Entrevista a Pablo Viollier, representante de la fundación

Derechos Digitales frente a Operación Huracán: «El Gobierno se está poniendo del lado de que Carabineros se mande solo»

El experto apunta, además, que a nivel técnico Carabineros aún no explica cómo llegó a la información a la que dijo acceder. Jurídicamente considera que hay un abuso de la Ley de Inteligencia. Por Javier Paredes Godoy

Por Javier Paredes

16/02/2018

Publicado en

Chile / Política / Portada

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En septiembre de 2017 Fiscalía y Carabineros presentaron conversaciones supuestamente interceptada de los celulares de los imputados como pruebas, y las difundieron por los medios de comunicación de alcance nacional. Se trataba de la llamada «Operación Huracán», aquella que detenía e imputaba a 8 sujetos mapuche, pertenecientes a la Coordinadora Arauco-Malleco (CAM), como autores de una serie de atentados incendiarios. La acción persecutoria pretendía escalar a una maniobra conjunta con el gobierno argentino, iniciativa encabezada por el subsecretario del Interior, y viejo funcionario de la inteligencia concertacionista, Mahmud Aleuy.

En octubre de 2017 los imputados fueron liberados y en enero del presente año la Fiscalía acusó que dichas pruebas habían sido adulteradas.

Con esto, Carabineros suma otro motivo para estar bajo el escrutinio público (ya se hallaban sentados en el banquillo de los acusados por el multimillonario fraude que se cometió al interior de la institución). Y la cosa no se detiene ahí, pues el mecanismo utilizado para presentar pruebas por parte de Carabineros se repite en otros casos, que ahora se reúnen bajo el nombre de «Huracán 2». Se trata de la polémica aplicación «Antorcha», creada por Alex Smith, un ingeniero forestal que había prestado servicios a la policía uniformada anteriormente.

Pablo Viollier

Pablo Viollier, representante de la fundación Derechos Digitales, conversó con El Ciudadano sobre los reparos y las críticas que se pueden formular al proceder de Carabineros en el marco del caso Huracán.

– ¿Cuáles son tus reparos respecto del Caso Huracán? 

Creo que hay tres niveles, el técnico, el político y el jurídico. A nivel técnico, Carabineros no ha sido capaz de explicar cómo obtuvo las conversaciones privadas. De hecho, se ha contradicho en su versión varias veces. En un principio se trataba de una interceptación de comunicaciones, lo que afirmamos desde Derechos Digitales que era imposible, dado el cifrado de punto a punto de WhatsApp. Luego, esto se presentó como un keylogger, después un phishing y ahora resulta que es un malware.

Es decir, hemos pasado por cuatro distintas hipótesis sobre cómo se ha logrado realizar la interceptación. Aún así quedan dudas respecto de la viabilidad técnica del asunto, que incluso cuando apareció el creador de «Antorcha» en Canal 13 con Emilio Sutherland  (Alex Smith), no fue capaz de explicar.

– ¿Cuáles son los reparos jurídicos y políticos?

En materia jurídica, el reparo tiene que ver con el uso de la Ley de Inteligencia para efectos de producir pruebas en el proceso penal. Esta ley es para la recolección y análisis de información para la toma de decisiones del Estado. Otra cosa distinta es la producción de pruebas al interior del procedimiento penal. Al utilizar la Ley de Inteligencia, Carabineros lo que ha hecho es escapar del control y supervigilancia de la Fiscalía, lo que es muy grave porque es ésta la que tiene la facultad exclusiva y excluyente de la persecución penal. Por eso se dan situaciones raras en que Fiscalía tiene que pedir un peritaje respecto de pruebas que ellos mismos presentaron, porque no la produjo la Fiscalía, sino que Carabineros llegó con la prueba hecha.

Aquí se confunden dos planos muy peligrosos: la Ley de Inteligencia permite hacer diligencias mucho más intrusivas y que van más allá de lo que permite el Código Procesal Penal, que permite a lo más interceptación de comunicaciones y no la intervención de sistemas tecnológicos como sí lo hace esta ley.

– Queda el punto político

El Gobierno ha apoyado de forma incondicional a Carabineros en detrimento de la Fiscalía. Cuando el Gobierno apela al sobreseimiento y se va de queja contra el juez de Garantía, lo que hace es ponerse del lado de Carabineros y de que opere  sin control de la Fiscalía, y eso va contra el principio de la no deliberancia. Carabineros no es un «actor» en el procedimiento penal, sino que un «auxiliar». Solamente realiza las diligencias que la Fiscalía ordena. Y es ésta la que se tiene que hacer cargo de cumplir con el debido proceso y de dar las garantías del proceso penal. El Gobierno se está poniendo del lado de que Carabineros se mande solo y eso es muy preocupante en un Estado de Derecho.

Detención de Héctor Llaitul

– ¿Cómo se conjuga la relación entre datos personales, comunicación privada y vigilancia policial en el caso Huracán?

Los datos personales son todos aquellos que hacen identificable a alguien. Comunicación privada es aquella que no es pública y está protegida por el derecho fundamental a la inviolabilidad de las comunicaciones. La vigilancia es la diligencia que realizan los entes de persecución penal o de orden público cuando bajo ciertas circunstancias establecidas en el ordenamiento jurídico, son capaces de romper con esta inviolabilidad en hipótesis muy particulares, habilitadas por ley, determinadas en el tiempo, etc.; las excepciones están reguladas por ley, en el Código Procesal Penal. Eso no se ha respetado en este caso.

– ¿Qué tipo de garantías debieran tener las y los ciudadanos en relación a la vida privada en el Chile del siglo XXI?

Habría que partir respetando lo que ya está establecido en la Constitución. Eso es que la interceptación sea en casos sumamente excepcionales, supervigilados por un juez de Garantía, que sean determinadas en el tiempo, habilitadas por ley, específicas, etc. Se hizo una especie de escape de estos controles al utilizar la Ley de Inteligencia y ella es mucho más intrusiva, y su racionalidad tiene que ver con prevenir eventos futuros. Al utilizar esta mecánica en el procedimiento penal, se escapa de los controles.

¿Qué debería existir? una equivalencia entre la privacidad del día a día y la del mundo digital. Desde la Revolución Francesa existe la inviolabilidad de la comunicación privada. Sin embargo, existe la noción de que en el ciber espacio esos derechos valen menos, que se trata de un mundo sin reglas y eso justifica que haya menos protección. Eso se refleja en algunas normas del CPP. El estándar es más alto para las interceptaciones telefónicas. La conclusión es que las comunicaciones privadas que ocurren en el mundo digital, que es la mayoría, merecen el mismo nivel de protección que todas las otras que tenemos en el día a día.

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