Mantienen en la congeladora despenalización del aborto en Puebla

¿Cuántas veces más el Congreso frenará la despenalización del aborto en Puebla?

Mientras Hidalgo aprueba el aborto legal, siendo el tercer estado en hacerlo; Puebla continúa batallando porque el Congreso tome cartas en el asunto.

Colectivas feministas llenan de pañuelos verdes el Paseo Bravo

El aborto legal es un tema global delicado y de suma importancia. Múltiples grupos de defensores de los derechos humanos se han aliado a la causa y la lucha contra las legislaciones que han convertido esta decisión personal del cuerpo femenino en un acto delictivo; y cuya clandestinidad ha llevado a muchas mujeres a la cárcel y la muerte misma. 

En Puebla múltiples grupos feministas se han unido a la causa del pañuelo verde. 

Comencemos por delimitar lo que se entiende por aborto. La Real Academia de la Lengua Española (RAE) lo define como: 

Aborto: 1. intr. Dicho de una mujer o de un animal hembra: Interrumpir de forma natural o provocada, el desarrollo del feto durante el embarazo. 

Basándonos en esta definición podemos determinar que la interrupción del embarazo se ha convertido en un acto legal por una noción moral-religiosa; se ha criminalizado de igual modo a las mujeres que recurren a ello, como si su práctica de libertad y de decisión estuviese por debajo de la ley que, en teoría, debería ampararlas y protegerlas. 

Los grupos de oposición al aborto legal suelen respaldarse en la idea de que una vida vale sin importar su gestación; pero, convenientemente, dejan de lado las circunstancias particulares de las personas que deben recurrir a ello. 

Cayendo en un absolutismo sin cabida, que no se detiene a considerar las posibles violaciones a los derechos humanos a las que incurre: sin pensar que no el aborto no es algo que esté en debate. 

El aborto por sí mismo es un síntoma de una sociedad que carece de una educación sexual integral, de una cultura de no discriminación, de una cultura contra los violadores y el machismo; mientras que su despenalización sólo supone una solución parche, a la que tampoco se puede acceder. 

¿Qué factores se consideran al hablar de la despenalización del aborto? 

Quizás suene extraño hablar del aborto como un eje temático en el que se atraviesan muchas materias; pero la sociedad lo ha vuelto un asunto que incide en la legislación, la salud, lo jurídico, la moral, la religión, el político y los derechos humanos. 

Antecedentes 

Regresemos un poco a ver cómo ha evolucionado la concepción del aborto a través del tiempo, y veamos en qué punto se satanizó y se criminalizó su práctica. 

En la Antigua Mesopotamia, los grecoromanos, los precolombianos e incluso los mayas ya contemplaban la existencia de la noción de embarazo interrumpido por accidente y por provocación. 

Para el siglo XIX, las doctrinas católicas establecieron la idea de que la vida se consideraba como tal desde el momento en que un espermatozoide fertiliza a un óvulo; lo que asentó la noción de que el producto del acto de la concepción está dotado de atribuciones humanas. 

Este concepto se ha esparcido a lo largo de la sociedad, y ha sido bandera de varias agrupaciones “provida” para oponerse al aborto legal. 

Marea verde en Argentina 

Es necesario hablar de Argentina y el movimiento de Marea verde, cuando se habla del aborto legal. Se trata de una nación latinoamericana que comparte circunstancias paralelas con México, como el fanatismo católico, la misoginia y el machismo; además de fijar un precedente positivo a la lucha por su despenalización. 

En 2003, durante el XVIII Encuentro Nacional de Mujeres (ENM) realizado en Rosario, Argentina, se puso a discusión el tema del aborto legal; y para el 28 de mayo de 2005 surgió en Argentina la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito

Movimiento conformado por grupos feministas, de mujeres y defensores de los derechos humanos que buscan abrir el diálogo respecto a todos los aspectos que rodean al aborto. 

Es con esta Campaña que surge la consigna: “Educación sexual para decidir, anticonceptivos para no abortar y aborto legal para no morir”. 

Del 2006 al 2019, se libró una larga lucha de tira y afloja, en donde las autoridades legislativas del país y los defensores a favor del aborto debatieron largamente la aprobación del aborto legal, seguro y gratuito. 

