¿Más de lo mismo o algún avance en reivindicaciones?: Comisión Experta presentó sus primeras propuestas para anteproyecto constitucional

Estas iniciativas comenzarán a ser discutidas a partir del próximo lunes 3 de abril en el pleno de la instancia, donde participarán todos sus integrantes.

Tras cumplirse un mes de su instalación, los integrantes de la Comisión Experta presentaron las primeras normas, en el marco del anteproyecto de Nueva Constitución que debe elaborar la instancia.

Las propuestas se dieron a conocer ayer viernes y cada una contempla un capítulo de la Comisión Experta.

Las comisionadas y comisionados tuvieron 15 días para formular esta propuestas, que comenzaron a correr desde la aprobación del índice del texto constitucional. Cada una de las iniciativas se refiere a un solo capítulo de dicha estructura.

Estas iniciativas comenzarán a ser discutidas a partir del próximo lunes 3 de abril en el pleno de la instancia, donde participarán todos sus integrantes.

Tras ser aprobadas, los expertos tendrán cinco días para formular las enmiendas, y que luego sean votadas en particular.

En total, son 14 capítulos compuestos de iniciativas que fueron presentadas a la secretaría de la cada comisión y contaron con el apoyo de al menos cinco expertos.

Según manifestaron los integrantes de la Comisión Experta, las iniciativas fueron presentadas en consenso por los distintos miembros de la instancia, no obstante, se espera que ciertos detalles sean definidos con las indicaciones y en la discusión particular.

Sistema político, reforma constitucional y forma de Estado; Función jurisdiccional y órganos autónomos; Principios, derechos civiles y políticos; y Derechos económicos, sociales, culturales y ambientales, fueron las cuatro instancias que elaboraron los capítulos ingresados.E

Estos son los 14 capítulos de la propuesta de los expertos y expertas

  1. Capítulo 1: Fundamentos del orden constitucional
  2. Capítulo 2: Derechos y libertades fundamentales, garantías y deberes constitucionales
  3. Capítulo 3: Representación política y participación
  4. Capítulo 4: Congreso Nacional
  5. Capítulo 5: Gobierno y Administración del Estado
  6. Capítulo 6: Gobierno y Administración Regional y Local
  7. Capítulo 7: Poder Judicial
  8. Capítulo 8: Corte Constitucional
  9. Capítulo 9: Ministerio Público
  10. Capítulo 10: Justicia Electoral y Servicio Electoral
  11. Capítulo 11: Contraloría General de la República
  12. Capítulo 12: Banco Central
  13. Capítulo 13: Protección del Medio Ambiente, Sostenibilidad y Desarrollo
  14. Capítulo 14: Procedimientos de cambio constitucional

En total son 192 artículos y 22 disposiciones transitorias las que presentaron los comisionados y comisionadas.

Sistema político

Una de las iniciativas propone instalar un límite de dos períodos presidenciales no consecutivos.

De este modo, se mantendrá la duración del período de los mandatario en cuatro años, sin reelección y con el impedimento de volver a ejercer a aquellos que ya estuvieron en dos períodos no consecutivos

También establecer un umbral de votación del 5%. Los partidos políticos que alcancen este porcentaje de votos válidamente emitidos, a nivel nacional, en la elección de los miembros de la Cámara de Diputadas y Diputados respectiva, tendrán derecho a participar en la distribución de escaños de dicha instancia.

Las elecciones parlamentarias deberán coincidir con una eventual segunda vuelta presidencial para otorgar a la ciudadanía la oportunidad de elegir sus parlamentarios «favoreciendo la formación de mayorías en el Congreso», que propenderán a coaliciones más estables y comprometidas con el Presidente al que se asocian.

Además, resaltaron que, como una medida para reforzar la disciplina partidaria en el Congreso, los parlamentarios que renuncien a los partidos que declararon en su candidatura, deberán cesar sus funciones.

