Cero justicia en Colombia: se cumple un año del asesinato de Dilan Cruz

Este23 de noviembre se cumplió un año del vil asesinato del joven Dilan Cruz Medina, por parte del Escuadrón Móvil Antidisturbios (Esmad) de la Policía de Colombia

Colombia

Este23 de noviembre se cumplió un año del vil asesinato del joven Dilan Cruz Medina, por parte del Escuadrón Móvil Antidisturbios (Esmad) de la Policía de Colombia. Dilan falleció tras impactar en su cabeza una bala disparada por un agente del Esmad, durante una manifestación. La investigación sigue abierta en medio de inconsistencias y de un conflicto legal entre poderes públicos.

Un reportaje de la cadena RT detalló que actualmente el capitán Manuel Cubillos Rodríguez es investigado. Él era quien tenía asignada la escopeta calibre 12 «con la que se lesionó a la víctima en el marco de la prestación de sus servicios». Así lo explica una sentencia de la Corte Suprema. 

Cruz, considerado como el ícono de las protestas antigubernamentales en Colombia, falleció dos días después. La causa fue un «trauma craneo-encefálico penetrante por munición de impacto, disparado por arma de fuego», según Medicina Legal.

En contra de Cubillo ya existe un expediente abierto en un juzgado militar y en la Procuraduría. Sin embargo, los familiares de Cruz piden que el caso se traslade a la justicia ordinaria. Incluso, ya obtuvieron dos recursos de amparo de la Corte Suprema ante los señalamientos de supuestas inconsistencias en las investigaciones.

Para conmemorar el primer aniversario de su muerte y exigir justicia, se organizaron varias actividades en Colombia. En Bogotá, entre plantones, protestas y velatones, en las cercanías del lugar donde resulto asesinado Dila, a sus 18 años. La tragedia ocurrió durante el paro nacional del 21 de noviembre de 2019, que provocó una oleada de protestas. 

Una persona sostiene un cartel durante una manifestación en honor a Dilan Cruz
Luisa Gonzalez / Reuters

Colombia clama por justicia

El camino de las decisiones legales tomadas en este caso ha sido accidentado, detalla el reporte de RT. En dos oportunidades parecía que la justicia militar llevaría la investigación, pero la Corte frenaba la decisión y ordenaba más pesquisas antes de continuar.

Por su parte, los familiares de Cruz insisten en que el expediente pase a la Fiscalía. El motivo es que no confían en la imparcialidad de la Justicia Penal Militar, a la que le corresponde sancionar las actuaciones del Esmad.

El medio ruso explica que, para entender el intrincado proceso se debe seguir una línea del tiempo, donde se encuentran cada una de las determinaciones que retardan la judicialización del responsable.

En diciembre de 2019, días antes de cumplirse el primer mes del asesinato, la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura anunció que Cubillos sería juzgado por la justicia militar y no en un tribunal civil. A su juicio, los hechos se dieron «en el marco de un acto del servicio» que cumplía el agente involucrado.

Esta decisión se tomó tras revisar los testimonios de cuatro agentes del Esmad. Todos relataron que sus acciones estuvieron justificadas por los disturbios y enfrentamientos con manifestantes.

Así, el organismo resolvió el conflicto de competencias entre la Jurisdicción Penal Militar y la Ordinaria, representada por la Fiscalía. La defensa de Cubillos sostiene que la sentencia está «ajustada a derecho», pues considera que la Justicia ordinaria no tiene competencias en el caso.

Objeción familiar

Ahora, el fallo del Consejo de la Judicatura fue objetado por Yenny Alejandra Medina Pulido, madre del joven. Acto seguido, presentó una demanda de tutela ante la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema. 

El máximo tribunal le concedió el amparo solicitado. Así ordenó a la Sala Jurisdiccional Disciplinaria que determinara si el caso pertenecía a la Jurisdicción Penal Militar o a la Fiscalía. Nuevamente se debía resolver en un «conflicto de competencias» en la investigación contra Cubillos.

Entonces, la Corte dejó sin efecto la resolución de diciembre de 2019 . Argumentaron que «se sustentó únicamente en la valoración de testimonios de los agentes del Esmad» y no en otros testigos.

Según el alegato, la determinación de pasar el expediente a la Justicia militar «vulnera los derechos fundamentales al debido proceso y acceso a la administración de justicia». Además, consideran que no se valoró «la totalidad de las pruebas» y la investigación se «fundamentó en los testimonios rendidos por miembros de la Fuerza Pública».

En su demanda, la de Dilan expuso que «se dejó de lado las entrevistas rendidas ante el CTI [Cuerpo Técnico Judicial]» de activistas de derechos humanos y funcionarios distritales que acompañaban la protesta. Estos testigos coincidían en que los manifestantes no estaban «agrediendo o provocando al Esmad«. Al contrario, fue el cuerpo antimotines el que alteró «la manifestación pacífica y disparó con ‘armas diferentes a las granadas de aturdimiento y los gases lacrimógenos'».

El 2 de julio de este año, la Procuraduría General de la Nación adelantó su propio proceso. Ese día abrió investigación contra Cubillos por el presunto uso excesivo de la fuerza durante un procedimiento policial.

Evolución del caso

Luego, en agosto, la Sala Disciplinaria Jurisdiccional del Consejo Superior de la Judicatura nuevamente informó que había resuelto el conflicto. Y, una vez más, determinó que la investigación le corresponde a la Justicia militar.

Según la sentencia, «esos hechos ocurrieron en un acto del servicio propio del capitán Manuel Cubillos Rodríguez», quien, como integrante del Esmad, ordenó «el uso de la fuerza para dispersar una manifestación que se estaba dando en el centro de la ciudad».

Un mes después, la Sala de Casación Civil de la Corte volvió a objetar la resolución. A su vez, ordenó revisar el expediente completo de Cruz para «dirimir conflicto entre justicias penal militar y ordinaria».

Según su sentencia, «no se tuvo en cuenta la totalidad de las pruebas que le fueron allegadas». En su decisión, pidió a la Fiscalía de Colombia enviar las entrevistas solicitadas y ratificó la invalidez del fallo del 12 de diciembre de 2019.

Manifestación en honor a Dilan Cruz en Bogotá, Colombia, el 26 de noviembre de 2019
Carlos Jasso / Reuters

Hay pocas disculpas en Colombia

También en septiembre, la misma Sala de Casación Civil emitió un orden a las autoridades encargadas de manejar las movilizaciones. «Garantizar el ejercicio del derecho a la protesta pacífica y no destructiva», exigió.

En esta providencia también se estableció la suspensión de las escopetas calibre 12 usadas por el Esmad. Igualmente, exigió al Ministerio de Defensa de Colombia disculparse por «los excesos registrados desde la movilización del 21 de noviembre de 2019». 

Luego, en octubre, el ministro Carlos Holmes Trujillo se vio obligado por el Tribunal Superior de Bogotá a «pedir perdón». Esto, luego de que unas disculpas previas fueran consideradas insuficientes.

Aunque no existe una sentencia firme aún, el caso de Dilan Cruz visibilizó el tema del abuso policial y del uso desmedido de la fuerza. Los responsables siempre son los escuadrones antidisturbios en las protestas que se desarrollan en Colombia en desde 2019.

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