Es hasta el primero de marzo de 2020 el presidente, Alberto Fernández, declaró en su discurso inaugural del Periodo Ordinario No. 138 en la Asamblea; que iba a sostener su promesa de campaña respecto a la despenalización del aborto, un tema pendiente y urgente en Argentina y el mundo. 

Para el 30 de diciembre de 2020, se aprobó una ley que permite la interrupción voluntaria del embarazo hasta la semana 14 de gestación. Esta legislación reconoce los derechos de decisión sobre los cuerpos de niñas, adolescentes, mujeres y personas con capacidad de abortar que busquen un aborto legal y de calidad en Argentina. 

El mismo 30, Amnistía Internacional Argentina compartió “Los puntos más importantes” de esta ley: 

  • El aborto es de acceso libre hasta la semana 14 de embarazo
  • Una vez pasado ese plazo, el aborto es legal en caso de peligro para la vida o la salud de la persona gestante o en caso de violación
  • Es posible acceder a la práctica en los servicios del sistema de salud público y privado, en un plazo máximo de 10 días desde su requerimiento. 
  • Las personas de 16 años o más tienen plena capacidad por sí mismas para prestar su consentimiento; se presume que las niñas de 13 a 16 años cuentan con aptitud y madurez suficiente para decidir la práctica y prestar el debido consentimiento, a menos que deba utilizarse un procedimiento que implique un riesgo grave para su salud o su vida (conforme lo establece el art 26 del Código Civil y Comercial de la Nación). 
  • El personal de salud deberá brindar un trato digno, garantizar la privacidad y confidencialidad de la información, y respetar la autonomía de la voluntad. 
  • El funcionario público o personal de la salud que dilate, obstaculice o se niegue a practicar un aborto en los casos legalmente autorizados podrá ser sancionado penalmente e inhabilitado para el ejercicio de la profesión. 

Esta aprobación representa una gran victoria para el feminismo mundial. Al igual que extiende una invitación abierta para que las autoridades legislativas de América Latina, y otros continentes, pongan cartas en el asunto. 

Sobre todo, respecto a los temas alrededor del aborto legal que contemplan, entre otras cosas, los índices de mortalidad maternal en clínicas clandestinas, y las violaciones de derechos humanos de niñas, adolescentes, mujeres y personas con capacidad de gestar. 

Imagen: Reproducción Asistida Org, actualizada al 2018.

Desde 2007, la Ciudad de México contempla la interrupción del embarazo en su marco legislativo como un acto legal; mientras que en el resto de la República se siguen colocando muchas trabas para que sea un recurso viable y accesible. 

En dicho recurso, solicitan cumplir requisitos drásticos (y a veces ridículos) como que se pueda comprobar que el producto es resultado de una violación; que se cuenten con pruebas de malformaciones congénitas; una inseminación no consentida; que sea necesario recurrir a ello en virtud de estar en riesgo la vida de la persona que gesta; o que se tengan cierto número de descendientes que avalen que no se puede dar a luz a otro por cuestiones económicas. 

Las razones que tiene una persona para abortar son muchas más que esas: una pareja de adolescentes que carece de educación sexual y deciden practicar un aborto clandestino; una joven que no tiene recursos económicos necesarios para mantener una cría; un embarazo producto de una relación incestuosa a causo de estupro. 

Es necesario aclarar que el aborto no debería ponerse a discusión bajo la lupa provida, en la que se busca “rescatar” ambas vidas, sino bajo la lupa de que se está incumpliendo un derecho humano al impedir que una persona tome decisiones sobre su propio cuerpo. 

“Aborto sí, aborto no, eso lo decido yo” es un cántico recurrente en las marchas proaborto y de feministas; en donde el punto es demostrar que esta intervención de las autoridades es un atropello. Así como hacer ver que el aborto es una solución parche, como ya he mencionado; una solución que denota problemáticas mayores de una sociedad conservadora, patriarcal y machista. 

Aun así, varios colectivos feministas han luchado por visibilizar sus motivos, así como la lucha de aquellas que ya no están, de aquellas que deben sobrevivir a una violación traumática, de aquellas que han perdido la vida en clínicas clandestinas, de aquellas que buscan justicia. 

Contexto de la sociedad poblana ante la agenda feminista

Puebla es conocido a través de la República mexicana como un estado “mocho” (decir coloquial que refiere a los fanáticos religiosos, especialmente en alusión a los católicos cuya intolerancia es bandera de presentación); que cuenta con un total de cinco millones 547 mil 167 personas que profesan el catolicismo, es decir, 84.3 por ciento de la población estatal. 

