Comité de Ética de la Convención multa con el 5% de su dieta a Marcela Cubillos (UDI) por difundir información falsa sobre la Machi Francisca Linconao

El comité resolvió por unanimidad aplicar una sanción a Cubillos, ya que sus palabras “constituyen una infracción reglamentaria al desinformar sobre hechos que se presentan como reales, sabiendo o debiendo saber que son falsos".

El comité de Ética de la Convención Constitucional sancionó a la constituyente de la UDI, Marcela Cubillos, por difundir información falsa sobre su par la Machi Francisca Linconao.

De acuerdo a lo detallado en el texto de la resolución, la multa a la exministra de Educación es del 5% de su dieta parlamentaria, lo cual equivaldría a $137.195.

La denuncia contra la convencional fue presentada ante la comisión en diciembre del año pasado por el constituyente Alvin Saldaña, quien acusó a Cubillos por “faltar a la probidad y desinformar a la opinión pública”

A finales de noviembre pasado, la convencional Linconao había solicitado que el choique purrún (danza ancestral del pueblo mapuche) se presentara junto a la cueca durante la visita de la Convención a la región del Biobío.

A raíz de esta petición, la exministra de Educación realizó una publicación en su cuenta en la red social Twitter, en donde afirmaba que: “República de Chile, nuestra bandera, nuestro himno… ¿ahora van por la cueca? Convencional Francisca Linconao

En su denuncia, Saldaña sostuvo que “no ha sido motivo de discusión en ninguno de los plenos, ni en las comisiones, ninguna de las materias señaladas por la denunciada señora Cubillos Sigall, así que esta información es falsa”.

“Esta clase de actos (…) forman parte de una estrategia de desprestigio de la actividad de la CC, y su publicación generó cerca de un tercio del total de los mensajes en contra del proceso constituyente en la señalada red social”, agregó.

En esa oportunidad, el representante del distrito 12, planteó que lo dicho por Cubillos “es de particular importancia pues el mensaje falso no proviene de cualquier fuente, sino que de una de las miembros de la propia Convención”.

La sanción en contra de Marcela Cubillos se fundó en el artículo 24 del reglamento de los convencionales, donde se establece que será sancionada “la expresión a través de cualquier medio físico o digital, de un hecho que se presenta como real, conociendo o debiendo saber que es falso”.

Además, según destacó la instancia, la convencional no colaboró con la investigación al “no haber intervenido en ninguna de las instancias establecidas para escuchar su versión de los hechos”, cita El Dinamo.

Durante sus intervenciones en la Convención Constitucional, Marcela Cubillos ha realizado polémicas declaraciones respecto a los escaños reservados y derechos indígenas.

Cabe recordar que durante la sesión del 14 de julio de 2021 expresó: “Quiero poner de manifiesto mi oposición a que se siga dividiendo la Convención en identidades, privilegiando unos por sobre otros. Lo digo especialmente por los representantes de Pueblos Originarios que llegaron en escaños reservados. No hay ninguna razón para que tengan ventajas o privilegios en el uso de la palabra, integración de comisiones ni en la sala que se sientan”.

“El abuso de identidades socava la igualdad ante la ley, generando categorías de personas en que unas prefieren a otras. La democracia necesita igualdad, que la política de identidad rompe. Ningún colectivo, como ocurre hoy con los Pueblos Originarios, puede erigirse como una contraparte en un órgano de representación nacional”, agregó.

La reacción de Cubillos fue en contra del planteamiento de escaños reservados de Pueblos Originarios para el cumplimiento de cuotas relacionadas con el derecho a la participación al interior de Comisiones de la Convención, para garantizar la participación efectiva sobre temáticas que conciernen al conjunto de la sociedad y a su vez, establecer desde la Convención, mecanismos de consulta externa a los Pueblos Originarios, sobre temáticas que directamente conciernen en derechos indígenas, lo que había sido destacado por cuanto  sería la primera vez que un organismo de la República de Chile cumple de esta forma con esta obligación establecida en normas internacionales de derechos indígenas.

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