Por su parte, el Senado continuará renovado por parcialidad, como un «límite a la excesiva concentración de poderes», como también se determinó entregarle el control de la democracia interna de los partidos políticos al Servicio Electoral (Servel), con el registro de afiliados y las elecciones de las colectividades.

En una iniciativa de norma popular, se creó el artículo que señala que «un grupo de personas habilitadas para sufragar equivalente al 2% del último padrón electoral podrá presentar a cualquiera de las ramas del Congreso Nacional una iniciativa popular de ley para su tramitación legislativa». Mientras que para derogar leyes, un grupo de personas pero equivalente al 3% podrá «dentro de los cuatro meses siguientes de haberse publicado una ley, presentar una iniciativa de derogación total o parcial» para que sea votada.

En el caso de la pregunta sometida a plebiscito, esta será controlada por la nueva Corte Constitucional, que deberá realizar un examen de «admisibilidad».

En lo concerniente a la participación ciudadana, se propone la creación de «foros de deliberación ciudadana consultivos, de selección aleatoria, debiendo garantizar una participación representativa de la población, diversa y pluralista».

La figura de un Consejo de Control Ético tendrá a su cargo la aplicación de sanciones a los parlamentarios en caso de incumplimiento de sus deberes y la posibilidad de ingresar propuestas populares de ley al Parlamento.

Sistema judicial

Dentro de las normas figura la creación de un «sistema de gobierno judicial, compuesto por cuatro órganos que funcionarán autónomamente de forma coordinada entre sí y con la Corte Suprema, a través de una Comisión Coordinadora de Justicia».

La Subcomisión de Órganos Autónomos acordó concentrar las funciones no jurisdiccionales bajo un tipo de «Consejo de la Magistratura», que va a estar dividido en cuatro comisiones temáticas específicas, que van a estar coordinadas pero con autonomía entre ellas, siendo las siguientes: una para nombramientos; otra para la potestad disciplinaria; otra para formación, y una para la autonomía operativa de la judicatura.

De esta manera, el gobierno judicial ya no estará en manos del Pleno de la Corte Suprema, con la finalidad de fortalecer la autonomía interna del Poder Judicial.

Sobre la Corte Constitucional, se platea que esté integrada por nueve miembros que serán nombrados mediante una quina propuesta por el Presidente de la República, la cual será presentada ante la Suprema que, por mayoría simple, conformará una terna para ser sometida al Senado, donde se votará por tres quintos.

Respecto a la designación del fiscal nacional, las y los comisionados proponen un concurso público para iniciar el procedimiento, pero seguirá siendo propuesto por el Presidente en base a lo impuesto por la Suprema, y luego será votado por el Senado.

Aspectos civiles y políticos

La propuesta de los integrantes de la Comisión Experta mantiene que «la dignidad humana es inviolable y la base del derecho y la justicia. Las personas nacen libres e iguales en dignidad y derechos». También se incluye que Chile se organiza en un Estado social y democrático de derecho, que reconoce derechos y libertades fundamentales.

Además, que Chile es un Estado unitario y descentralizado, que reconoce a los pueblos indígenas como parte de la nación chilena, se consagra el derecho a la vida y el derecho a la integridad personal, que incluye el derecho a la integridad física y psíquica.

Derechos sociales

La propuesta incluye la libertad sindical, el derecho a la protección de la salud física, mental y social.

En materia de salud, «la ley podrá establecer cotizaciones obligatorias. Cada persona puede elegir el régimen de salud al cual adscribirse sea este estatal o privado».

En educación «se reconoce el derecho y el deber preferente de las familias de escoger la educación de sus hijos o pupilos, atendiendo su interés superior. Corresponderá al Estado otorgar especial protección al ejercicio de este derecho». También se le dio rango constitucional a la gratuidad en la educación superior.

En la propuesta se establece «el derecho a la vivienda adecuada» y «el derecho al agua y al saneamiento, de conformidad a la ley».

Puedes leer el contenido de todas las normas en el siguiente documento.

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