Esto, guiándonos de las estadísticas, y teniendo en cuenta que la fe católica reconoce que la vida inicia desde la fertilización de un óvulo por un espermatozoide; supondría que hay una mayoría poblacional a favor de la penalización del aborto (excluyendo, por su puesto, a las minorías católicas que apoyan la legalidad del aborto, porque vaya que sí los hay). 

A la par, Puebla también es conocido por ser una entidad conservadora: cuenta con una afiliación notoria a partidos políticos como el Partido de Acción Nacional (PAN), cuya postura se mantiene mayoritariamente a la derecha y al conservadurismo. 

Por lo menos ese es el panorama conocido a través de la nación. Sin embargo, Puebla ha demostrado ser un estado de altos contrastes; donde la comunidad LGBTTTIQ+, los feminismos y la izquierda han comenzado a emerger con mayor fuerza en, por lo menos, los últimos diez años. 

«Ley de la Familia», aprobada en 2009

La izquierda se fortalece a la par que la derecha también lo hace. En 2009, el Congreso del estado de Puebla aprobó la llamada “Ley de la Familia”; en la que se proclamó que la vida debía ser protegida desde la concepción hasta la muerte natural, tal como la doctrina católica del siglo XIX lo determina. 

Este proyecto de ley fue impulsado por diputados pertenecientes al PRI y el PAN, a la par que por miembros de la Iglesia y colectivos civiles; donde el famoso Frente Nacional por la Familia tuvo gran influencia. 

El 3 de junio de 2009 se publicó la reforma a la Constitución local que dictaminó que: “IV.- La vida humana debe ser protegida desde el momento de la concepción hasta su muerte natural, salvo los casos previstos en las leyes;”. Por default, esta disposición marca una traba inmediata al aborto y contribuye a que las autoridades gubernamentales no avalen su legalidad; un triste revés. 

Ya que, mientras esa ley protege al producto concebido, el Código Penal estatal contiene secciones muy puntuales sobre la penalización de la interrupción del embarazo y marca requisitos anticuados y obsoletos para acceder a este derecho. 

Aborto

Artículo 339. Aborto es la muerte del producto de la concepción en cualquier momento de la preñez.  

Artículo 340. Al que hiciere abortar a una mujer, se le aplicarán de uno a tres años de prisión, sea cual fuere el medio que empleare, siempre que lo haga con consentimiento de ella. Cuando falte el consentimiento, la prisión será de tres a seis años, y si empleare violencia física o moral, se impondrán al delincuente de seis a ocho años de prisión.  

Artículo 341. Si el aborto lo causare un médico, cirujano, o partera, además de las sanciones que le correspondan conforme al artículo anterior, se le suspenderá de dos a cinco años en el ejercicio de su oficio o profesión.  

Artículo 342. Se impondrán de seis meses a un año de prisión a la madre que voluntariamente procure su aborto o consienta en que otro la haga abortar.  

Artículo 343. El aborto no es sancionable en los siguientes casos:  

I. Cuando sea causado solo por imprudencia de la mujer embarazada;  

II. Cuando el embarazo sea el resultado de una violación;  

III. Cuando de no provocarse el aborto, la mujer embarazada corra peligro de muerte, a juicio del médico que la asiste, oyendo éste el dictamen de otro médico, siempre que esto fuere posible y no sea peligrosa la demora; 

y IV. Cuando el aborto se deba a causas eugenésicas graves, según dictamen que previamente rendirán dos peritos médicos. 

Código Penal del Estado Libre y Soberano de Puebla

Este apartado sólo contribuye para dotar de armas legales a aquellas personas que están a favor del aborto; e ignoran buena parte del panorama y el contexto de la sociedad poblana y mexicana en general, donde todavía persisten historias de terror sobre muertes en clínicas clandestinas y hasta índices de suicidio en mujeres con embarazos no deseados. 

Sobre embarazos no deseados y la carente educación sexual en México 

De acuerdo a un boletín de 2019, sobre el Panorama del embarazo y mortalidad materna adolescente en México, presentado por el Consejo Nacional de Arbitraje Médico (CONAMED),  

Una de las principales consecuencias del embarazo adolescente es la muerte de la mujer o por complicaciones en el embarazo o por situaciones que se complican por el embarazo. 

