Dirección Trabajo revela lista de 19 condenas judiciales por prácticas antisindicales

El principal castigo para las empresas infractoras es la prohibición durante dos años para proveer al Estado de bienes y servicios.

Por Meritxell Freixas

21/01/2016

Publicado en

Sindical / Trabajo

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19 condenas judiciales por prácticas antisindicales durante el segundo semestre de 2015. Es la cifra que reveló la nómina difundida este jueves por la Dirección del Trabajo (DT) en base a lo que imponen los artículos 294 bis y 390 bis del Código del Trabajo.

sindicato trabajadores

El director del Trabajo, Christian Melis, dijo a respecto que “nuestro accionar permanente pretende estar siempre alerta ante estos casos que son de los más graves en la legislación laboral porque conspiran contra la libertad de los trabajadores en cuanto a crear sus propias organizaciones representativas”. En este sentido, cabe recordar que una de las misiones de la DT es precisamente resguardar la libertad sindical y procurar sanciones para quienes incurren en actitudes adversas a este principio fundamental en el derecho del trabajo.

Entre las infracciones más recurrentes se encuentran el separar ilegalmente a dirigentes o trabajadores amparados por el fuero sindical, hecho que ocurrió en 5 de las condenas, acompañadas de un despido antisindical; no descontar el 75% de la cuota sindical o incurrir en prácticas para estimular la no afiliación sindical.

En relación al sustitución ilegal de trabajadores, un tema situado en el punto de mira de la agenda política y mediática por la controversia que genera en la discusión de la Reforma Laboral, según la DT, sólo una de las condenas fue por reemplazo ilegal de trabajadores en huelga.

Las 19 sentencias se tradujeron en multas por 1.270 UTM, lo que al valor actual significa un total de $57.092.850. Sin embargo, el principal castigo para las empresas infractoras es la prohibición durante dos años, a partir de la sentencia, para postular a licitaciones públicas para proveer al Estado de bienes y servicios.

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