El último capítulo en torno a la legislación cannábica aún no se escribe en Puebla

Cannabis en México: la forja de un churro legal

El ciudadano entrevistó a abogados y activistas cuyo trabajo se relaciona con la legislación y democratización de los derechos cannábicos

cartel de plantón para legalización de la marihuana 4-20 fiscalía puebla

No todo mundo tiene claro que la lucha en torno al estatus legal de la Cannabis en nuestro país es una lucha añeja. No empezó el 1 de febrero de 2021 con el incremento de cinco a 28 gramos de la cantidad permitida para portación personal.

Tampoco empezó el 16 de febrero de 2019, cuando la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que no podía sostenerse la constitucionalidad de la prohibición del uso recreativo de dicha planta (la propuesta de Ley que hoy hiberna en el Senado podrá prohibir su uso cosmético, pero el recreativo ya no).

Ni siquiera comenzó en el lejano 11 de agosto de 2015, cuando los padres de la niña Graziela Elizalde, afectada por un síndrome epiléptico, consiguieron que Mikel Arriola, de la Cofepris, firmara con el visto bueno del resto del gobierno mexicano la orden de importación de un bálsamo cannábico.

La lucha legal en México en torno a la cannabis acumula más de un siglo de historia. Con la llegada postrevolucionaria del “México de las instituciones”, ganó predominancia el México industrial, cuyas exigencias no fueron acatadas desde la primera por la población (como tampoco fueron acatadas por las bases campesinas y trabajadoras en las cunas de la Revolución Industrial; basta recordar a los luditas en Inglaterra.).

Así pues, la legislación que se realizó durante la primera mitad del siglo XX se trazó desde un paradigma vertical, positivista, eurocéntrico, en el que se pretendía alinear al país en una confederación de naciones en progreso y modernización constante. Para ello, se pensaba imprescindible “hacer entrar en razón” a quienes no se alinearan con esta ideología, quienes eran considerados como “incivilizados” u “holgazanes”. O como lo explica Isaac Pavel Atilano Rodríguez en su documento de tesis “Reconfiguración de la ciudadanía en el Estado de México: Estudio de los procesos políticos y sociales relativos al consumo recreativo de la marihuana” (UAEM, 2017),  “los arreglos elitistas construyen una acepción genérica que por la fuerza busca aplicarse a todos los gobernados sin importar si sus condiciones de vida se ajustan o no a lo que ellos pretenden establecer”.

En consecuencia, las leyes que en esta época se producían consideraban al ciudadano a quien iban dirigidas no tanto como un ser autónomo en uso de sus facultades mentales y por tanto en pleno derecho de tomar las decisiones que para sí considerara convenientes, sino como un súbdito a quien había que “meter en cintura” y volver productivo, es decir, hacerlo entrar en la camisa de fuerza de la ética protestante del trabajo.

Para ello, era necesario inscribir en el cuerpo de la ley todo tipo de restricciones y conductas higiénicas que homologaran a la ciudadanía mexicana –y en particular a sus bases- en un mecanismo productivo, satisfactorio a los ojos de patrones y curas. ¿Qué era el Derecho por aquellas épocas, sino el teórico de la doma de las bases sociales remunerado por las billeteras del Gran Capital?

Pero… ¿Y dónde quedó la cannabis?

Sin este contexto en el que fueron redactadas las leyes de la primera mitad del Siglo XX, no sería posible comprender por qué el cilantro, la cebolla o el plátano, por ejemplo, no tienen documentos regulatorios de 42 páginas.

La marihuana en México tiene una historia añeja, que se remonta a las postrimerías de la Independencias. Se tiene documentado que a lo largo del siglo XIX, su uso medicinal y recreativo ya se registraba entre nuestra población.

Sin embargo, según relata el historiador Jorge García Robles, la histeria hacia la planta de procedencia extranjera no tardó en cundir entre la población mexicana, obsesionada con un nacionalismo que mantenía su ideología ciclada en el ombligo de la luna.

Durante el porfiriato, su estigmatización avanzó y cuando en 1940 Lázaro Cárdenas la despenalizó durante cinco meses, la presión de la mojigata e intrusiva Unión Americana doblegó una vez más la soberanía mexicana y el Reglamento General de Toxicomanías tuvo que enmendarse a gusto de Harry J. Aslinger, el primer zar antidrogas.

El estado de la cuestión en 2021

El Ciudadano contactó a un activista y a un abogado que ha llevado algunos casos relacionados con cannabis. Ninguno de los dos se mostró precisamente satisfecho con el estado actual de la legislación cannábica, a pesar de que ésta se ha celebrado con bombo y platillo por medios nacionales e internacionales.

Legislación cannábica, por Adriana Parra

Esta casa editorial se dio a la tarea de entrevistar por separado, vía WhatsApp, al abogado Jerry León, colaborador de la Asociación Civil Equilátera, y a Fritz Mota, miembro del Colectivo Toque Poblano, para recoger sus impresiones.

Como se sabe, una de las propuestas importantes que perdió el Anteproyecto de Ley elaborado por los diputados para su remisión a San Lázaro contemplaba la creación del Instituto Mexicano del Cannabis.

De acuerdo a dicho anteproyecto, el IMC tendría por objeto, además de funciones de coordinación intersecretarial referentes a la planta, controlar el almacenamiento, aprovechamiento, comercialización, consumo, cosecha, cultivo, distribución, empaquetamiento, etiquetado, exportado, importado, plantación, portación, tenencia o posesión, preparado, producción, siembra, transformación, transporte, suministro y venta de la planta.