Es conocido que el mayor riesgo de mortalidad materna corresponde a las niñas y adolescentes de menos de 15 años; por el hecho que este grupo de edad está catalogado como un grupo de riesgo para la morbilidad y mortalidad materna. 

Las complicaciones del embarazo y del parto son la principal causa de muerte de las adolescentes en la mayoría de los países en desarrollo.” 

Este es otro punto que no se aborda en el marco legal y que se viene de la mano, como ya se he mencionado anteriormente, es la educación sexual deficiente que existe alrededor de la República; un problema paralelo y de igual urgencia. En el mismo boletín, la CONAMED concluye: 

“Se ha planteado tanto a nivel internacional como a nivel nacional que el conocimiento y el ejercicio de los derechos sexuales podrían mejorar la conciencia y el empoderamiento de jóvenes y adolescentes para la prevención de este problema, no obstante, la aceptación y uso de los métodos anticonceptivos no se ha posicionado a la par, teniendo como consecuencia los niveles de natalidad que observamos en estos grupos.” 

Panorama del embarazo y mortalidad materna adolescente en México

El tema del aborto no sólo es una demanda feminista, es una demanda general que requiere atención urgente. 

ABORTAR.- Interrumpirfrustrar el desarrollo de un plan o proceso. 

2018: activismo feminista recobra fuerza

En 2018, un año importante para el activismo feminista, por las múltiples insurrecciones y los orígenes de colectivos alrededor del mundo; se comenzó a librar en Puebla una batalla por la despenalización del aborto. 

El 30 de agosto de 2018, previo al término de la LIX Legislatura del Congreso del estado de Puebla, la diputada perredista, Socorro Quezada Tiempo, propuso una iniciativa legal al respecto; misma que no tuvo mayor resonancia entre los regidores. 

Para el 28 de septiembre se conmemoró una marcha multitudinaria alrededor del país, en el marco del Día de Acción Global por un Aborto Legal y Seguro. Puebla participó, marchando la ya conocida ruta del Gallito hacia el establecimiento del Congreso. 

Durante los días siguientes, la marcha fue fuertemente criticada en redes sociales: varias personas se quejaron del daño a patrimonio histórico que realizaron las manifestantes; en respuesta, colectivos mostraron su indignación hacia las personas que se preocupaban más por proteger inmuebles que por proteger los derechos humanos que reclaman. 

De septiembre a octubre se continúan campañas de visibilización para atender la despenalización del aborto.

Para el 8 de noviembre, presentan una propuesta para reformar ciertos ámbitos de la legislatura, que como tal no presenta una despenalización en sí que amplíe el espectro de lo contemplado en el Código Penal y la Constitución local: 

“La propuesta de iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 329, 330, 331, 332 y 333 del Código Penal Federal y adiciona un tercer párrafo al artículo 35 de la Ley General de Salud, consiste en la necesidad de que las y los legisladores representados en esta Cámara de Diputados, aprovechemos la coyuntura para legislar por la legalización o el reconocimiento del derecho de las mujeres a decidir sobre su cuerpo para poder interrumpir su embarazo durante las primeras doce semanas de gestación. 

Por tanto, la presente iniciativa de reforma al Código Penal Federal y la adición a la Ley General de Salud que se propone ante esta soberanía, no se trata de un caso de “despenalización del aborto”, que jurídicamente sería una excusa absolutoria, ni tampoco de un caso de excepción, que también en términos jurídico penales se llama excluyente de responsabilidad, sino de una modificación al tipo penal, para que aquellas mujeres que decidan abortar voluntariamente durante las primeras doce semanas de gestación no haya sanción.” 

Gaceta Parlamentaria, año XXI, número 5152-II, jueves 8 de noviembre de 2018 (diputados.gob.mx) 

Esta iniciativa tampoco tuvo mayor eco en el Congreso, pese a que varios argumentos que sustentan son bastante válidos y beneficiosos.. 

2019: «segundo» round

Es hasta mayo de 2019 que se realiza otro intento por presentar iniciativas para promover el aborto legal. Esta vez por parte de la diputada Rocío García Olmedo. 

