Ocultan posible nepotismo en comuna de San Andrés Cholula

El Instituto de Transparencia (Itaipue) ordenó al municipio a buscar información sobre parientes del regidor de Gobernación

Por Kara Castillo

22/08/2022

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Como el Ayuntamiento de San Andrés Cholula se negó a revelar el número de sus empleados que son familiares del regidor Manuel Vázquez Tecanhuey, el pleno del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos del Estado de Puebla (Itaipue) le ordenó hacer una búsqueda exhaustiva y transparentar la información solicitada.

En la decimoséptima sesión ordinaria, el comisionado presidente Francisco Javier García Blanco resolvió el Recurso de Revisión: RR-1136/2022 interpuesto contra el ayuntamiento que preside Edmundo Tlatehui Percino, por la negativa a revelar datos públicos.

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En su ponencia, Blanco relató que un ciudadano preguntó a la Comuna, si en el Ayuntamiento se encuentra laborando algún familiar, por consanguinidad hasta el cuarto grado o por afinidad hasta el segundo grado, del regidor presidente de la Comisión de Patrimonio y Hacienda Pública Municipal, Manuel Vázquez Tecanhuey.

En su respuesta, la Dirección de Capital Humano, adscrita a la Secretaría de Administración y Tecnología de la Información del Ayuntamiento de San Andrés Cholula, argumentó que “en los procedimientos y requisitos para el proceso de bajas y altas del personal no se desprende la atribución de solicitar a los servidores públicos informar si tienen algún vínculo por consanguinidad en cualquier grado o línea”.

El comisionado presidente corrigió el dato y sostuvo que la Ley General de Responsabilidades Administrativas prevé “la Declaración de No Conflicto de Intereses”, de carácter público y cuyo objeto es informar y determinar el conjunto de intereses de un servidor público a fin de delimitar cuando estos entran en conflicto con su función. Además contiene un apartado relacionado con el conocimiento de que algún pariente por consanguinidad o afinidad, labore o tenga relación profesional con el ente con quien labore el servidor público.

“Por otra parte, entre las facultades del Contralor Municipal de dicho Ayuntamiento, se encuentra la de recibir y registrar las declaraciones patrimoniales, de conflicto de intereses, de los servidores públicos municipales, que conforme a la ley están obligados a presentar, así como investigar la veracidad. En consecuencia, tiene 12 atribuciones relacionadas con la materia de la solicitud de información de mérito, respecto a la revisión del parentesco, por consanguinidad o afinidad, de las personas que se encuentren laborando en la misma”

Blanco revocó el acto impugnado y ordenó al Ayuntamiento realizar una búsqueda en todas sus unidades administrativas competentes, entre las que no podrá omitir a la Contraloría Municipal con la finalidad de localizar y dar a conocer a la persona solicitante, si existe relación de vínculo o parentesco; adelantó que en caso de no localizar la información en sus archivos deberá declarar la inexistencia de la información en términos de la Ley de la Materia en el Estado de Puebla, con las consecuencias que esto amerita.

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Solicitan datos de incidencia delictiva en una década

La Secretaría de Seguridad Pública (SSP) deberá entregar a un ciudadano un formato en datos abiertos la base de datos de la incidencia delictiva del periodo de 1 de enero de 2010 a enero de 2022, donde desglose el tipo de incidente o evento, coordenada, hora y fecha, entre otros datos.

La comisionada Harumi Fernanda Carranza Magallanes al resolver el recurso de revisión RR-1103/2022 desechó el argumento de la SSP que expuso que sólo entregaría los datos del 2020 a la fecha y “que no entregaría los datos del año 2010 al 2019, pues la dependencia no estaba obligada a realizar documentos ad hoc”, es decir “un documento especial con un desglose específico”.

Carranza Magallanes sostuvo en su ponencia que la SSP incumplió con lo establecido en los artículos 152 y 153 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla, por lo que ordenó la entrega de la base de datos en formato abierto.

En su ponencia, la comisionada insistió en que en caso de que de verdad exista una imposibilidad de entregar los datos como lo solicitó el ciudadano, la SSP deberá ofrecerle todas las modalidades de entrega que permita el documento, como puede ser copia simple y certificada, indicando el número de hojas a reproducir así como los costos de reproducción con gratuidad las 20 primeras hojas y en su caso el costo de envío por correo certificado; asimismo, dar la opción de consulta in situ, en un horario amplio.

Foto: Agencia Enfoque

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