Artículo 181 , el fundamento

FGE reserva información sobre delitos contra las mujeres; ITAIPUE ordena su entrega

Comisionados consideraron que los datos solicitados por el ciudadano de ninguna manera ponen en riesgo el cauce de las investigaciones

Por Kara Castillo

23/09/2021

Publicado en

Derechos Humanos / Política / Puebla

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Carpeta de Investigación

Puebla, Pue. 23 de septiembre de 2021. La Fiscalía General del Estado (FGE) clasificó como reservada la información contenida en la base de datos denominada “Carpetas de Investigación Iniciadas 2020” que contienen informes de violencia contra las mujeres en Puebla; el Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Puebla (ITAIPUE) ordenó su entrega inmediata al considerar que se trata de información pública.

Ayer miércoles, el Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Puebla (ITAIPUE) resolvió el Expediente RR-0173/2021 interpuesto por un ciudadano que solicitó a la FGE información general sobre las denuncias de delitos contra la mujer interpuestas en la Fiscalía Especializada en Investigación de Delitos de Violencia de Género contra las Mujeres del 2018 a la fecha, así como datos de la integración de la Fiscalía General del Estado de Puebla del 1 de enero de 2018, al 30 de marzo de 2021; la profesionalización académica del personal así como el seguimiento de denuncias.

Aunque la FGE dio respuesta a los puntos de la solicitud, la Fiscalía Especializada en Investigación de Delitos de Violencia de Genero contra las Mujeres clasificó la información del número de carpetas de investigación, los datos referentes al delito que se denunció, así como la síntesis de lo último actuado y la fecha del último acuerdo.

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En la exposición del caso, durante la Sesión del Pleno, comisionados consideraron que los datos de ninguna manera ponen en riesgo el cauce de las investigaciones, ni mucho menos, la vida, seguridad o salud de las personas que forman parte de las investigaciones, máxime que los datos que pertenecen a una base de datos y ésta no puede ser considerado como información en reserva, también se apuntó que en ningún momento el ciudadano solicitó acceder a la carpeta de investigación completa.

Comisionados fundamentaron la decisión en el artículo 181, fracción IV de la Ley de Información Pública y ordenaron a la FGE que proporcione los datos referentes a delito por el que mujeres denuncian, la fecha del último acuerdo, de las carpetas de investigación refirió el ciudadano en la solicitud a la Fiscalía Especializada en Investigación de Delitos de Violencia de Genero contra las Mujeres; además de urgir que la entrega y la notificación debían hacerse sin demora.

Foto de portada: juristadelfuturo.org

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