Vulneran el derecho a la igualdad y no discriminación, aseguran

Invalida SCJN Ley Orgánica de Conciliación Laboral en Puebla

Esta acción fue promovida por la CNDH, por ello demandó la anulación del Artículo 46, así como de las fracciones V y IX

Invalida SCJN Ley Orgánica de Conciliación Laboral en Puebla

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó la Ley Orgánica del Centro de Conciliación Laboral del Estado de Puebla por vulnerar el derecho a la igualdad y no discriminación.

En el Artículo 46, fracciones V y IX, se pedía como requisito tener buena reputación y no haber sido condenado por delito doloso mediante sentencia firme para ser titular de la Dirección General del Centro de Conciliación Laboral.

En sesión del Tribunal Pleno, los magistrados dieron a conocer la acción de inconstitucionalidad 85/2021, promovida por la Comisión de Derechos Humanos (CNDH) en la que demandó la invalidez del Artículo 46, fracciones V y IX, de la Ley Orgánica del Centro de Conciliación Laboral del Estado de Puebla, expedida mediante decreto publicado en el Periódico Oficial de Puebla el 14 de abril de 2021.

Puedes leer: Inauguran instalaciones de tribunales laborales en Puebla

El órgano consideró los requisitos descritos en dichas fracciones como violatorios del derecho a la igualdad y no discriminación, previsto en el Artículo 1° de la Constitución.

El Artículo 1° de la Constitución, en su último párrafo, reformado el 10 de junio de 2011 prohíbe “toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas”.

Con esta resolución, las y los legisladores del Congreso del Estado tendrán que modificar los requisitos de elegibilidad.

Tras esta resolución, las y los diputados deberán modificarla en el Congreso del Estado.

Derivado de una reforma laboral federal, el Centro de Conciliación Laboral del Estado de Puebla entró en funciones el pasado 3 de noviembre, sustituyendo a la Junta Local de Conciliación y Arbitraje.

También lee: Tira Tribunal de Arbitraje comité electoral para renovar dirigencia de burócratas

Los nuevos juzgados laborales, ubicados en Puebla y Tehuacán, arrancaron su operación bajo el esquema de “Carga Cero”, es decir, que los asuntos existentes o pendientes terminarán de resolverse en las Juntas Locales de Conciliación y Arbitraje.

Foto: Agencia Enfoque

Recuerda suscribirte a nuestro boletín

📲 bit.ly/2T7KNTl
📰 elciudadano.com

Obtén tu Pasaporte y apoya a El Ciudadano

Elimina la publicidad, accede a contenido exclusivo y sé parte de la comunidad.

Elige tu plan

Turista

$1.990 /mes

 


Sin anuncios · Publica tus artículos

Ciudadano — TOP

$4.990 /mes

 


Sin anuncios · Publicar artículos · PDFs · Newsletter exclusivo · Favoritos

Diplomático

$10.990 /mes

 


Sin anuncios · Publicar artículos · PDFs · Newsletter exclusivo · Favoritos · Voz editorial

Cancela en cualquier momento  ·  Sin permanencia


Reels

Ver Más »
Busca en El Ciudadano