Además, el Instituto tendría por objeto la expedición de licencias y la medición de niveles de tetrahidrocannabinol (THC) y cannabidiol (CBD).

Sin embargo, la creación de este singular Instituto se desestimó finalmente y se decidió darle todas las atribuciones a Conadic. Al respecto, el activista Fritz Mota comenta:

“En realidad me parece que es una opción desacertada pues nos estaría discriminando como usuarios del cannabis. ¿Por qué el tema de una planta está bajo la regulación de la Conadic? No somos adictos en ningún caso y me parece un trato totalmente diferenciado a los usuarios, además de facultar para seguir cometiendo violaciones a derechos humanos. Uno de estos es el de la privacidad”.

En torno a la equiparación sistemática que, cuando se trata de cannabis, se sigue haciendo entre los conceptos “uso” y “adicción”, Fritz Mota explica:

“Sigue existiendo una mentalidad un poco cerrada y desinformada sobre la planta y se trata de combatir pero es bastante complicado. Aun existiendo tanta información, hoy día a fin de cuentas parece que no se nos está escuchando como personas. Se sigue discriminando al usuario de sustancias por una conducta que ya la SCJN declaró como parte de la expresión de un derecho”.

Por su parte, el abogado Jerry León considera la sustitución del Instituto Mexicano del Cannabis por la Conadic “Totalmente desacertada”. Abunda:

“Otorgar las facultades a CONADIC sigue enfatizando la adicción por encima del consumo. Justo el IMC es necesario para la vigilancia no punitiva del desarrollo de la propuesta legislativa.

Sin duda creo que cuando se publique la nueva ley y sus reglamentos se hará necesaria la creación del instituto. Tal vez ahora no pasó pero será necesario que se lleve a cabo”.

La nueva ley de regulación del cannabis contempla exonerar y liberar a las personas que se encuentren presas por posesión simple de la hierba. El gobierno de Puebla ha argumentado que de aprobarse esta ley, no habría mayor diferencia en las cárceles poblanas pues nadie en la entidad está preso por unos cuántos gramos, ya que sólo están en la cárcel personas capturadas en posesión de grandes cantidades, y además no solo de cannabis, sino de drogas sintéticas. Jerry León no duda en contradecir esta tesis:

“Falso. En Puebla personalmente he llevado asuntos penales por cantidades que no son considerables. Del mismo modo la posesión simple es, al final, todo un proceso penal que deben enfrentar las personas consumidoras, que implica contratar abogadxs, ir a firmas periódicas y multas, mientras el órgano de investigación (ministerio público) está saturado de procesos, por lo que el camino procesal penal será sin duda un verdadero camino sinuoso.

Así la nueva ley tendría impactos en el comercio pero no en el estigma del consumo. Es decir, debe haber no solo la modificación punitiva sino cultural, desde los primeros respondientes o policías hasta el órgano de investigación y el tribunal”.

Ante el desencanto, aún falta camino por recorrer

Cuestionado sobre los obstáculos que la regulación de la cannabis enfrenta en nuestro país, el abogado Jerry León advierte:

“Los retos no van a cesar. La legislación va a generar vías de administración y hasta cierto punto de control.

Tenemos el caso de Uruguay, que para mí es el más emblemático por su protagonismo. El hecho de haber legislado al respecto trajo una importante derrama económica al país; sin embargo, al no haber planes transexenales, en los cambios de administración se convierten en botín político porque las líneas conservadoras siempre van a proponer el retroceso de esas leyes.

México es un país de producción y trasiego de productos ilegales que ve subrogada su soberanía a intereses extranjeros. Por ello una legislación integral al respecto tendría un reto importante y un impacto aun mayor frente a la realidad de su población y de la comunidad internacional”.

Para Fritz Mota, el problema está desde la idea de que sea el Estado quien regule todo lo relacionado con la planta, y para ello se refiere al antecedente de la solicitud de la Suprema Corte:

“La SCJN pidió regular sobre violaciones a derechos de los consumidores de la cannabis modificando cinco artículos, cosa que no se hizo. No se les pidió regular un mercado, sólo se les pidió garantizar derechos”.

Sin embargo, el activista también reconoce que la regulación permitiría al usuario saber qué es exactamente lo que está consumiendo.

“Al no existir un mercado regulado como tal, no hay manera de saber realmente lo que se está consumiendo. Y la cantidad de adulterantes y contaminantes que puedan presentar son los verdaderos riesgos a la salud que la ley no se esfuerza en combatir y sigue permitiendo al no regular de manera adecuada sobre sustancias”.

Mientras tanto, la ley permanecerá hasta septiembre en el congelador de la Cámara de Diputados. El senador Ricardo Monreal detectó en ella algunas inconsistencias, y cuenta una leyenda de San Lázaro que acarrea muy mala suerte analizar en primavera inconsistencias en una propuesta legal.

Sin embargo, el senador Monreal no miente: inconsistencias las hay. ¿Cómo, si no, una ley que dice acatar el principio de “Trato digno y respetuoso de los derechos humanos” puede al mismo tiempo prohibir el uso cosmetológico de la planta (Título quinto, Artículo 62, apartado IV)  y dejar claro que la autoridad puede irrumpir en cualquier momento (Título quinto, Artículo 60) en un domicilio particular para inspeccionar la cantidad de plantas o semillas que ahí se resguarden?

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