Piñera viola normas electorales y llama a votar «A favor» en el Plebiscito Constitucional

El 14 de diciembre a la medianoche terminó el plazo para efectuar propaganda electoral, dando inicio al periodo de ‘’veda electoral’’

Piñera-plebiscito

El expresidente Sebastián Piñera votó este domingo 17 de diciembre durante la jornada del Plebiscito Constitucional 2023. Después de cumplir con su deber, el exmandatario abogó por la opción «A favor» en sus declaraciones a los medios lo que constituye una violación a las normas electorales.

«Espero que aprovechemos esta oportunidad para aprobar una constitución en plena democracia, los países que viven enfrentados en una guerra fratricida entre ellos mismos no logran salir adelante. Los únicos países que progresan son los que son capaces dentro de sus diferencias de encontrar caminos de diálogo y de acuerdo. Yo espero que la Constitución que aprobemos hoy día nos permita tener ese camino de diálogos y acuerdos», dijo el exmandatario.

Asimismo, agregó que no se puede seguir «con esta incertidumbre que ya lleva cuatro años y que ha costado tanto años de sacrificio».

El 14 de diciembre a la medianoche terminó el plazo para efectuar propaganda electoral, dando inicio al periodo de ‘’veda electoral’’. Según el Servicio Electoral de Chile (Servel) «la finalidad es que la ciudadanía pueda reflexionar y procesar la información recibida durante la campaña electoral, previniendo así mismo, que se difunda propaganda electoral o se realicen actos de campaña contrarios a la legislación electoral. En virtud de esto, se encuentra prohibido realizar eventos o manifestaciones públicas, y la publicidad radial, escrita, en imágenes, en soportes audiovisuales u otros medios análogos, que induzcan a apoyar alguna de las proposiciones sometidas a consideración de la ciudadanía, en el periodo comprendido desde las 23:59 horas del tercer día anterior a la elección del domingo 17 de diciembre».

Asimismo, señalan en su página web que «la realización de propaganda fuera del plazo establecido podrá ser sancionado con multa de veinte a doscientas unidades tributarias mensuales».

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