicios que ocasionen”.
Esta normativa se redactó de acuerdo a sus impulsores siguiendo “principios punitivos modernos sobre la afectación del honor y la honra y minimizan la sanción penal, enfatizando en la responsabilidad civil indemnizatoria”, considerando específicamente casos europeos.
Además, si no es posible identificar al autor material de dicha acción, “la responsabilidad recaerá en los administradores de los respectivos sitios”. Esto es, en el dueño de alguna página web o blogs chileno que podrá ser demandado civilmente por daños y perjuicios, lucro cesante, etc.
Las sanciones para los administradores serán eliminadas en caso de que estos entreguen la identidad del autor de los comentarios: “Podrán eximirse acreditando que han identificado en forma fidedigna al autor de las ofensas y éste no ha podido ser habido por causas que no les sean imputables o que han procurado, con celo, evitar la difusión de aquéllas”.
LOS FUNDAMENTOS
El proyecto reconoce a internet como un instrumento clave en el sistema informático actual, señalando que “es una herramienta de comunicaciones vital en nuestros días constituyendo una poderosa vía para la interrelación entre las personas y el tráfico de información de los más diversos ámbitos”.
Los parlamentarios consideran que al ser un elemento de gran trascendencia para la sociedad actual, también podría prestarse para su mala utilización, o “para conductas inapropiadas”, por parte de las ciudadanía.
Llama la atención que el texto homologa la amenaza del “crimen organizado internacional, tales como el terrorismo o tráfico de drogas; las estafas y toda clase de defraudaciones”, con el legítimo ejercicio de toda persona a la libertad de expresión, en este caso a través de internet.
El proyecto pasa port alto que los medios de comunicación electrónicos tienen sus propios mecanismos para filtrar comentarios y apreciaciones de los usuarios; por lo demás lugares en que el ciudadano usualmente encuentra un espacio para expresar su opinión sobre diversas materias.
La iniciativa también se refiere al Ciberbullying, acoso informático que sufren algunos niños a través de la red, como “conductas que ocasionan graves daños psicológicos a los menores” e “incluso la muerte, lo que justifica una medida en orden a sancionar estas actitudes.
En todo caso cabe destacar que estas agresiones en el espacio educacional son conductas verbales directas hacia los menores, agresiones físicas e incluso a través de otros mecanismos tecnológicos como el celular que no aparece mencionado en la misiva de los senadores.
Quizás una iniciativa de educación en el uso de nusvas tecnologías en vez de normativas coercitivas y sancionatorias podría ser una respuesta más acorde con el ámbito de las ciber-comunicaciones.
LEGISLACION COMPARADA
La legislación comparada que utiliza el proyecto de ley presentada por los honorables senadores, se remite a Europa, particularmente a un artículo aparecido en el diario El País de España, llamado “Insultar en el blog se paga”.
En el texto aparece el caso de tres hinchas del club de fútbol Sheffield Wednesday del Reino Unido, quienes emitieron comentarios “ofensivos” sobre sus directivos, acusándolos de “avaricia, egoísmo, desconfianza y deshonestidad”. Sin embargo, el juez desestimó imputar a otros siete fans por considerar que eran “simples bromas”.
El segundo ejemplo es sobre John Finn, propietario de la firma inmobiliaria Pallion Housing, al considerarlo responsable del lanzamiento de una campaña mediante comentarios anónimos colgados en distintas páginas en Internet contra su rival Gentoo Group, sus empleados y su dueño, Peter Walls; caso que no se remite a los comentarios habituales que se realizan en foros de internet.
Para los senadores estos dos casos constituyen “sucesos muy interesantes” de cómo se aplica este tipo de legislación en otras partes del mundo, a partir de los cuales expresan la conveniencia de este marco legal, ya que estaría “enfatizando la responsabilidad civil indemnizatoria y, por otra, trasladan la responsabilidad por las ofensas también a los administradores de los sitios”.
No obstante, la iniciativa de dos carillas presentada por los parlamentarios, deja ciertas dudas respecto a su verdadera preocupación de que la red no se transforme un espacio para proferir ofensas al prójimo, en tanto los casos expuestos en que se sancionan a usuarios de internet no son homologables a lo de la mafia organizada o terrorista.
Por otra parte, el caso en que hinchas de fútbol expresan comentarios respecto a la avaricia, deshonestidad y desconfianza en su club parecen no ser ofensivas en tanto se expresan en el contexto de un espacio más distendido para opinar, incluso el juez señala a parte de los imputados como simples bromistas.
En conclusión, la propuesta de ley más que proteger a los ciudadanos, que eventualmente podrían ser víctimas de expresiones ofensivas, parece querer sancionar el legítimo ejercicio de opinión de la ciudadanía.
Por Francisco Luna
El Ciudadano