“[…] García Olmedo presentó en el pleno del Congreso de Puebla una iniciativa para reforma a los artículos 339, 340, 341, 342 y 343 del Código Penal. De tal forma que no se criminalice a las mujeres que decidan interrumpir su embarazo después de las 12 semanas, sustituyendo las sanciones penales por administrativas. 

Además de incluir en las causales otras tres causales para un aborto legal, cuando: se realice una inseminación artificial sin consentimiento o previamente informado, haya extracción de óvulos o se realice una transferencia de embriones.” 

Van por iniciativa ciudadana para despenalizar el aborto en Puebla – OVIGEM 

De nuevo, no hubo respuesta positiva por parte del Congreso estatal. 

2020: se toman medidas más drásticas a falta de respuestas concretas

De mayo de 2019 a noviembre de 2020 se sigue presionando al Congreso, mediante múltiples campañas virales en redes sociales, marchas, manifestaciones y comunicados dirigidos a regidores y autoridades gubernamentales. 

Para el 24 de noviembre, tras una larga omisión legislativa, colectivos feministas toman las instalaciones del Congreso. ¿La razón? Poder implementar un diálogo abierto con el Congreso, el Gobierno estatal, la Fiscalía General del estado y la Secretaría de Educación Pública en materia de violencia de género en el ambiente escolar, el incremento de los feminicidios, la interrupción legal del embarazo, entre otros temas de la agenda feminista. 

Tras varios días de toma, el 18 de diciembre, miembros del Congreso, tras muchas solicitudes de las feministas, concedieron sentarse con ellas para llegar a un acuerdo mutuo.

Gabriel Biestro, señalado como uno de los responsables para poner freno a la despenalización del aborto (para entonces presidente del órgano gubernamental), concedió crear un Parlamento Abierto para discutir dicha agenda en la tentativa fecha de enero de 2021. 

Tras varias horas de charlas las feministas desalojaron las instalaciones, en espera de ver cumplir su palabra y con documentos firmados en los que los diputados se comprometían a hacer valer su palabra. 

2021: «Parlamento Abierto»

Para enero de 2021 se comenzaron, de nuevo, a “dar largas” para el Parlamento Abierto, como se había prometido un mes atrás. Y es hasta abril que se logra concretar el Parlamento Abierto de Derechos Sexuales, Reproductivos y de Aborto Legal; celebrado del 5 al 26 de abril. 

El 8 de marzo 2021 las comisiones de Salud; Derechos Humanos; Igualdad de Género; La de la Familia y Derechos de la Niñez de la LX Legislatura del Congreso poblano, emitieron convocatoria a este Parlamento Abierto a estudiantes, organizaciones no gubernamentales, sociedad civil, activistas y todas las personas interesadas. 

Con un total de 280 registros, total de inscritos con presentación 148, participaciones por ejes: 

  1. Derechos Sexuales y Reproductivos, su importancia como Derechos Humanos: 22 participantes. 
  2. Derechos Sexuales y Reproductivos en familia y niñez: 22 participantes. 
  3. Criminalización de las mujeres, una aproximación desde la igualdad de género: 18 participantes. 
  4. Aborto, una aproximación desde el ámbito de la salud: 39 participantes 
  5. Interrupción legal del embarazo, una aproximación jurídica: 37 participantes. 

El Ciudadano | Parlamento Abierto sobre Aborto Legal y Derechos Sexuales y Reproductivos 

El Ciudadano | Congreso poblano comparte conclusiones sobre discusión de Derechos Sexuales / Reproductivos y Aborto Legal 

No hay fecha para aprobar reformas

Si bien los temas abordados sí tenían una fuerte relación a la despenalización del aborto; las conclusiones emitidas por el Congreso no son congruentes ni contundentes y sólo bordean la verdadera problemática. Se deslindan de atender de forma real las exigencias de los colectivos que realizaron la toma en noviembre de 2020. 

Los colectivos ya anticipaban un movimiento de este estilo, y han continuado con marchas y manifestaciones para presionar al Congreso. Incluso a mediados de junio volvieron a presentar una iniciativa para despenalizar el aborto y reformar las legislaciones correspondientes. 

En el Congreso, salvo un par de diputadas, no hay mayor interés por materializar estas reformas ni integrar la interrupción legal del embarazo en el territorio poblano. Mientras tanto, este 30 de junio, en Hidalgo ya es realidad. 

¿Cuántas veces más abortará el Congreso esta necesidad imperativa? 

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